Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 22/07/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. Nº4 DE ALMERIA (ANTIGUO MIXTO Nº7

EDICTO dimanante del procedimiento de medidas sobre hijos de uniones de hecho núm. 475/2003.

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NIG: 0401342C20030002703.

Procedimiento: Medidas sobre hijos de uniones de hecho

475/2003. Negociado: L.

De: Doña Antonia López Morales.

Procuradora: Sra. Rubio Mañas, Pilar.

Letrada: Sra. Amelia Salinas Castillo.

Contra: Don Julio Cuadrado Paniagua.

Procuradora: Sra. Sánchez Reche, María Isabel.

Letrada: Sra. María del Carmen Silva Sánchez.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Medidas sobre hijos de uniones de hecho

475/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Almería a instancia de Antonia López Morales contra Julio Cuadrado Paniagua, se ha dictado la sentencia que copiada en su fallo, es como sigue:

F A L L O

Que estimando la demanda formulada por doña Antonia López Morales frente a don Julio Cuadrado Paniagua, se acuerdan las siguientes medidas en relación al hijo menor de los litigantes Jairo Cuadrado López nacido el día 8.12.2000.

1. Se atribuye a la progenitora doña Antonia López Morales la guarda y custodia del menor, sin perjuicio del ejercicio compartido de la patria potestad por ambos progenitores.

2. El padre podrá tener consigo al hijo, los fines de semana alternos desde las 20,00 horas del viernes a las 20,00 horas del domingo así como la mitad de las vacaciones escolares.

3. En concepto de pensión por alimentos al menor y a cargo del padre, se fija la cantidad de 50 euros mensuales, que el demandado habrá de ingresar por meses anticipados entre los días 1 y 5 de cada mes, y que se actualizará conforme a las variaciones que experimente el IPC publicado anualmente por el INE.

No se hace expresa condena en los costas procesales.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Julio Cuadrado Paniagua, extiendo y firmo la presente en Almería a dos de julio de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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