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Pza. de la Constitución, s/n, planta baja.
Fax: Tel.: 957 002 422/23.
NIG: 1402100C20030007399.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 987/2003. Negociado: RR.
De: Cajasur.
Procurador: Sr. Ramón Roldán de la Haba.
Letrado: Sr. Juan Puebla Arjona.
Contra: Don Manuel Muñoz Hidalgo.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 987/2003 seguido, en el Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Córdoba a instancia de Cajasur contra Manuel Muñoz Hidalgo
sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA Núm. 157.
En Córdoba, a 25 de junio de 2004.
Por doña Beatriz Pérez Heredia, Juez del Juzgado de Primera Instancia Núm. 6 de Córdoba, han sido vistos los autos de Juicio Ordinario núm. 987/03 sobre reclamación de cantidad, iniciados en virtud de demanda interpuesta por la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba, representada por el Procurador Sr. Roldán de la Haba y asistida por el Letrado Juan Puebla Arjona contra don Manuel Muñoz Hidalgo, declarado en rebeldía.
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda formulada por la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba contra don Manuel Muñoz, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la parte actora la suma de 5.073,93 euros, con más los intereses moratorios pactados desde la fecha de requerimiento de pago, imponiendo las costas a la parte demandada.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoseles saber que no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación que deberá interponerse ante este juzgado para su posterior traslado a la Ilma. Audiencia Provincial de Córdoba, en un plazo de 5 días desde su notificación.
Por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Manuel Muñoz Hidalgo, extiendo y firmo la presente en Córdoba a veinticinco de junio de dos mil cuatro.El/La Secretario.
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