Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 02/08/2004

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE LEPE

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Secretaria del Excmo. Ayuntamiento de Lepe (Huelva), certifica:

Que, conforme a la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para 2003, inserta en el Boletín Oficial del Estado número 301 de diecisiete de diciembre de 2003, se promueve concurso-oposición para cubrir en propiedad varias plazas vacantes, detalladas en los Anexos respectivos y correspondiente a la plantilla de personal laboral fijo de este Ayuntamiento, que se adjuntan a estas bases generales aprobadas por Resolución de esta Alcaldía del día de la fecha.

1. Normas generales.

1.1. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de las plazas que se relacionan en los Anexos respectivos.

1.2. Destino.

El Excmo. Ayuntamiento de Lepe podrá destinar a sus empleados a puestos de trabajo de servicios o dependencias situadas en cualquier centro de trabajo del término municipal, cuando así se considere necesario o conveniente, y de conformidad y por el procedimiento establecido en la normativa vigente.

1.3. Derechos y deberes.

Quien obtenga plaza tendrá los derechos y deberes inherentes a la misma como empleado del Excmo. Ayuntamiento de Lepe y los determinados con carácter general o especial por la legislación laboral.

1.4. Régimen Jurídico aplicable.

Las pruebas selectivas que se convocan, se regirán por las presentes bases y por las siguientes disposiciones legales:

- De aplicación general: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Ley 7/1985, de

2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

- De aplicación específica: Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y Programas para selección de funcionarios de Administración Local.

- De aplicación supletoria: R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingresos del personal al servicio de la Administración General del Estado y provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre.

- Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

1.5. Efectos vinculantes.

Las bases vinculan a la Administración convocante, al Tribunal y a quienes participen en las mismas.

Las convocatorias o sus bases, una vez publicadas, solamente podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Condiciones y requisitos que deben reunir los aspirantes.

2.1. Requisitos generales.

Para poder ser admitidos y participar en los procesos

selectivos los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:

2.2.1. Turno libre:

- Estar en posesión de la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o de Suiza y cumplir los requisitos de la Ley 17/93, de 23 de diciembre.

Los familiares de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y Suiza, cualquiera que sea su nacionalidad y siempre que mantengan un vínculo de convivencia estable y permanente en los términos previstos en el R.D. 178/2003, de 14 de febrero.

- Tener cumplidos 18 años de edad el día que termine el plazo de presentación de solicitudes y no haber cumplido la edad de jubilación determinada por la legislación básica laboral o convenio colectivo en vigor.

- Haber abonado la tasa correspondiente por derechos de examen en los términos previstos.

- El conocimiento adecuado del castellano para los nacionales de otros estados.

- No padecer enfermedad o limitación física o psíquica que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas, o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

- Estar en posesión del título exigido o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, a la plaza que se opta y que se especifica en cada Anexo. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su homologación.

b) Segundo ejercicio.

Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos los opositores, propuesto por los miembros del Tribunal, relacionado con las funciones asignadas a la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio. En esta prueba se valorará la sistemática en la exposición, el contenido vertido en el desarrollo así como la capacidad práctica de emitir conclusiones.

TEMAS ESPECIFICOS

1. Rodillos: Tipos, características, manejo y conservación.

2. Compresores: Tipos y características.

3. Colores primarios o básicos, secundarios y terciarios. Composición.

4. Confección de tonalidades. Contraste.

5. Pasta de temple liso a brocha y rodillo.

6. Aplicación de pintura al gotelé. Métodos.

7. Las pinturas plásticas. Composición.

8. Protección personal. Equipos de protección personal.

9. Señalización de seguridad.

10. Derechos y obligaciones de los trabajadores en materia de Seguridad y Salud en el trabajo.

ANEXO X

Denominación: Trabajadora Social.

Número: Una.

Grupo: B.

Título exigido: Diplomado Trabajo Social.

Sistema de acceso: Libre.

Procedimiento: Concurso-oposición.

Derecho de examen: 12,32 euros.

Fase de concurso. Se efectuará de conformidad a lo establecido en las bases generales.

Fase de oposición.

a) Primer ejercicio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de tres horas, dos temas extraídos al azar, de entre las materias establecidas en el Anexo a cada convocatoria. A juicio del Tribunal, podrá ser sustituido por un test de preguntas con respuestas alternativas, determinado por el Tribunal, relativas a los temas comprendidos en el Anexo II:

Temas específicos. El criterio de corrección será el

siguiente: Por cada dos preguntas contestadas erróneamente se penalizará con una contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.

b) Segundo ejercicio.

Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos los opositores, propuesto por los miembros del Tribunal, relacionado con las funciones asignadas a la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio. En esta prueba se valorará la sistemática en la exposición, el contenido vertido en el desarrollo así como la capacidad práctica de emitir conclusiones.

c) Tercer ejercicio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de noventa minutos, un tema a elegir por el/la

opositor/a, de entre dos que se extraigan al azar, de entre las materias contenidas en el Anexo I: Temas comunes.

TEMAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Característica y Estructura.

2. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles.

3. El acto administrativo: Concepto y Clases. Elementos del acto administrativo. Motivación. Eficacia. Validez de los actos administrativos.

4. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

5. El procedimiento administrativo local. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

6. El Régimen Local español. Organización y competencias municipales.

7. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local y su organización.

8. El personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes locales.

9. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública.

10. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.

11. El presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria.

12. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.

TEMAS ESPECIFICOS

13. Necesidades Sociales y Servicios Sociales.

14. Concepto de sociología. Acción social. Valores.

Simbolismo. Proceso de socialización.

15. Marginación social. Inadaptación social. Desviación social.

16. Funciones del trabajador social. Objeto. Sujeto.

Objetivos. Niveles de actuación. Método. Principios y ética del trabajador social.

17. El método. Evolución. Concepto. Métodos tradicionales. Métodos actuales. Características del método. Etapas del método básico.

18. El método. Estudio. Investigación.

19. El método: El diagnóstico. Finalidad. Tipos.

20. El método: La planificación. Características y factores. Principios básicos. Tipos de planificación. Plan general. Formulación de un proyecto.

21. El método: Ejecución y evaluación.

22. Técnicas del trabajador social. Concepto. Recogida de datos. Sistematización de datos. Análisis e interpretación de datos. Técnicas de relación. Técnicas administrativas.

23. Técnicas del trabajador social: La entrevista.

Clasificación de la entrevista. Tipos de entrevistas. Fases y estructura de la entrevista. Principios de actuación del trabajador social en la entrevista. Habilidades para

entrevistar.

24. Técnicas de trabajo social: Documentación básica.

25. El equipo interdisciplinar. Conceptos. Trabajo en equipo y equipo interdisciplinar. Funciones del trabajador social.

26. Trabajo social individualizado. Concepto y objetivos. Fundamentos éticos de actuación. Principios básicos de acción.

27. Trabajo social con familias. Tipologías familiares. Metodología del trabajo social con familias. Técnicas

específicas.

28. Trabajo social con grupos. Concepto. Objetivos.

Principios. Metodología.

29. Trabajo social comunitario. Concepto. Objetivo. Método. Técnicas. Funciones del trabajador social. Participación.30. Trabajo social comunitario. Concepto. Objetivo. Método. Técnicas. Funciones del trabajador social. Participación.31. Política social y bienestar social. Política social. Concepto y evolución del Estado de Bienestar. Crisis del Estado de Bienestar. Alternativas.

32. La protección social en España. La protección social. Funciones de la protección social.

33. La política social en Europa. La mejora de las condiciones de trabajo. La normativa comunitaria sobre Seguridad Social. La política de defensa de los colectivos marginados.

34. La acción social y los Entes Territoriales. La acción social. Nivel central. Nivel autonómico. Nivel local.

35. Marco jurídico de los Servicios Sociales. Tratados

internacionales. La Constitución Española. Estatutos de autonomía. Ley de Base del Régimen Local. Leyes autonómicas de servicios sociales. Plan concertado.

36. El sistema de Seguridad Social en España. Prestaciones de la Seguridad Social. Pensiones no contributivas.

37. Las rentas mínimas de inserción. Concepto y modelo. Características. Limitaciones. Rentas mínimas de inserción y trabajo social.

38. Los servicios sociales. Beneficiarios. Principios.

Criterios de actuación. Tipología.

39. Los servicios sociales de atención primaria. Concepto. Prestaciones básicas del Plan Concertado.

40. Servicios sociales comunitarios.

41. Servicios sociales para la infancia. Menores con

dificultades sociales. Estructuración de servicios sociales para el menor. Equipamiento de servicios sociales para

menores.

42. Centros de atención al menor. Centros de tiempo libre. Otros centros que afectan al menor.

43. Malos tratos a la infancia. Concepto y tipologías del maltrato. Proceso de intervención ante el maltrato infantil.

44. Protección jurídica de menores. Derechos del menor. Medidas y principios de la acción administrativa. Actuación e instituciones ante la desprotección social del menor. La tutela. La adopción.

45. Juventud. Plan integral de juventud. Casas de juventud. Otros recursos para jóvenes.

46. Delincuencia. Concepto. Delincuencia juvenil. Prevención de la delincuencia.

47. Transeúntes. Concepto. Servicios sociales para

transeúntes.

48. Discapacitados. Conceptos. Colectivos más afectados. Actuación del bienestar social. Servicios sociales. El papel del trabajador social.

49. Prestaciones y ayudas económicas a minusválidos.

Prestaciones económicas por minusvalía. Subsidios a favor de minusválidos. Prestaciones de pago único a las familias. Prestaciones de pago único a entes territoriales e

instituciones.50. Servicios sociales para mayores. Concepto de vejez. Prestaciones económicas. Asistencia Sanitaria.

Vivienda. Centro de día y residencia. Ocio. El trabajo social con la vejez. Plan gerontológico.

51. Prestaciones y ayuda económica a la tercera edad.

52. Hospitalización domiciliaria. Concepto. Ventajas. Equipo interdisciplinar. Trabajador social. Apoyo al cuidador.53. Toxicomanías. Concepto de drogodependencia y evolución en España. Clasificación de las drogas. Reinserción social. Plan Nacional sobre Drogas. Servicios y recursos.

54. Mujer. Políticas sociales dirigidas a mujeres.

Problemáticas mas frecuentes.

55. Mujer: Protección social de la mujer. Servicios sociales y recursos para las mujeres. Función del trabajo social con mujeres.

56. Extranjeros. Inmigrantes y asilo. Integración social y atención a refugiados. Prestaciones. Temporeros. Ley de extranjería y demás legislación vigente referida a extranjería y a regularización de extranjeros.

57. Los centros de Servicios Sociales: Organización y

funcionamiento de los mismos.

58. El Plan Andaluz de Inclusión Social.

59. Funciones del Trabajador Social en la promoción de los Organos de Participación Social, especialmente los Consejos de Servicios Sociales.

60. El servicio de convivencia y reinserción.

ANEXO XI

Denominación: Operario Multifuncional/Conductor.

Número: Una.

Grupo: D.

Título exigido: Graduado Escolar, FP1.º Grado o equivalente.

Otros requisitos: Carné de conducir: Clase "B".

Sistema de acceso: Libre.

Procedimiento: Concurso-oposición.

Derecho de examen: 6,16 euros.

Fase de concurso: Se efectuará de conformidad a lo establecido en las bases generales.

Fase de oposición:

a) Primer ejercicio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de noventa minutos, dos temas extraídos al azar, de entre las materias establecidas en el Anexo a cada

convocatoria. A juicio del Tribunal, podrá ser sustituido por un test de preguntas con respuestas alternativas, determinado por el Tribunal, relativas a los temas comprendidos en el Anexo II: Temas específicos. El criterio de corrección será el siguiente: Por cada dos preguntas contestadas erróneamente se penalizará con una contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.

b) Segundo ejercicio.

Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos los opositores, propuesto por los miembros del Tribunal, relacionado con las funciones asignadas a la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio. En esta prueba se valorará la sistemática en la exposición, el contenido vertido en el desarrollo así como la capacidad práctica de emitir conclusiones.

c) Tercer ejercicio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 45 minutos, un tema a elegir por el/la opositor/a, de entre dos que se extraigan al azar, de entre las materias contenidas en el Anexo I: Temas comunes.

TEMAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Característica y Estructura.

2. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles.

3. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local y su organización.

4. El personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes locales.

5. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública.

TEMAS ESPECIFICOS

6. Seguridad vial: Conceptos básicos.

7. Señales: De reglamentación y de indicación.

8. Los motores de los vehículos. Clasificación de motores. El motor: Funcionamiento. Medidas y acción.

9. Construcción del motor: Bloques de cilindros. Cig?eñal y cojinetes. Pistones y bielas. Válvulas.

10. Sistema de trasmisión de los vehículos; embrague, caja de cambios, diferencial, paliere.

11. Sistema de dirección de los vehículos.

12. Sistema de frenado de los vehículos.

13. Sistemas de alimentación y combustible.

14. Sistema de refrigeración y de lubricación.

15. Sistema eléctrico: Baterías y motor de arranque. Circuito de cargo. El sistema de encendido.

16. Pruebas del motor e indagación de las causas de avería de un motor.

17. Neumáticos y sus operaciones de servicio.

18. Utilización del alumbrado de los vehículos.

19. Advertencias de los conductores.

20. Mantenimiento de los vehículos. Averías más comunes. Reparaciones. Lavado y limpieza de vehículos.

Lo que comunico para general conocimiento.- Lepe, 22 de junio de dos mil cuatro.- La Secretaria. 2.1.2. Promoción interna:

- Estar en posesión del título exigido o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, a la plaza que se opta y que se especifica en cada Anexo.

- Pertenecer a la plantilla de laboral fijo del Ayuntamiento de Lepe, con una antig?edad de al menos dos años en el grupo o categoría profesional a la que se pertenece.

3. Solicitudes.3.1. Forma.

Los/as aspirantes presentarán solicitud ajustada al modelo que se publica como Anexo a estas bases, en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Lepe, sito en Plaza de España, 8, donde será debidamente registrada.

La solicitud deberá dirigirse al Excmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Lepe, bastando que el/la aspirante, manifieste que reúne las condiciones exigidas en la base segunda,

referida a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

Las personas con minusvalía o limitaciones psíquicas o físicas compatibles con el desempeño de las tareas o funciones

correspondientes, pero que no les permita realizar las pruebas en igualdad de condiciones con el resto de los aspirantes, podrán solicitar, en la instancia, concretándolas, las

adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.

3.2. Documentos que deben presentarse.

Las instancias deberán presentarse acompañadas de fotocopia del DNI, y justificante del ingreso de los derechos de examen.

La falta de justificación del abono, en tiempo y forma, de los derechos de examen determinará la exclusión del/a aspirante.

Estarán exentos del pago de la tasa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social:

- Los/as aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33%, quienes expresamente acreditarán su condición y grado de discapacidad legalmente reconocida, junto a la solicitud de participación.

- Los/as aspirantes que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación en el BOE de la convocatoria de las pruebas selectivas, que se acreditará mediante certificado del

Instituto Nacional de Empleo, junto con la declaración jurada o promesa escrita del solicitante acreditativa de carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Asimismo se unirán a la instancia, para su valoración en la fase de concurso, fotocopias simples de los documentos

acreditativos de los méritos alegados.

Ello, sin perjuicio de lo establecido en la base 6.1 sobre presentación en tiempo inmediatamente anterior a la

celebración del último de los ejercicios de la fase de

oposición y por sólo de los aspirantes que hubieren superado las anteriores pruebas, de los originales de los documentos presentados inicialmente por fotocopia, a fin de proceder a su cotejo y compulsa.

3.3. Plazo de presentación.

Las solicitudes y la documentación acreditativa de los méritos alegados deberán presentarse en el plazo de 20 días naturales, contado desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial del Estado.

3.4. Lugar de Presentación.

También podrán presentarse las solicitudes y la documentación, además de en el Registro General del Ayuntamiento de Lepe, en el Registro de cualquier órgano administrativo de la

Administración General del Estado o de cualquier

Administración de las Comunidades Autónomas, en las

representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, así como en las Oficinas de Correos, en la forma que se encuentra establecido, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En este último supuesto, las instancias se presentarán en las Oficinas de Correos en sobre abierto, a fin que por el

empleado que admita el envío se estampe el sello de fechas en el documento, de manera que aparezcan con claridad, el nombre de la Oficina y la fecha de presentación.

Los errores de hecho que pudieran advertirse en las

solicitudes podrán ser subsanados en cualquier momento por la Administración o a petición de los interesados.

4. Admisión de candidatos/as.

Expirado el plazo de presentación de instancias, por la Presidencia de la Corporación en el plazo máximo de un mes, se declarará aprobada la relación provisional de admitidos y excluidos.

La expresada Resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, con indicación del plazo de subsanación de errores por diez días que, en los términos del artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, se concede a los aspirantes excluidos.

En la misma Resolución se indicará la designación de los miembros del Tribunal, el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios y orden de actuación de los aspirantes.

La publicación de la referida Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos contra la admisión o

exclusión de aspirantes.

5. Tribunal Calificador.

5.1. Composición.

Los Tribunales de cada uno de los procesos selectivos serán designados de acuerdo con las normas del R.D. 896/1991, de 7 de junio y artículo 9 y siguientes del R.D. 2223/84, de 19 de diciembre.

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, con voz y sin voto.

Vocales:

a) Jefe del Servicio correspondiente.

b) Técnico experto designado por el Presidente de la

Corporación.

c) Jefe de Personal o funcionario del Negociado de Personal.

d) Un Representante sindical designado por el Presidente de la Corporación a propuesta del Comité de Empresa.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus

especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el Tribunal.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes, quienes deberán tener igual o superior titulación a la exigida en la presente convocatoria.

5.2. Abstención y recusación.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias

previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992.

5.3. Categoría del Tribunal y percepción de asistencias.

A efecto de lo determinado en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, todos los miembros del Tribunal tendrán derecho a la percepción de "asistencias", en la forma y cuantía señalada por la citada normativa. De conformidad con lo previsto en las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, la asistencia de Concejales/as o Empleados/as municipales en calidad de miembro del Tribunal, a aquellas sesiones que se celebren en horario habitual, no generará derecho al abono de indemnizaciones por razón de servicio.

5.4. Actuación del Tribunal.

Los Tribunales no podrán constituirse ni actuar sin la

asistencia de más de la mitad de los miembros que lo componen, titulares y suplentes indistintamente.

El Tribunal se constituirá con suficiente antelación a la hora de realización del primer ejercicio y acordará en dicha sesión todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

En caso de que no se halle presente el Presidente del Tribunal o su suplente, asumirá las funciones de Presidente el Vocal de mayor edad. El de menor edad sustituirá al Secretario en caso de ausencia de éste y de su suplente.

En todas las pruebas orales, el Tribunal queda facultado para que, una vez concluida la exposición de la totalidad de los temas pueda dialogar con el aspirante sobre materia objeto de las mismas y pedirle cualesquiera otras explicaciones

complementarias. El diálogo podrá tener una duración máxima de

15 minutos.

Asimismo en los ejercicios por escrito el Tribunal podrá invitar a que sean leídos por los opositores cuando lo estime oportuno.

Los Tribunales en su calificación final, no podrán proponer para su nombramiento, un número de aspirantes superior al de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta que contenga mayor número de plazas convocadas.

6. Procedimiento de selección.

La selección se efectuará por el procedimiento que se

determine en sus correspondientes anexos, según las siguientes normas:

6.1. Fase de concurso.

La Fase de Concurso será previa a la de Oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las fases de oposición.

El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio de la oposición y procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes, con arreglo al baremo que se detalla a continuación, con la especialidad que se recoja en los diferentes anexos, cuando proceda. El resultado se

publicará en el tablón de anuncios de esta Corporación con una antelación de, al menos 48 horas a la realización del citado primer ejercicio.

La valoración inicial de los méritos tendrá carácter

provisional hasta el cotejo o compulsa de las fotocopias adjuntas a la solicitud de participación en las pruebas selectivas, con los documentos originales o fehacientes acreditativos de los méritos alegados.

Antes de la celebración de la última prueba de la fase de oposición, los aspirantes que hubieran superado los ejercicios anteriores, presentarán, para su cotejo y compulsa, los originales de los documentos acreditativos de los méritos alegados que hubieran adjuntado, por fotocopia, a la solicitud de la participación en las pruebas selectivas.

Cotejados los documentos y comprobada la autenticidad de las fotocopias el Tribunal elevará a definitiva la calificación de la fase de concurso, confirmando, en su caso, la puntuación inicialmente otorgada, o determinando la puntuación definitiva que corresponda, en base sólo de los méritos alegados y probados, según el procedimiento señalado en estas bases, en caso de que no se presentare la documentación original o fehaciente o que ésta no se corresponda con las fotocopias inicialmente presentadas.

Se valorarán los siguientes méritos, según el siguiente baremo:

Méritos generales.

A) Experiencia:

- Por cada mes completo de servicios prestados en la

Administración Local en puestos de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante Certificación expedida por el Organismo competente: 0,10 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las otras Administraciones Públicas en plaza de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo competente: 0,05 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido, que deberán se suficientemente acreditados a través del contrato de trabajo visado por el INEM y certificado de cotizaciones a la S.S. o cualquier otro documento de igual fuerza probatoria:

0,03 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

B) Cursos, seminarios, congresos y jornadas, siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta e

impartidos por organismos de carácter público:

- Hasta 14 horas: 0,05 puntos.

- De 15 a 40 horas: 0,10 puntos.

- De 41 a 70 horas: 0,20 puntos.

- De 71 a 100 horas: 0,50 puntos.

- De 101 a 199 horas: 0,75 puntos.

- Más de 200 horas: 1,00 punto.

Cuando no se determine el número de horas de que constó, se valorarán como los de 14 horas.

C) Aplicación del concurso:

Los puntos obtenidos en la fase de concurso, se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición:

- Porcentaje máximo admisible de puntos a adjudicar en la fase de concurso respecto a la fase de oposición: 40%.

El porcentaje se adecuará proporcionalmente en base a los puntos que se otorguen en la fase de oposición,

estableciéndose para una puntuación de dicha fase de 10 puntos la siguiente proporción que se aumentará proporcionalmente en el caso de que las pruebas de oposición sumasen mayor

puntuación:

- Méritos Profesionales: 3,00 puntos.

- Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas: 1,50 puntos.

6.2. Fase de oposición: Se determinará en sus Anexos

respectivos.

Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas que serán leídos por los aspirantes si así lo decide el Tribunal Calificador, serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

Si en alguno de los temas o partes que contengan los

ejercicios el aspirante se le calificase con 0 puntos, ello supondría la descalificación automática del mismo, quedando, por tanto, eliminado.

El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10 puntos.

De las puntuaciones que otorgaren los Tribunales Calificadores se eliminarán la mayor y menor puntuación, de tal manera que la nota que obtendrá el aspirante sería la media de las restantes puntuaciones concedidas por los miembros del

Tribunal. Desechándose la nota más alta y la más baja, si se apartaren más de dos puntos de la citada media.

6.2.3. Fecha y comienzo de plazos.

La fecha de comienzo de los ejercicios se determinará en la Resolución de la Presidencia a que se alude en la base número

4 de esta convocatoria.

6.2.4. Normas varias.

La actuación de los opositores se iniciará por orden

alfabético conforme el resultado del sorteo público que al efecto se celebrará de conformidad con el artículo 17 del R.D.

364/95, de 10 de marzo y oportunamente se publicará en el BOP.

Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la

siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un plazo máximo de 45 días. Una vez comenzada la celebración de las restantes pruebas se anunciará en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con 12 horas al menos de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio o de 24 horas si se trata de un nuevo

ejercicio.

Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en

llamamiento único siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

personalidad.

El Tribunal adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con

minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás aspirantes.En este sentido se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en la base.1 las

adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.

El Tribunal podrá mantener entrevistas con cada uno de los aspirantes y dialogar con los mismos sobre materias propias o relacionadas con el tema o la materia objeto de los ejercicios y pedirles cualquiera otras explicaciones complementarias.

En las pruebas desarrolladas por escrito, el Tribunal podrá decidir que los ejercicios sean leídos por los aspirantes. Si alguno de éstos no compareciera a la lectura el día y la hora que le corresponda ni justificara suficientemente, a juicio del Tribunal, su ausencia, se le tendrá por retirado, esto es, desistido y renunciado a continuar en el proceso selectivo.

6.2.5. Exclusión de los aspirantes en la fase de selección.

Si el Tribunal tuviese conocimiento, en cualquier momento del proceso selectivo, de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos, deberá proponer, previa audiencia del interesado, su exclusión a la Autoridad convocante, comunicándole asimismo las inexactitudes o

falsedades formuladas por el aspirante a los efectos

procedentes.

7. Relación de aprobados.

7.1. Calificación final.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones del concurso y de la oposición. En caso de empate se resolverá a favor de quien hubiere obtenido mayor puntuación en la fase de oposición. Si persistiera el empate, será preferido quien hubiere obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio de la oposición.

7.2. Publicidad.

Terminada las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y elevará a la autoridad competente la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazas convocadas, sin que quepa asignar, en ningún caso, cualquiera que fuere la puntuación que obtengan los demás aspirantes, la calificación de aprobado sin plaza u otra semejante. Si se rebasare en la propuesta el número de plazas reglamentarias la propuesta será nula de pleno derecho.

Los/as aspirantes que no se hallen incluidos en tales

relaciones tendrán la consideración de no aptos/as, a todos los efectos.

7.3. Motivación.

El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los actos de los órganos de

selección dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de valoración estará referido al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases.

7.4. Efectos vinculantes.

Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 102 y

siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra las resoluciones y actos de los órganos de selección y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión podrá interponerse recurso de alzada y potestativo de reposición ante el Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Lepe, esto es, ante la autoridad que nombró al Presidente del Tribunal.

8. Presentación de documentos.

Los aspirantes propuestos aportarán ante el Ayuntamiento (Secretaría), dentro del plazo de veinte días naturales, desde que se hagan públicas las relaciones de aspirantes que han superado las pruebas selectivas, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor no presentaran la documentación anterior, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber

incurrido por falsedad en su instancia.

Los que tuvieran la condición de laboral fijo estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar

únicamente certificación de la Administración Pública de quien dependan, acreditando la condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

9. Contratación.Concluido el proceso selectivo, el aspirante que hubiese superado las pruebas y acreditado el cumplimiento de los requisitos precisos para poder participar en el proceso selectivo, será contratado como trabajador fijo de plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Lepe, debiendo comparecer para ello dentro de los 30 días hábiles siguientes al de la notificación del acuerdo por el que el órgano competente acepte la

propuesta del Tribunal.

11. Base final.

La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

ANEXO I

Denominación: Oficial 1.º Electricista.

Número: Una.

Grupo: D.

Título exigido: Graduado Escolar, FP1 o equivalente.

Sistema de acceso: Promoción interna.

Procedimiento: Concurso-oposición.

Derecho de examen: 6,16 euros.

Fase de concurso. Se efectuará de conformidad a lo establecido en las bases generales.

Fase de oposición. La fase de oposición para el turno de promoción interna, consistirá en la realización de dos

ejercicios, obligatorios y eliminatorios: De conformidad con lo establecido en el artículo 77 del Real Decreto 364/95, de

10 de marzo, se establece la exención de las pruebas sobre aquellas materias cuyo conocimiento haya quedado

suficientemente acreditado en el ingreso a la plaza de origen.

a) Primer ejercicio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de noventa minutos, dos temas extraídos al azar, de entre las materias establecidas en el Anexo a esta

convocatoria. A juicio del Tribunal, podrá ser sustituido por un test de preguntas con respuestas alternativas, determinado por el Tribunal, relativas a los temas establecidos en el temario. El criterio de corrección será el siguiente: Por cada dos preguntas contestadas erróneamente se penalizará con una contestada correctamente. Cuando resulten contestadas

correctamente el 50% del total de las preguntas del

cuestionario una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.

b) Segundo ejercicio.

Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos los opositores, propuesto por los miembros del Tribunal, relacionado con las funciones asignadas a la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio. En esta prueba se valorará la sistemática en la exposición, el contenido vertido en el desarrollo así como la capacidad práctica de emitir conclusiones.

TEMARIO

1. Desarrollo con comentario, si procede, del texto del artículo 11 del Real Decreto 2413/73, de 20 de septiembre: "Instalaciones de Alumbrado Público".

2. Desarrollo con comentario, si procede, del texto del artículo 22 del Real Decreto 2413/73, de 20 de septiembre: "Instalaciones Interiores Receptoras".

3. Desarrollo con comentarios, si procede, del texto del artículo 25 del Real Decreto 2413/73, de 20 de septiembre: "Instalaciones Interiores Receptoras".

4. Desarrollo de la instrucción MI BT 006 en los siguientes puntos: Normas de ejecución de empalmes y conexiones. Norma de instalación de los conductores.

5. Desarrollo de la instrucción MI BT 006 en los siguientes puntos: Protección y seccionamiento. Continuidad del neutro. Condiciones exigibles a los cruzamientos: Con calles o

carreteras. Bajo aguas permanentes. Bajo aguas

circunstanciales.

6. Desarrollo de la instrucción MI BT 006 en los siguientes puntos: Condiciones exigibles a los cruzamientos: Con otros conductores de agua subterráneas. Con cables de

telecomunicación. Con canalizaciones de gas y agua.

Condiciones exigibles cuando proximidades y paralelismos: Con otros conductores de energía eléctrica. Con cables de

telecomunicación. Con canalizaciones de gas o agua.

7. Desarrollo referente al contenido de la Instrucción MI BT

009: Instalaciones de Alumbrado Público: Modalidades.

Secciones mínimas de conductores. Requisitos de conexión a las redes de distribución pública. Características mínimas

exigidas a los conductores que han de discurrir por el

interior de brazos y columnas y alimentar a luminarias. Protección y corrección del factor de potencia de los puntos de luz.

8. Desarrollo referente al contenido de la Instrucción MI BT

020 y 21. Protecciones contra sobreintensidades y contactos directos e indirectos: Protección contra sobreintensidades. Situación de los dispositivos. Características de los

dispositivos de protección. Protección contra los contactos directos. Protecciones contra sobreintensidades y contactos indirectos: Protección contra contactos indirectos. Clase A y B, distinción.

9. R.D. 485/1997, sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo.

10. Prescripción de seguridad.

ANEXO II

Denominación: Peón Pintor.

Número: Una.

Grupo: E.

Título exigido: Certificado de Escolaridad.

Sistema de acceso: Libre.

Procedimiento: Concurso-oposición.

Derecho de examen: 3,09 euros.

Fase de concurso. Se efectuará de conformidad a lo establecido en las bases generales.

Fase de oposición.

a) Primer ejercicio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 1 hora, dos temas extraídos al azar, de entre las materias establecidas en el Anexo II: Temas específicos a cada convocatoria. A juicio del Tribunal, podrá ser sustituido por un test de preguntas con respuestas alternativas, determinado por el Tribunal, relativas a los temas comprendidos en el Anexo II: Temas específicos. El criterio de corrección será el siguiente: Por cada dos preguntas contestadas erróneamente se penalizará con una contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.

b) Segundo ejercicio.

Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos los opositores, propuesto por los miembros del Tribunal, relacionado con las funciones asignadas a la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio. En esta prueba se valorará la sistemática en la exposición, el contenido vertido en el desarrollo así como la capacidad práctica de emitir conclusiones.

c) Tercer ejercicio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 45 minutos, un tema a elegir por el/la opositor/a, de entre dos que se extraigan al azar, de entre las materias contenidas en el Anexo I: Temas comunes.

TEMAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Característica y Estructura.

2. Personal al servicio de la Entidad Local.

3. El personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes locales.

TEMAS ESPECIFICOS

4. Preparación de paramentos. Aparejos: Tipos, características y aplicación. Plastes: Tipos, características y aplicación. Lijas: Tipos.

5. Brochas y pinceles: Tipos, características, manejo y conservación. Rodillos: Tipos, características, manejo y conservación.

6. Colores primarios o básicos, secundarios y terciarios.

7. Lacas: Tipos y características.

8. Pintura a la cal. Preparación. Cal: Tipos y

características. Apagado.

9. Protección personal. Equipos de protección personal.

10. Derechos y obligaciones de los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo.

ANEXO III

Denominación: Peón Electricista.

Número: Una.

Grupo: E.

Título exigido: Certificado de Escolaridad.

Sistema de acceso: Libre.

Procedimiento: Concurso-oposición.

Derecho de examen: 3,09 euros.

Fase de concurso. Se efectuará de conformidad a lo establecido en las bases generales.

Fase de oposición.

a) Primer ejercicio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 1 hora, dos temas extraídos al azar, de entre las materias establecidas en el Anexo a cada convocatoria. A juicio del Tribunal, podrá ser sustituido por un test de preguntas con respuestas alternativas, determinado por el Tribunal, relativas a los temas comprendidos en el Anexo II:

Temas específicos. El criterio de corrección será el

siguiente: Por cada dos preguntas contestadas erróneamente se penalizará con una contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.

b) Segundo ejercicio.

Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos los opositores, propuesto por los miembros del Tribunal, relacionado con las funciones asignadas a la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio. En esta prueba se valorará la sistemática en la exposición, el contenido vertido en el desarrollo así como la capacidad práctica de emitir conclusiones.

c) Tercer ejercicio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 45 minutos, un tema a elegir por el/la opositor/a, de entre dos que se extraigan al azar, de entre las materias contenidas en el Anexo I: Temas comunes.

TEMAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Característica y Estructura.

2. El personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes locales.

3. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública.

TEMAS ESPECIFICOS

4. Unidades eléctricas generales: Tensión, intensidad y potencia. Aparatos que las miden.

5. Cuadros generales de Alumbrado Público: Elementos y

definiciones.

6. Aparatos de medida: Galvanómetros; amperímetros;

voltímetros; etc.

7. Electrificación interior. Conceptos generales, su

instalación y diseño.

8. Ideas generales sobre la conservación de las instalaciones de alumbrado público.

9. Protección Personal. Equipos de protección personal.

10. Derechos y obligaciones de los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo.

ANEXO IV

Denominación: Peón Jardinero.

Número: Una.

Grupo: E.

Título exigido: Certificado de Escolaridad.

Sistema de acceso: Libre (reserva a minusválido). Requisito específico de los aspirantes: Tener la condición de

minusválido en grado igual o superior al 33%, a tenor de lo estipulado en el Decreto 381/91, por el que se regula el acceso y provisión de puestos de trabajo de persona con minusvalía, entendiendo que dicha minusvalía no le impedirá el normal desarrollo del contenido de la plaza.

Procedimiento: Concurso-oposición.

Derecho de examen: 3,09 euros.

Fase de concurso. Se efectuará de conformidad a lo establecido en las bases generales.

Fase de oposición.

a) Primer ejercicio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 1 hora, dos temas extraídos al azar, de entre las materias establecidas en el Anexo a cada convocatoria. A juicio del Tribunal, podrá ser sustituido por un test de preguntas con respuestas alternativas, determinado por el Tribunal, relativas a los temas comprendidos en el Anexo II:

Temas específicos. El criterio de corrección será el

siguiente: Por cada dos preguntas contestadas erróneamente se penalizará con una contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.

b) Segundo ejercicio.

Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos los opositores, propuesto por los miembros del Tribunal, relacionado con las funciones asignadas a la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio. En esta prueba se valorará la sistemática en la exposición, el contenido vertido en el desarrollo así como la capacidad práctica de emitir conclusiones.

c) Tercer ejercicio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 45 minutos, un tema a elegir por el/la opositor/a, de entre dos que se extraigan al azar, de entre las materias contenidas en el Anexo I: Temas comunes.

TEMAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Característica y Estructura.

2. El personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes locales.

3. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública.

TEMAS ESPECIFICOS

4. Herramientas manuales. Conocimiento y manejo. Riesgos y prevención.

5. Escaleras de mano y andamios. Riesgos y prevención.

6. Los arbustos ornamentales utilizados en jardinería.

7. Las plantas más utilizadas en jardinería: Anuales, perennes y bulbosas.

8. Los árboles: Descripción de los más utilizados en

jardinería.

9. Protección personal. Equipos de protección personal.

10. Derechos y obligaciones de los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo.

ANEXO V

Denominación: Peón Instalaciones Deportivas.

Número: Una.

Grupo: E.

Título exigido: Certificado de Escolaridad.

Sistema de acceso: Libre.

Procedimiento: Concurso-oposición.

Derecho de examen: 3,09 euros.

Fase de concurso. Se efectuará de conformidad a lo establecido en las bases generales.

Fase de oposición.

a) Primer ejercicio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 1 hora, dos temas extraídos al azar, de entre las materias establecidas en el Anexo II a cada convocatoria. A juicio del Tribunal, podrá ser sustituido por un test de preguntas con respuestas alternativas, determinado por el Tribunal, relativas a los temas comprendidos en el Anexo II:

Temas específicos. El criterio de corrección será el

siguiente: Por cada dos preguntas contestadas erróneamente se penalizará con una contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.

b) Segundo ejercicio.

Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos los opositores, propuesto por los miembros del Tribunal, relacionado con las funciones asignadas a la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio. En esta prueba se valorará la sistemática en la exposición, el contenido vertido en el desarrollo así como la capacidad práctica de emitir conclusiones.

c) Tercer ejercicio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 45 minutos, un tema a elegir por el/la opositor/a, de entre dos que se extraigan al azar, de entre las materias contenidas en el Anexo I: Temas comunes.

TEMAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Característica y Estructura.

2. El personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes locales.

3. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública.

TEMAS ESPECIFICOS

4. Deporte de Sala: Baloncesto, balonmano, fútbol sala, voleibol. Características de la instalación. Medidas.

5. Fútbol: Características técnicas de un campo de fútbol. Modalidades.

6. Cubiertas. Tipos. Patologías. Programas de mantenimiento.

7. Revestimientos. Tipos. Patologías. Programa de

mantenimiento.

8. Elaboración de programas integrales de mantenimiento. Detección de necesidades. Organización y planificación.

9. Protección personal. Equipos de protección personal.

10. Derechos y obligaciones de los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo. Comité de Seguridad y Salud.

ANEXO VI

Denominación: Peón Albañil.

Número: Dos.

Grupo: E.

Título exigido: Certificado de Escolaridad.

Sistema de acceso: Libre.

Procedimiento: Concurso-oposición.

Derecho de examen: 3,09 euros.

Fase de concurso: Se efectuará de conformidad a lo establecido en las bases generales.

Fase de oposición.

a) Primer ejercicio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 1 hora, dos temas extraídos al azar, de entre las materias establecidas en el Anexo a cada convocatoria. A juicio del Tribunal, podrá ser sustituido por un test de preguntas con respuestas alternativas, determinado por el Tribunal, relativas a los temas comprendidos en el Anexo II:

Temas específicos. El criterio de corrección será el

siguiente: Por cada dos preguntas contestadas erróneamente se penalizará con una contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.

b) Segundo ejercicio.

Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos los opositores, propuesto por los miembros del Tribunal, relacionado con las funciones asignadas a la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio. En esta prueba se valorará la sistemática en la exposición, el contenido vertido en el desarrollo así como la capacidad práctica de emitir conclusiones.

c) Tercer ejercicio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 45 minutos, un tema a elegir por el/la opositor/a, de entre dos que se extraigan al azar, de entre las materias contenidas en el Anexo I: Temas comunes.

TEMAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Característica y Estructura.

2. El personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes locales.

3. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública.

TEMAS ESPECIFICOS

4. Conocimiento de los materiales. Origen, particularidades y aplicaciones. Materiales principales y auxiliares.

Aglomerantes y áridos. Dosificaciones.

5. Nociones sobre replanteo, trazados y mediciones.

6. Características y funcionamiento de las máquinas más utilizadas en la construcción.

7. Morteros y hormigones. Tipología. Fabricación y puesta en obra.

8. Normas concretas sobre seguridad e higiene en el trabajo.

9. Protección personal. Equipos de protección personal.

10. Derechos y obligaciones de los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo.

ANEXO VII

Denominación: Oficial 2.º Jardinero.

Número: Una.

Grupo: D.

Título exigido: Graduado Escolar, FP1 o equivalente.

Sistema de acceso: Promoción interna.

Procedimiento: Concurso-oposición.

Derecho de examen: 6,16 euros.

Fase de concurso. Se efectuará de conformidad a lo establecido en las bases generales.

Fase de oposición.

La fase de oposición para el turno de promoción interna, consistirá en la realización de dos ejercicios, obligatorios y eliminatorios: De conformidad con lo establecido en el

artículo 77 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, se establece la exención de las pruebas sobre aquellas materias cuyo conocimiento haya quedado suficientemente acreditado en el ingreso a la plaza de origen.

a) Primer ejercicio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de noventa minutos, dos temas extraídos al azar, de entre las materias establecidas en el Anexo a cada

convocatoria. A juicio del Tribunal, podrá ser sustituido por un test de preguntas con respuestas alternativas, determinado por el Tribunal, relativas a los temas comprendidos en el Anexo II: Temas específicos. El criterio de corrección será el siguiente: Por cada dos preguntas contestadas erróneamente se penalizará con una contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.

b) Segundo ejercicio.

Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos los opositores, propuesto por los miembros del Tribunal, relacionado con las funciones asignadas a la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio. En esta prueba se valorará la sistemática en la exposición, el contenido vertido en el desarrollo así como la capacidad práctica de emitir conclusiones.

TEMAS ESPECIFICOS

1. Los arbustos ornamentales utilizados en jardinería.

2. Las plantas más utilizadas en jardinería: Anuales, perennes y bulbosas.

3. Los árboles. Descripción de los más utilizados en

jardinería.

4. Enfermedades de las plantas y su tratamiento.

5. Poda. Tipo de poda: De formación, de mantenimiento y podas especiales.

6. Fertilizantes: Tipos comerciales, propiedades y pautas de aplicación. Compost y mulch.

7. Injertos y técnicas de reproducción.

8. Protección personal. Equipos de protección personal.

9. Señalización de seguridad.

10. Derechos y obligaciones de los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo.

ANEXO IX

Denominación: Oficial 2.º Pintor.

Número: Una.

Grupo: D.

Título exigido: Graduado Escolar, FP1 o equivalente.

Sistema de acceso: Promoción interna.

Procedimiento: Concurso-oposición.

Derecho de examen: 6,16 euros.

Fase de concurso. Se efectuará de conformidad a lo establecido en las bases generales.

Fase de oposición.

La fase de oposición para el turno de promoción interna, consistirá en la realización de dos ejercicios, obligatorios y eliminatorios: De conformidad con lo establecido en el

artículo 77 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, se establece la exención de las pruebas sobre aquellas materias cuyo conocimiento haya quedado suficientemente acreditado en el ingreso a la plaza de origen.

a) Primer ejercicio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de noventa minutos, dos temas extraídos al azar, de entre las materias establecidas en el Anexo a cada

convocatoria. A juicio del Tribunal, podrá ser sustituido por un test de preguntas con respuestas alternativas, determinado por el Tribunal, relativas a los temas comprendidos en el Anexo II: Temas específicos. El criterio de corrección será el siguiente: Por cada dos preguntas contestadas erróneamente se penalizará con una contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.

Descargar PDF