Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 22/1/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 8 de enero de 2004, por la que se delegan competencias en materia de concursos de méritos para la provisión de puestos de personal funcionario.

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De conformidad con el artículo 43.1 del Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero, corresponde a los titulares de las Consejerías la competencia para efectuar las convocatorias y resolución de los concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos a su Consejería y a los puestos de trabajo correspondientes a los Organismos Autónomos.

Al objeto de posibilitar una mayor agilidad y eficacia en la gestión y resolución de los concursos de méritos en esta Consejería, procede delegar en los titulares de la Viceconsejería y de las distintas Delegaciones Provinciales el ejercicio de la competencia para convocar y resolver los concursos en relación con los puestos de trabajo adscritos a las mismas.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, y con el artículo

13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

D I S P O N G O

Primero. Delegar en el titular de la Viceconsejería de Agricultura y Pesca la convocatoria y resolución de los concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos a los servicios centrales de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Segundo. Delegar en los titulares de las Delegaciones Provinciales de esta Consejería la convocatoria y resolución de los concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos a cada Delegación Provincial, así como a sus Servicios Periféricos.

Tercero. Las competencias que se delegan serán ejercidas de acuerdo con la normativa vigente y las instrucciones de servicio que la Viceconsejería dicte a efectos de coordinar los distintos concursos de méritos.

Cuarto. En los actos y Resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación, se hará constar expresamente tal circunstancia.

Quinto. La presente Orden producirá efectos el siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de enero de 2004

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Agricultura y Pesca

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