Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 02/08/2004

4. Administración de justicia

Otros. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

EDICTO de la Sección Cuarta dimanante del rollo de apelación núm. 821/2003. (PD. 2566/2004).

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NIG: 2906737C20030002497.

Núm. Procedimiento: Recurso de Apelación Civil (N) 821/2003.

Asunto: 400824/2003.

Autos de: Proced. ordinario (N) 61/2002.

Juzgado de origen: Juzg. de Primera Instancia Ocho de Málaga.

Apelante: José Andrade Morales.

Procurador: Manosalbas Gómez, Manuel.

Abogado: Marques Falgueras, Carlos.

Apelado: Banco Santander Central Hispano, S.A., Grupo Peninsular, S.A. y Juan Manuel Gómez López de la Banda.

Procurador: Del Moral Palma, Baldomero.

Abogado: Arrupe Ferreira, Joaquín Alberto.

EDICTO

El Ilmo. Sr. don Manuel Torres Vela, Presidente de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Málaga, hace saber: Que en esta Sala que presido se sigue rollo de apelación civil núm. 821/03, dimanante de Juicio Ordinario núm. 61/02 del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Málaga, en el que ha recaído sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NUM. 362

En la Ciudad de Málaga a once de mayo de dos mil cuatro.

Visto, por la Sección Cuarta de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario (N) seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso José Andrade Morales que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por el Procurador don Manosalbas Gómez, Manuel y defendido por el Letrado don Marques Falgueras, Carlos. Es parte recurrida Banco Santander Central Hispano, S.A., que está representado por el Procurador don del Moral Palma, Baldomero y defendido por el Letrado don Arrupe Ferreira, Joaquín Alberto, que en la instancia ha litigado como parte demandante. Encontrándose en situación procesal de rebeldía Grupo Peninsular, S.A., y Juan Manuel Gómez López de la Banda.

FALLAMOS

Desestimamos el recurso de apelación formulado por don José Andrade Morales contra la sentencia de 6 de febrero de 2003 del Juzgado de Primera Instancia número Ocho de Málaga y, en consecuencia, debemos confirmar y confirmamos la resolución recurrida, imponiendo a la parte apelante las costas de la segunda instancia.

Y para que sirva de notificación en legal forma al apelado don Juan Manuel Gómez López de la Banda, expido el presente en Málaga a dos de julio de 2004.- El Presidente.

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