Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 22/1/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 9 de enero de 2004, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se crea en el Ayuntamiento de Estepona (Málaga) un puesto de trabajo de Vicesecretaría y se clasifica como Secretaría de clase segunda.

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Vista la solicitud formulada por el Ayuntamiento de Estepona (Málaga), relativa a la creación en la plantilla de personal del Ayuntamiento de un puesto de trabajo de Vicesecretaría, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la Subescala de Secretaría, categoría de entrada, en base al Acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 7 de noviembre de 2003.

Tramitado expediente de conformidad con lo previsto en los artículos 2 y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el artículo 92.3 de la Ley 7/1985, de

2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto

1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen jurídico de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y de conformidad con el artículo 11.1.e) del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Crear en la plantilla del Ayuntamiento de Estepona (Málaga), un puesto de trabajo de Vicesecretaría y clasificarlo como Secretaría de clase segunda para su desempeño por funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la subescala de Secretaría, categoría de entrada. Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso administrativa.

Sevilla, 9 de enero de 2004. El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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