Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 26/01/2004

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Almería, notificando acuerdo de iniciación de expediente sancionador, por presunta infracción a la normativa general sobre defensa de los consumidores y usuarios.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Vista la devolución efectuada por la Oficina de Correos del acuerdo de iniciación del expediente sancionador, que abajo se detalla incoado, por presunta infracción a la normativa general sobre defensa de los consumidores y usuarios y, en cumplimiento de lo establecido en los arts. 58 y 59.4 en relación con el art. 61 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, esta Delegación del Gobierno ha acordado su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, significando que, en el plazo de quince días contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, puede presentar las alegaciones, documentos e informaciones así como proponer las pruebas que considere oportunas, a cuyos efectos queda de manifiesto el referido expediente en el Servicio de consumo de esta Delegación del Gobierno, sita en Paseo de Almería, núm. 68.

Expediente: 356/03.

- Empresa imputada: Reparaciones Comerciales de Gas, S.L. (CIF B-04394748).

- Domicilio: C/ Bola Dorada, 7, 2.º B, 04740-Almería.

- Presuntas Infracciones:

1.ª Art. 34.8 de la Ley 26/84, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, de 19 de julio y 5.1 del R.D. 1945/83, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.

2.ª Art. 1 del Decreto 171/89, de 11 de julio, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de los consumidores y usuarios en Andalucía, en relación con los artículos 34.10 de la Ley 26/84, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, de 19 de julio y 3.3.6 del R.D. 1945/83, de 22 de junio.

3.ª Art. 34.4 de la Ley 26/84, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, y 3.1.4 del R.D. 1945/83, de 22 de junio.

4.ª Art. 3.1.c) del Real Decreto 2402/85, del 8 de diciembre, que regula el deber de expedición de facturas por empresarios y profesionales, en relación con los artículos 34.10 de la Ley

26/84, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, de 19 de julio y 3.3.6 del R.D. 1945/83, de 22 de junio.

Almería, 8 de enero de 2004.- El Delegado del Gobierno, Juan Callejón Baena.

Descargar PDF