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NIG: 2905441C20037000253.
Procedimiento: 260/2003. Negociado: Z.
Sobre: Desahucio por precario.
De: John y Caroline Thompson.
Procurador: Sr. Del Moral Chaneta, Ernesto.
Contra: Issan Husni y Hkadouje Dumari.
E D I C T O
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento desahucio en precario 260/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Fuengirola (Málaga) a instancia de John y Caroline Thompson contra Issan Husni y Hkadouje Dumari sobre desahucio por precario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
En Fuengirola, a 26 de abril de 2004.
La Sra. doña Lidia María Paloma Montaño, MagistradoJuez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Siete de Fuengirola, habiendo visto y oído los autos de juicio de desahucio por precario seguidos en este Juzgado al número
260/2003 a instancia de don Christopher St. Jhon Thompson y doña Carolyn Thompson contra don Issan Husni y don Khadouje Oumari, en situación legal de rebeldía, y, F A L L O
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por don Christopher St. Jhon Thompson y doña Carolyn Thompson contra don Issan Husni y don Khadouje Oumari, en situación legal de rebeldía, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio de los demandados de la finca sita en Mijas Costa, Conjunto Residencial Playa La Lucera, apartamento D-50, planta baja, bloque D, apercibiéndoles de lanzamiento si no lo desalojan en el plazo de 30 días desde la notificación de la presente resolución, condenando a los demandados al pago de las costas del juicio.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, que deberá prepararse en el plazo de 5 días ante este Juzgado.
Notifíquese esta resolución a las partes.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Issan Husni y Hkadouje Dumari, extiendo y firmo la presente en Fuengirola a once de mayo de dos mil cuatro.El/La Secretario.
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