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La Administración de la Junta de Andalucía cooperará, en los términos previstos en el Decreto 453/2004, de 13 de julio, a la financiación de los créditos contraídos por las Diputaciones Provinciales para la ejecución de las obras y servicios que las Corporaciones Locales efectúen en concierto con el Servicio Público de Empleo Estatal de acuerdo con el Programa de Fomento de Empleo Agrario para el año 2004.
Como quiera que las subvenciones a conceder a las Diputaciones Provinciales relacionadas superan el límite establecido por el artículo 104, párrafo tercero, de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, resulta necesario autorizar al Departamento concedente, en las siguientes cuantías provincializadas:
Almería: 2.145.537,71 E.
Cádiz: 3.803.780,47 E.
Córdoba: 5.145.725,47 E.
Granada: 5.160.515,49 E.
Huelva: 2.917.943,56 E.
Jaén: 4.108.721,04 E.
Málaga: 4.392.762,36 E.
Sevilla: 7.803.885,09 E.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Gobernación, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día
27 de julio de 2004, adopta el siguiente
ACUERDO
Autorizar a la Consejería de Gobernación para subvencionar, con el límite máximo del 75% los préstamos concertados por las Diputaciones Provinciales de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla, para financiar el coste de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario del ejercicio 2004, por una cuantía global de treinta y cinco millones cuatrocientos setenta y ocho mil ochocientos setenta y un euros con dieciocho céntimos (35.478.871,18 E).
Sevillla, 27 de julio de 2004
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
EVANGELINA NARANJO MARQUEZ
Consejera de Gobernación
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