Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 161 de 18/08/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 7 de junio de 2004, de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, por la que se modifica el horario de atención al público de las Cajas de Depósitos radicadas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda.

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Mediante Resolución de 2 de diciembre de 1999, de la Dirección General de Tesorería y Política Financiera (BOJA número 146, de 16.12.1999), por la que se establece el horario para la prestación de los Servicios de Caja en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda y en la Oficina Tributaria de Jerez de la Frontera, se regula el tiempo de prestación del servicio de las Cajas Generales, de las Cajas de Depósitos y de las Cajas Autorizadas, en su caso. En la misma se contempla un horario general, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes y un horario reducido, de 9 a 12 horas, durante los días de ferias locales, Semana Santa y período navideño.

Teniendo en cuenta que la Orden de 17 de julio de 1999, de la Consejería de Gobernación y Justicia, establece, en su regulación de jornada y horario de trabajo, una distinción en el período de horario reducido, comprendiendo en su artículo 6 las fiestas locales, Semana Santa y período navideño y en su artículo 7 el período estival, sin que este último esté previsto en la Resolución de 2 de diciembre de 1999, se hace necesario adecuar la prestación del servicio a lo previsto en la citada Orden, restringiendo su aplicación a las Cajas de Depósitos y únicamente en lo relativo a constitución o retirada de garantías en forma de aval, seguro de caución o valores, que por su examen documental, requieren un tiempo de gestión muy superior a las garantías en metálico, por lo que es necesario adecuar su tiempo de apertura al horario en período estival, modificando el número segundo de la Resolución de 2 de diciembre de 1999, introduciendo en el mismo un segundo apartado.

En su virtud, en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento General de Tesorería y Ordenación de Pagos, aprobado por Decreto 46/1986, de 5 de marzo, y el Decreto 239/2004, de 18 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, esta Dirección General,

RESUELVE

Primero. Se modifica el número segundo de la Resolución de 2 de diciembre de 1999, de la Dirección General de Tesorería y Política Financiera (BOJA número 146, de 16.12.1999), por la que se establece el horario para la prestación de los Servicios de Caja en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda y en la Oficina Tributaria de Jerez de la Frontera, que queda redactado como sigue:

"Segundo. Horario Reducido.

1. Durante los días hábiles de ferias locales, de Semana Santa y del período navideño (del 26 de diciembre al 5 de enero, ambos inclusive), la prestación del Servicio de Caja se efectuará con horario reducido de 9 a 12 horas.

2. Durante el período estival (del 1 de julio al 15 de septiembre, ambos inclusive), la prestación del servicio en las Cajas de Depósitos radicadas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda, únicamente en lo relativo a constitución o retirada de garantías en forma de aval, seguro de caución o valores, se efectuará con horario reducido de 9 a

13 horas."

Segundo. La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 7 de junio de 2004.- La Directora General, Julia Núñez Castillo.