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Servicio de Legislación, por el que se notifica la resolución adoptada por el Secretario General Técnico al recurso de alzada interpuesto por Promociones Maelance, S.A. contra otra dictada por el Delegado del Gobierno en Málaga, recaída en el expediente PC-386/02.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley
30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación a Promociones Maelance, S.A., de la resolución adoptada por el Secretario General Técnico, al recurso administrativo interpuesto, contra la dictada por el Delegado de Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto íntegro.
Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.
"En la ciudad de Sevilla, a catorce de octubre de dos mil tres.
Visto el recurso de alzada interpuesto y sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES
Primero. Por el Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga se dictó resolución en el expediente arriba referenciado.
Segundo. Notificada la misma el día 20 de febrero de 2003, se interpuso por la interesada recurso de alzada el día 25 de marzo de 2003.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero. Esta Secretaría General Técnica es competente, por delegación del Consejero realizada por la Orden de 18 de junio de 2001, para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en los artículos 114.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJAP-PAC), y 39.8 de la Ley del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el Decreto del Presidente 6/2000, de
28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto
138/2000, de 16 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación, modificado por Decreto 373/2000, de 16 de mayo.
Segundo. El artículo 115.1 de la LRJAP-PAC da como plazo para la interposición de recurso de alzada contra las resoluciones administrativas el de un mes a partir, según su artículo 48.2, del día siguiente al de su notificación. Por tanto, a la vista de la fecha de la notificación de la resolución (20 de febrero de 2003) y de la de interposición del recurso de alzada (25 de marzo de 2003), éste fue interpuesto fuera del plazo legalmente establecido, por lo que deviene firme la resolución recurrida.
Vistos los preceptos citados, concordantes y demás de general y especial aplicación, resuelvo no admitir el recurso de alzada interpuesto por la entidad "Promociones Maelance, S.A.", contra la resolución del Delegado Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, de fecha 10 de febrero de 2003, recaída en el expediente sancionador núm. PC-386/02, y confirmar la misma.
Notifíquese al interesado, con indicación de los recursos que procedan. El Secretario General Técnico. Fdo.: Rafael Cantueso Burguillos."
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa.
Sevilla, 5 de enero de 2004.- El Jefe del Servicio, Manuel Núñez Gómez.
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