Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 22/06/2004

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Almería, por el que se dispone la publicación de la Resolución que se cita.

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En cumplimiento del art. 41 de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y una vez depositado el instrumento de planeamiento en el Registro Autonómico conforme al Decreto 2/2004 de 7 de enero, se dispone la publicación de la resolución de la Comisión Provincial de ordenación del territorio y urbanismo de fecha

20 de mayo de 2004 referente al expediente PTO. 58/04 sobre modificación del PGOU del municipio de Albox (Almería), promovido por el Ayuntamiento de dicho municipio.

RESOLUCION

PTO. 58/04

Reunida la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería en sesión celebrada el día 20 de mayo de

2004, ha examinado el expediente PTO 58/04 sobre Modificación Puntual del PGOU, del municipio de Albox (Almería), siendo promotor el Ayuntamiento, resultando del mismo los siguientes HECHOS

I. Objeto y descripción.

El objeto del expediente que se analiza es la recalificación como "equipamiento social" de dos parcelas situadas en suelo urbano y actualmente con la ordenanza "edificación cerrada, patios de parcela" y "edificación cerrada, patios de manzana".

Se justifica dicha recalificación en que en la actualidad el uso existente en las mismas es el de equipamiento social.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. Competencia y procedimiento.

La Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (BOJA núm., de 31.12.02), regula en sus artículos 31, 32 y 33 las competencias y procedimiento para la formulación y aprobación de los instrumentos de planeamiento. Al afectar la presente innovación a la ordenación estructural, corresponde la aprobación definitiva a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, conforme a los artículos 31.2.B.a) de la LOUA y

13.2.a) del Decreto 193/2003, de 1 de julio (BOJA núm., de

14.7.03).

II. Valoración.Se entiende justificado el aumento de suelo para equipamiento social, ya que supone una mejora en base al art. de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que se informa favorablemente la aprobación definitiva.

En su virtud, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo acuerda: la Aprobación Definitiva de la presente modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Albox.

En cuanto a publicidad y publicación se estará a lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, así como en el Decreto 2/2004, de 7 de enero.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente Resolución, tal y como prevé el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Almería, 20 de mayo de 2004

VºBº El VicepresidenteEl Secretario de la Comisión Luis Caparrós MirónMariano Díaz Quero

INDICE

1. Memoria.

1.1. Antecedentes.

1.2. Fines y objetivos.

1.3. Conveniencia y oportunidad.

1.4. Desarrollo y contenido.

2. Planos.

2.1. Plano situación y zona de afección sobre plano de

clasificación del PGOU de Albox.

2.2. Plano situación del Convento de las Monjas del

catastro.

2.3. Plano situación del Hogar Parroquial de la Loma de Albox del catastro.

2.4. Plano de delimitación de la nueva zona de equipamiento social propuesta del "Convento de las Monjas" sobre el plano 1 a de las modificaciones del PGOU, de 23 de diciembre de 1991.

2.5. Plano de delimitación de la nueva zona de equipamiento social propuesta del "Hogar Parroquial de la Loma de Albox" sobre el plano 1 b de las modificaciones del PGOU, de 23 de diciembre de 1991.

1. Memoria.

1.1. Antecedentes.

A petición del Excmo. Ayuntamiento de Albox se redacta la presente Modificación Puntual del PGOU, de Albox de dicha localidad por el técnico que suscribe.

Dicho Plan General de Ordenación Urbana fue aprobado

definitivamente por resolución de la Comisión Provincial de la Provincia de Almería con fecha de 4 de marzo de 1983.

Actualmente se encuentra aprobada definitivamente una

Modificación Puntual del citado Plan General de Ordenación Urbana, según Resolución de la Comisión Provincial de

Urbanismo de Almería de 23 de diciembre de 1991, realizada por Rafael Alonso Conchillo y que afecta a todo el Suelo urbano del núcleo de Albox. En esta modificación se establece un nuevo plano de alineaciones en todo el núcleo urbano, a la vez que se modifican parcialmente las ordenanzas en todo este ámbito.

1.2. Fines y objetivos.

El objetivo de la presente Modificación Puntual es corregir y adaptar el uso de dos parcelas de suelo urbano y el de las edificaciones que se encuentran sobre ellas para adaptar el uso urbanístico de estos inmuebles a la realidad social del municipio ya que estos inmuebles han tenido históricamente un fuerte carácter social y uso público por parte de la población de Albox. Dichos inmuebles son el histórico "Convento de las Monjas" situado en la Plaza del Pueblo de Albox, coincidente con el inmueble con referencia catastral núm. 57867-01 y el "Hogar Parroquial de la Loma de Albox" situado en la Plaza de San Francisco, el cual coincide con el inmueble con referencia catastral núm. 60854-07.

Los terrenos donde se ubican dichos inmuebles están

calificados por el PGOU, tal y como se puede observar en la planimetría adjunta con las siguientes ordenanzas:

1. "Convento de las Monjas de Albox": Edificación Cerrada- Patios de Parcela, ordenanza ésta de un marcado carácter residencial.

2. "Hogar Parroquial de la Loma de Albox": Edificación

Cerrada-Patios de Manzana, ordenanza ésta también de un marcado carácter residencial.

De esta forma el PGOU, de Albox definía para estos terrenos un uso residencial el cual no se ajustaba en nada a la realidad social del municipio, ya que como se ha dicho con anterioridad dichos inmuebles han sido históricamente utilizados por la comunidad de Albox como centros para el desarrollo de

diferentes actividades de marcado carácter social. En el "Convento de las Monjas", entre las diferentes actividades sociales que se realizan destacan las de carácter religioso, mientras que en el "Hogar Parroquial de la Loma", la actividad social predominante es la de un centro de encuentro y reunión de comunidad.

Según todo lo expuesto hasta aquí con la presente modificación puntual se pretende adaptar y regularizar el uso urbanístico de los terrenos donde se encuentran los dos inmuebles

mencionados, por lo que pasarían estos a tener un carácter y uso social en lugar del carácter privado y residencial que podrían a llegar en desarrollo de la situación actual del PGOU de Albox.

1.3. Conveniencia y oportunidad.

El Excmo. Ayuntamiento de Albox considera conveniente la tramitación del presente expediente de Modificación Puntual ya que se pretende reconocer una situación de hecho y regularizar con ella una clara realidad social al modificar el uso del suelo de unos terrenos que erróneamente aparecen en el PGOU de Albox como terrenos de uso residencial pero sin embargo desde siempre han tenido un fuerte y marcado uso social en la comunidad y se entiende que este hecho debe ser regularizado y protegido con el fin de este uso se mantenga protegiendo con ello los intereses generales de la comunidad.

La oportunidad de la Modificación se justifica en la voluntad expresada por la Corporación y consistente en que dichos inmuebles tengan un uso adecuado a la realidad como bien social de uso comunitario, preservando con ello la

conservación del carácter social que históricamente han tenido y corrigiendo una desigualdad creada en el PGOU de Albox de

1983.

1.4. Desarrollo y contenido.

De esta forma y según todo lo expuesto con anterioridad con la presente Modificación Puntual se modifica la calificación del suelo de los terrenos señalados en los planos adjuntos del planeamiento de aplicación, coincidentes con las parcelas catastrales núm. 57867-01 y núm. 60854-07 en los cuales y tal y como se ha dicho anteriormente se ubican "El Convento de las Monjas" y el "Hogar Parroquial de la Loma de Albox"

pasando ambas parcelas a tener la calificación de equipamiento social en lugar de su actual calificación de Edificación Cerrada Patios de Parcela y Edificación Cerrada Patios de Manzana respectivamente.

Albox, a 20 de noviembre de 2003.

Arquitecto, Abel Pérez Alonso.

Almería, 1 de junio de 2004.- El Delegado, Luis Caparrós Mirón.

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