Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 02/07/2004

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Otros. AYUNTAMIENTO DE HUETOR VEGA

ANUNCIO de bases.

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BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD, POR EL SISTEMA LIBRE, DE DOS PLAZAS DE PEON- OPERARIO, PERTENECIENTES AL PERSONAL LABORAL FIJO DEL AYUNTAMIENTO DE HUETOR VEGA

1. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de dos plazas de Peón-Operario, vacantes en la plantilla del personal laboral fijo del Ayuntamiento de Huétor Vega e incluidas en la Oferta Pública de Empleo del año 2003, encontrándose incluidas en el Grupo E y con las retribuciones que vienen recogidas en el vigente Presupuesto Municipal del año 2004.

2. Sistema selectivo.

El sistema selectivo elegido para la provisión de las plazas es el concurso libre.

3. Requisitos que han de reunir los/as aspirantes: Para tomar parte en el Concurso, se habrán de reunir, referido a la fecha de finalización de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser español o estar incurso en alguno de los supuestos previstos en la Ley 17/93, de 23 de diciembre.

b) Tener cumplida la edad de 18 años, y no exceder de aquella edad que, de acuerdo con sus antecedentes de cotización a la Seguridad Social, le permita alcanzar la jubilación en la misma al cumplir los sesenta y cinco.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización de presentación de solicitudes el título de Certificado de Escolaridad o equivalentes.

d) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

4. Instancias y documentos a presentar.

Las instancias para tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, debiendo manifestar que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Tercera de la convocatoria.

Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad deberá indicarlo en la solicitud precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, debiendo acompañar certificado expedido por la Administración competente, donde deberá expresar que la misma no le incapacita para el desempeño del puesto de trabajo de Peón- Operario (artículo 19 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso de personal al servicio de la Administración General del Estado).

Se deberán adjuntar fotocopias, debidamente compulsadas, de los documentos que acreditan que efectivamente se cumplen los requisitos, a excepción de los reseñados en los apartados d) y

e) que deberán acreditarse posteriormente.

Los documentos que se han de presentar para acreditar que se cumplen los requisitos señalados en los apartados a), b) y c) serán los siguientes:

1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

2. Fotocopia del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.

A las instancias deberán acompañarse las certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por los/as interesados/as conforme se determina en la base octava así como curriculum vitae. No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no justificados ni presentados dentro del plazo de presentación de instancias.

5. Plazo y forma de presentación de documentos.

Las instancias y documentos se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Huétor Vega o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente en que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en un día inhábil. En el supuesto de presentación de instancias en Administración distinta, deberá comunicarse por fax al Area de Personal del Ayuntamiento de Huétor Vega en el plazo de 2 días naturales desde que terminó el plazo de presentación de instancias.

6. Derechos de examen.

Los/as aspirantes deberán haber abonado los derechos de examen que se establecen en 9,90 E, los cuales se podrán

ingresar en cualquiera de las oficinas bancarias de Huétor Vega en la c/c a favor del Ayuntamiento.

El justificante, de haber realizado el ingreso deberá

acompañarse a la instancia.

7. Lista de admitidos/as y excluidos/as.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el

Excmo. Sr. Alcalde-Presidente dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as, en su caso. En dicha Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento de Huétor Vega, se indicará el plazo de subsanación, que en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, se concederá a los

aspirantes excluidos. La fecha de publicación de la indicada Resolución será determinante para el cómputo de los plazos a los efectos de las posibles impugnaciones o recursos sobre la misma.

Asimismo, el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente procederá al nombramiento del Tribunal que se hará público junto con la referida lista en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de recusación previstos en el artículo 29 de la Ley

30/1992.

8. Procedimiento de selección de los/as aspirantes.

La selección constará de las siguientes fases:

1.º Valoración de méritos, según baremo. Todos los méritos en esta fase se justificarán con la aportación de los

correspondientes certificados, títulos o diplomas, ya sea mediante la presentación de originales o fotocopias

compulsadas de los mismos.

2.º Entrevista.

1.º. Valoración de los méritos

Méritos Profesionales.

1.a) Por cada mes completo de servicios prestados en

cualquiera de las Administraciones Públicas en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta: 0,05 puntos.

1.b) Si los servicios a que se refiere el apartado anterior han sido prestados en el Ayuntamiento de Huétor Vega, la valoración de cada mes se incrementará en 0,03 puntos.

1.c) Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido: 0,02 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

La puntuación máxima en el apartado de méritos profesionales será de 4 puntos.

Cursos y seminarios, congresos y jornadas.

Siempre que se encuentren relacionados con la plaza o puesto a que se opta y sean impartidos por centros de carácter oficial e instituciones de carácter público o privado, hasta un máximo de 2 puntos.

De menos de 20 horas o 3 días: 0,25 puntos.

De 20 a 40 horas o de 4 a 8 días: 0,35 puntos.

De 41 a 60 horas o de 9 a 12 días: 0,45 puntos.

De 61 horas en adelante o más de 12 días: 0,50 puntos.

Otros méritos.

Por estar en posesión del carné de conducir del tipo B: 1 punto.

Justificación de los méritos.

Los documentos que habrán de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado serán los siguientes en cada caso:

1. Experiencia profesional.

1.A) La experiencia profesional en plaza o puesto de igual o similar contenido fuera del ámbito de la Administración Pública se justifirá:

1.A.a) En el caso de servicios prestados por cuenta ajena, aportando los siguientes documentos.

1.º Contrato de trabajo o certificación de la empresa

correspondiente al período que se alega.

2.º Certificado de cotizaciones a la Seguridad Social (Fe de vida laboral).

1.A.b) En el caso de servicios prestados por cuenta propia, aportando los siguientes documentos.

1.º Justificante de pago del Impuesto de Actividades

Económicas de cada uno de los años en que se haya estado en situación de alta en el mencionado impuesto.

2.º Certificado de cotizaciones a la Seguridad Social, donde consten período y grupo de cotización, salvo aquellos

colectivos profesionales que estén exentos de esta cotización, lo que deberá acreditarse de forma fehaciente.

1.B) La experiencia profesional en plaza o puesto de igual contenido en el ámbito de la Administración Pública se

justificará:

1.B.a) Aportando la documentación indicada en el apartado

1.A.a) 1.B.b)

Presentando certificación expedida por la Secretaría o

cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal, donde constarán los siguientes datos:

- Denominación de los puestos de trabajo que hayan desempeñado con expresión del tiempo que los haya ocupado.

- Dependencias a las que estén adscritos dichos puestos.

- Relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el

desempeño de los puestos con la Administración.

1.C) En los tres apartados del punto 1 del baremo, para acreditar que se ocupa o se ha ocupado plaza o puesto de igual o similar contenido, cuando no coincidan la denominación de los que se hayan ocupado con el de la plaza o puesto al que se opta, el interesado habrá de adjuntar certificado en el que consten las funciones desarrolladas para justificar que son iguales o similares a las que el catálogo de funciones vigente en el Ayuntamiento de Huétor Vega asigna a la mencionada plaza o puesto.

2. Cursos y seminarios, congresos y jornadas.

Para acreditar los méritos señalados en el punto 2 del baremo habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la Universidad o Administración Pública organizadora del curso, jornadas, o en colaboración con la cual se haya realizado la actividad formativa, en el que conste:

- Denominación del curso, jornadas.

- Número de horas/días de duración.

- Concepto en el que participó el aspirante.

En todo caso habrá de tenerse en cuenta que sólo se valorarán cursos, jornadas, relacionados con las funciones a desarrollar en este Ayuntamiento en el puesto/plaza de que se trate.

2.º Entrevista personal

El Tribunal entrevistará a los aspirantes, dialogando con los mismos sobre las tareas propias del puesto convocado, así como del curriculum presentado. Se valorará el conoci

miento del municipio, de las infraestructuras, servicios y equipamientos, edificios municipales, parques, plazas y jardines, eventos culturales, festejos, etc. todo ello

relacionado con el puesto al que se opta. La puntuación máxima será de 4 puntos.

La calificación definitiva se obtendrá de la suma de las puntuaciones obtenidas en la valoración de los méritos y en la entrevista personal.

9. Desarrollo de los ejercicios.

En la Resolución en la que se apruebe la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as se determinará el lugar, día y hora de constitución del Tribunal para la Baremación de los méritos alegados por los aspirantes.

Los anuncios de las siguientes fases del proceso selectivo se harán públicos en el tablón de edictos de la Corporación y en lugar en que se hubieren celebrado las anteriores fases.

Entre las distintas fases del proceso selectivo deberá

transcurrir un mínimo de 72 horas.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los

aspirantes para que acrediten su personalidad.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan.

Los candidatos deberán acudir provistos del DNI, pasaporte o carné de conducir.

El Concurso se llevará a efecto en la fecha que indique la Resolución de la Presidencia en la que se expresará también lugar y hora de realización del mismo.

10. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador, que tendrá categoría cuarta de las recogidas en el art. 33.1 por R.D. 236/88 de 4 de marzo sobre indemnizaciones por razón del servicio, está integrado por los siguientes miembros:

Presidente: Alcalde o Concejal en quien delegue.

Vocales.

1. La Concejala de Personal de la Corporación.

2. Un representante de cada Grupo Municipal, designado por el Portavoz del mismo.

3. Un funcionario público designado por la Junta de Andalucía.

4. Un representante de los trabajadores designado por los delegados del personal laboral del Ayuntamiento.

5. El Jefe de Obras y Servicios del Ayuntamiento de Huétor Vega.

Secretaria: La Secretaria General del Ayuntamiento o

funcionario en quien delegue.

Se designará también un suplente para cada uno de los miembros que compone el Tribunal Calificador.

Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas a que hace referencia la presente

convocatoria.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretaria y de la mitad al menos de los Vocales pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien su suplente.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus

especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando por tanto con voz pero sin voto.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias

previstas en el art. 28 de la Ley 30/92 o se hubieran

realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Podrá cualquier interesado promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias.

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los

resultados.

El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias anteriormente previstas, sin perjuicio de que de oficio deba el afectado notificarlo al Ayuntamiento.

Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la

interposición de la aplicación de las bases de la presente convocatoria así como lo que debe hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal cuya decisión pondrá fin a la vía administrativa.

10. Relación de aprobados/as, presentación de documentación y nombramiento de personal laboral fijo.

Terminada la valoración de los méritos y la entrevista, el Tribunal publicará los nombres de los/as aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación en función de la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de baremación de méritos y entrevista, que se elevará al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente para que proceda a la formalización de los contratos de trabajo laboral por tiempo indefinido. En ningún caso podrá el Tribunal declarar aprobados mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas.

En caso de que la plaza reservada a personas con minusvalía no fuese cubierta por no presentarse ningún aspirante, se sumará a las otras cuatro.

Los/as aspirantes propuestos/as presentarán en la Secretaría General del Ayuntamiento, en el plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente a que se haga pública la propuesta, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en el convocatoria.

Si dentro del plazo indicado, salvo supuesto de fuerza mayor, los/as aspirantes propuestos/as no presentasen la

documentación, no se podrán formalizar los contratos laborales de carácter indefinido y perderán todos los derechos, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieren podido incurrir.Los/as aspirantes seleccionados deberán someterse, previamente a la obtención de la condición de laborales fijos, a un reconocimiento médico por los servicios que se les designen por el Ayuntamiento a fin de comprobar que los/as mismos/as no padecen enfermedad o defecto físico alguno que les impida el desempeño de las funciones correspondientes a las plazas para las que han sido propuestos/as.

12. Incidencias.El Tribunal podrá resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen

desarrollo del proceso selectivo.

En lo no previsto en las bases de la convocatoria, se estará a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; y supletoriamente en lo no previsto anteriormente el Real Decreto 364/1995, de

10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, y de provisión de puestos de trabajo de la

Administración General del Estado y demás disposiciones legales que le sean de aplicación.

Base final. Recursos.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de estas, podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y formas establecidos en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurí dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Huétor Vega, 31 de mayo de 2004.- El Alcalde, Mariano Molina del Paso.

ANEXO I

SOLICITUD DE ADMISION A PRUEBAS SELECTIVAS

1. Plaza a que aspira:

2. Convocatoria: Fecha BOE:

3. Datos personales:

Primer apellido:

Segundo apellido:

Nombre:

Fecha de nacimiento:

Lugar de nacimiento:Provincia:

DNI número:

Domicilio a efectos de notificaciones:

Teléfono:Municipio:

Provincia:CP:

4. Titulación académica:

5. Documentación que se adjunta para la valoración de los méritos:

El abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas

selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones señaladas en la Convocatoria.

En ............, a .... de ............ de 2004.

Sr. Alcade del Ayuntamiento de Huetor Vega (Granada)

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