Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 14/07/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 7 de junio de 2004, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se amplía el plazo máximo para notificar la resolución expresa de los procedimientos iniciados mediante solicitud de adaptación a la Ley Orgánica que se cita.

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La Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, dispone en su Disposición Transitoria Primera que "las asociaciones inscritas en el correspondiente Registro con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley Orgánica estarán sujetas a la misma y conservarán su personalidad jurídica y la plenitud de su capacidad, pero deberán adaptar sus Estatutos en el plazo de dos años".

La amplitud de dicho plazo, que se cumplió el día 26 de mayo de 2004, no ha impedido que, tanto en los días próximos a su vencimiento como en los inmediatamente posteriores al mismo, se haya producido una importante acumulación de instancias de las asociaciones afectadas por la citada Disposición Transitoria Primera, solicitando del Registro de Asociaciones de Andalucía la constancia registral de su adaptación a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Tal acumulación hace prever el incumplimiento del plazo máximo de tres meses de que se dispone para notificar la resolución expresa en los procedimientos iniciados por las correspondientes solicitudes.

El artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, permite la ampliación excepcional del plazo máximo de resolución y notificación, que no podrá ser superior al establecido para su tramitación, cuando el número de solicitudes formuladas pueda suponer un incumplimiento del plazo máximo de resolución, una vez habilitados, por los órganos competentes, los medios personales y materiales para cumplir con el despacho adecuado y en plazo.

Por esta Delegación Provincial, órgano competente para resolver los procedimientos de inscripción registral, de acuerdo con lo que establece el artículo 15 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Asociaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 152/2002, de 21 de mayo, han sido habilitados todos los medios personales y materiales posibles a los efectos del cumplimiento del plazo legal establecido para la resolución y notificación de los procedimientos de constancia registral de las asociaciones afectadas por la Disposición Transitoria Primera de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación; no obstante, ante el ingente número de solicitudes formuladas, se considera necesaria la ampliación del referido plazo, por lo que teniendo en cuenta lo que dispone el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás de pertinente aplicación,

RESUELVE

Primero. Ampliar el plazo de tres meses establecido para resolver y notificar los procedimientos iniciados por las solicitudes de constancia registral de adaptación a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo de 2002, formuladas por las asociaciones afectadas por la Disposición Transitoria Primera de la citada Ley, dirigidas al Registro de Asociaciones de Andalucía, Unidad Registral de Córdoba, el cual queda incrementado en tres meses más.

El nuevo plazo máximo, de seis meses, se contará a partir de la entrada de la solicitud en el Registro del órgano competente para su tramitación.

Segundo. La presente Resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Córdoba, 7 de junio de 2004.- La Delegada, Soledad Pérez Rodríguez.

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