Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 151 de 03/08/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 20 de julio de 2004, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo y la bandera del municipio de Bornos (Cádiz) (Expte. núm. 023/2004/SIM).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece la facultad que ostentan éstas, de dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto el Excmo. Ayuntamiento de Bornos (Cádiz), ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su bandera municipal.

Emitido en sentido favorable, el informe preceptivo a que alude el artículo 13, de la citada Ley 6/2003, el máximo órgano colegiado de gobierno de la Entidad Local, aprobó en sesión de fecha 6 de julio de

2004, por mayoría absoluta del número legal de miembros, la adopción de su bandera municipal, con la siguiente descripción:

- Paño en proporciones de 2/3: siete franjas horizontales de igual anchura; la primera, tercera, quinta y séptima amarillas y las tres restantes verdes.

Mediante escrito de fecha 8 de julio de 2004, se solicita por dicha Entidad Local, la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales, tanto de la referida bandera, como de su escudo municipal, que fue aprobado con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley

6/2003, de 9 de octubre, mediante Decreto 2173/1969, de 16 de agosto (BOE núm. 2235, de fecha 1.10.1969), y al amparo de lo establecido en el punto 1 de la Disposición Transitoria Segunda de dicha Ley, y que lo fue, con la siguiente descripción:

- Escudo rectangular redondeado. De oro las tres fajas, de sinople. Al timbre, corona real abierta.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de la normativa mencionada, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, y en el artículo 73 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

RESUELVE

Primero. Acumular los expedientes correspondientes a la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales, tanto del escudo como de la bandera, del municipio de Bornos (Cadiz), por guardar identidad sustancial e íntima conexión.

Segundo. Admitir la inscripción del escudo y bandera del municipio de Bornos (Cádiz), en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal y gráfica que acompaña a la solicitud del Registro.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 20 de julio de 2004.- El Director General, Juan R. Osuna Baena.

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