Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 26/07/2004

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Anuncio de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se hace pública relación de solicitantes del Programa de solidaridad a los que no ha sido posible notificar diferentes resoluciones y actos administrativos.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Num Expediente: PS-SE-0133/2003

Nombre y Apellidos: Fernando Luque Bueno

Contenido del acto:

Resolución dictada por la Delegación Provincial de Para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, de fecha 8 de septiembre de 2003, mediante la cual se acuerda denegar a la interesada las medidas del Programa de Solidaridad pro aplicación del art. 2º aptdo. c) del Decreto 2/99, dado que, los ingresos obtenidos por la unidad familiar, objeto de esta resolución superan el límite establecido, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Ilmo. Sr. Director General de Bienestar Social de la Consejería de Para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía.

PS-SE-0186/2003, Juan Muñoz Barbosa.

Resolución dictada por la Delegación Provincial de Para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, de fecha 12 de enero de

2004, mediante la cual se acuerda denegar a la interesada las medidas del Programa de Solidaridad pro aplicación del art. 2º aptdo. c) del Decreto 2/99, dado que, los ingresos obtenidos por la unidad familiar, objeto de esta resolución superan el límite establecido, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Ilmo. Sr. Director General de Bienestar Social de la Consejería de Para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía.

PS-SE-0259/2003, Manuel Carretero Boraita. Resolución dictada por la Delegación Provincial de Para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, de fecha 8 de septiembre de 2003, mediante la cual se acuerda denegar a la interesada las medidas del Programa de Solidaridad pro aplicación del art. 2º aptdo. c) del Decreto 2/99, dado que, los ingresos obtenidos por la unidad familiar, objeto de esta resolución superan el límite establecido, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Ilmo. Sr. Director General de Bienestar Social de la Consejería de Para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía. PS-SE-0329/2003, Jesús Domínguez de Leyva. Resolución dictada por la Delegación Provincial de Para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, de fecha 8 de septiembre de 2003, mediante la cual se acuerda denegar a la interesada las medidas del Programa de Solidaridad pro aplicación del art. 2º aptdo. c) del Decreto 2/99, dado que, los ingresos obtenidos por la unidad familiar, objeto de esta resolución superan el límite establecido, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Ilmo. Sr. Director General de Bienestar Social de la Consejería de Para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía. PS-SE-0357/2003, Patrocinio Amaya Navarro. Resolución dictada por la Delegación Provincial de Para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, de fecha 13 de enero de

2004, mediante la cual se acuerda denegar a la interesada las medidas del Programa de Solidaridad pro aplicación del art. 2º aptdo. c) del Decreto 2/99, dado que, los ingresos obtenidos por la unidad familiar, objeto de esta resolución superan el límite establecido, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Ilmo. Sr. Director General de Bienestar Social de la Consejería de Para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía.

PS-SE-0898/2003, Elisabeth Villegas Morales. Resolución dictada por la Delegación Provincial de Para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, de fecha 12 de enero de

2004, mediante la cual se acuerda denegar a la interesada las medidas del Programa de Solidaridad pro aplicación del art. 2º aptdo. c) del Decreto 2/99, dado que, los ingresos obtenidos por la unidad familiar, objeto de esta resolución superan el límite establecido, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Ilmo. Sr. Director General de Bienestar Social de la Consejería de Para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía.

PS-SE-1130/2003, Ana Isabel Fernández Pazos.

Resolución dictada por la Delegación Provincial de Para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, de fecha 8 de octubre de 2003, mediante la cual se acuerda denegar a la interesada las medidas del Programa de Solidaridad pro aplicación del art.

2º aptdo. c) del Decreto 2/99, dado que, los ingresos obtenidos por la unidad familiar, objeto de esta resolución superan el límite establecido, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Ilmo. Sr. Director General de Bienestar Social de la Consejería de Para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía.

PS-SE-1384/2003, Ana María Romero Martín.

Resolución dictada por la Delegación Provincial de Para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, de fecha 8 de octubre de 2003, mediante la cual se acuerda denegar a la interesada las medidas del Programa de Solidaridad pro aplicación del art.

2.º aptdo. c) del Decreto 2/99, dado que, los ingresos

obtenidos por la unidad familiar, objeto de esta resolución superan el límite establecido, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Ilmo. Sr. Director General de Bienestar Social de la Consejería de Para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía.

PS-SE-1475/2003, Eva M.ª Gutiérrez Mesa.

Resolución dictada por la Delegación Provincial de Para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, de fecha 12 de enero de

2004, mediante la cual se acuerda denegar a la interesada las medidas del Programa de Solidaridad pro aplicación del art. 2.º aptdo. c) del Decreto 2/99, dado que, los ingresos obtenidos por la unidad familiar, objeto de esta resolución superan el límite establecido, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Ilmo. Sr. Director General de Bienestar Social de la Consejería de Para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía.

PS-SE-1485/2003, Tamara Alcántara Corchuelo.

Resolución dictada por la Delegación Provincial de Para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, de fecha 12 de enero de

2004, mediante la cual se acuerda denegar a la interesada las medidas del Programa de Solidaridad pro aplicación del art. 2.º aptdo. c) del Decreto 2/99, dado que, los ingresos obtenidos por la unidad familiar, objeto de esta resolución superan el límite establecido, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Ilmo. Sr. Director General de Bienestar Social de la Consejería de Para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía.

PS-SE-1653/2003, Herminia Sánchez García.

Resolución dictada por la Delegación Provincial de Para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, de fecha 8 de

septiembre de 2003, mediante la cual se acuerda denegar a la interesada las medidas del Programa de Solidaridad pro

aplicación del art. 2.º aptdo. c) del Decreto 2/99, dado que, los ingresos obtenidos por la unidad familiar, objeto de esta resolución superan el límite establecido, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Ilmo. Sr. Director General de

Bienestar Social de la Consejería de Para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía.

PS-SE-5391/2003, María Carmen García González.

Resolución dictada por la Delegación Provincial de Para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, de fecha 7 de mayo de

2004, mediante la cual se acuerda denegar a la interesada las medidas del Programa de Solidaridad pro aplicación del art. 2.º aptdo. c) del Decreto 2/99, dado que, los ingresos obtenidos por la unidad familiar, objeto de esta resolución superan el límite establecido, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Ilmo. Sr. Director General de Bienestar Social de la Consejería de Para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 9 de julio de 2004.- La Delegada, M.ª José Castro Nieto.

Descargar PDF