Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 26/01/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 9 de enero de 2004, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se delegan competencias en órganos del Servicio Andaluz de Empleo.

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La Ley 4/2002, de creación del Servicio Andaluz de Empleo, de 16 de diciembre (BOJA número 153, de 28 de diciembre), crea la figura de la Dirección Gerencia del Organismo, atribuyéndole en su artículo 9.2 específicas competencias en materia de gestión económica.

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su artículo 13.1 prevé la posibilidad de delegar las competencias atribuidas a los órganos administrativos, cuando existan razones de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial que lo hagan conveniente.

Atendiendo a la configuración del Servicio Andaluz de Empleo, con organización territorial en las ocho provincias que conforman la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como a su estructura orgánica, definida en el Decreto 103/2003, de 15 de abril, por el que se establecen los centros directivos del organismo, y en atención al volumen de expedientes, con fases de gestión económica, que han de ser tramitados, debemos concluir que existen razones de índole técnica y territorial que aconsejan la delegación de las competencias asignadas a esta Dirección Gerencia.

Por ello,

R E S U E L V O

1. Delegar en el titular de la Secretaría General del Servicio Andaluz de Empleo:

1.1. La facultad de ordenar pagos, que se atribuye a esta Dirección Gerencia por la Ley 4/2002, en su artículo.2, apartado c), de conformidad con lo dispuesto en el artículo

50.2, de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

1.2. Las facultades de autorizar los gastos, efectuar las disposiciones, contraer obligaciones y proponer pagos con respecto a los créditos del Capítulo I de gastos de todos los programas presupuestarios integrados en el Presupuesto del Servicio Andaluz de Empleo, así como de todos los Capítulos de gastos del programa presupuestario "32H-Dirección y Servicios Generales del Servicio Andaluz de Empleo".

1.3. Las facultades de autorizar los gastos, efectuar las disposiciones, contraer obligaciones y proponer pagos que se atribuyen a esta Dirección Gerencia por la Ley 4/2002, en su artículo 9.2, apartado c), en materia de contratación administrativa.

2. Delegar en los titulares de las Direcciones Generales que componen la estructura orgánica del Servicio Andaluz de Empleo, las facultades de autorizar los gastos, efectuar las disposiciones, contraer obligaciones y proponer pagos con respecto a los créditos de los Capítulos de gastos asignados a su centros directivos para el ejercicio de las funciones que les otorga el Decreto 103/2003, de 15 de abril (BOJA número 80, de 29 de abril).

3. Delegar en los titulares de las Direcciones Provinciales del Servicio Andaluz de Empleo, las facultades de autorizar los gastos, efectuar las disposiciones, contraer obligaciones y proponer pagos con respecto a los créditos de los Capítulos de gastos que les sean transferidos.

4. Las Resoluciones que se adopten en virtud de estas delegaciones, harán constar expresamente tal circunstancia.

5. La presente Resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de lo cual, será efectiva desde la fecha de la misma.

Sevilla, 9 de enero de 2004.- El Director Gerente, Rafael Herrera Gil.

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