Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 164 de 23/08/2004

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Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

RESOLUCION de 25 de junio de 2004, de la Delegación Provincial de Málaga, por la que se autoriza el proyecto de instalaciones Ramal a Gas Andalucía en Málaga Este y se reconoce su utilidad pública. (PP. 2807/2004).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 9 de mayo de 2000, don Fernando Béjar Mamblona en nombre y representación de la mercantil Gas Natural SDG, S.A., presentó solicitud de Autorización

Administrativa y Reconocimiento de Utilidad Pública para el proyecto de instalaciones "Ramal a Gas Andalucía en Málaga Este". Con dicha solicitud la compañía peticionaria adjuntó relación concreta e individualizada de los bienes y derechos considerados de necesaria expropiación u ocupación.

Segundo. El trámite de información pública de este expediente se realizó mediante exposición en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Málaga y anuncios en las siguientes publicaciones:

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 98, de fecha 26 de agosto de 2000.

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 167, de fecha 30 de agosto de 2000.

Diario Sur de fecha 6 de julio de 2000.

Tercero. Obra en el expediente la Declaración de Impacto Ambiental de 15 de enero de 2003 emitida por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en Málaga.

Cuarto. Durante el período de información pública ha presentado alegaciones don José Luis Páez Parejo, quien en nombre y representación de la entidad mercantil Unema Promotores Inmobiliarios, S.A., titular de las fincas MA-MA-615, MA-MA-616 y parte de MA-MA-614, manifiesta que el gasoducto discurre por un sector que se encuentra clasificado por el PGOU de Málaga como de impacto moderado y con riesgo geotécnico, por lo que se deberán tomar las medidas adecuadas de estabilización de taludes y de previsión de tratamiento de zonas verdes de acuerdo con las disposiciones de aplicación.

Quinto. Mediante escrito de fecha 4.12.00 se le dio traslado a la entidad peticionaria de las alegaciones planteadas, a lo que responde en escrito de fecha de entrada 10.7.02 manifestando que los condicionantes geotécnicos del terreno por donde discurre el trazado han sido contemplados en el Estudio Geotécnico del Proyecto Constructivo y por ello se han evitado las zonas conflictivas llevándose la tubería paralela a la carretera de enlace con la autovía y en su margen más asentada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación Provincial es competente para conocer y resolver el presente expediente, conforme a lo establecido en los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y Decreto 201/2004, de 11 de mayo, que regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Vistas la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; Reglamento General del servicio público de gases combustibles aprobado por Decreto 2913/1973, de 26 de octubre; Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos aprobado por Orden del Ministerio de Industria y Energía de 18 de noviembre de 1974, modificado por Ordenes 26 de octubre de

1983, 6 de julio de 1984 y 9 de marzo de 1994; Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental; Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental; Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954; Reglamento de la Ley de Expropiación forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957 y la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Delegación Provincial,

R E S U E L V E

Autorizar las instalaciones y reconocer la utilidad pública solicitada por Gas Natural SDG, S.A. de acuerdo con el proyecto "Ramal a Gas Andalucía en Málaga Este", visado por el Ilustre Colegio Oficial de Ingenieros correspondiente, con arreglo a las condiciones siguientes:

1. En todo momento deberá cumplirse cuanto se establece en el Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles, así como las normas complementarias; Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos, aprobado por Orden de 18 de noviembre de 1974, modificado por Ordenes de 26 de octubre de

1983, 6 de julio de 1984 y 9 de marzo de 1994.

2. El plazo para la puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan, será de doce meses a partir de la fecha de la presente Resolución.

3. Las instalaciones que se autorizan por la presente Resolución habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto denominado "Ramal a Gas Andalucía en Málaga Este" y demás documentación técnica presentada, quedando especificado en los siguientes datos básicos:

a) Tubería de acero al carbono tipo API 5L GrB con diámetro de

6" enterrada a 1 metro de profundidad como mínimo sobre su generatriz superior. El trazado tiene una longitud de 1.713 metros. La presión de diseño será 16 bar.

b) El presupuesto total de las instalaciones objeto de la presente autorización asciende a la cantidad de 253.317 euros.

4. Para introducir modificaciones que afecten a los datos básicos a que se refiere la condición 3.ª, será necesario obtener autorización de esta Delegación Provincial.

5. Una vez finalizadas las obras de instalación, se efectuarán los ensayos y pruebas oportunas, informando con un plazo de 48 horas de antelación a la realización de los mismos a esta Delegación Provincial.

6. Esta Delegación Provincial aprobará también las condiciones concretas de aplicación del proyecto e introducirá las

modificaciones de detalle que resulten convenientes.

7. Gas Natural SDG, S.A., dará cuenta de la terminación de las instalaciones a esta Delegación Provincial para su

reconocimiento definitivo y levantamiento del acta de puesta en marcha, sin cuyo requisito no podrán entrar en funcionamiento. Para ello se aportará a esta Delegación Provincial un

certificado final de obra firmado por Técnico Superior

competente, visado por el Colegio Oficial correspondiente, en el que conste que la construcción y montaje se ha efectuado de acuerdo con la normativa técnica vigente que le sea de

aplicación, acompañado de la documentación correspondiente a las pruebas y ensayos realizados, certificados por Organismo de Control Autorizado.

8. Esta Delegación Provincial se reserva el derecho a dejar sin efecto esta autorización en el momento que se demuestre el incumplimiento de las condiciones impuestas, por la declaración inexacta de los datos suministrados, u otra causa excepcional que lo justifique legalmente.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, la presente autorización y la declaración concreta de utilidad pública de las

instalaciones, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados y dará lugar a la urgente ocupación de los mismos, de conformidad con lo establecido en los arts.

103 y siguiente del citado cuerpo legal, así como la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y su Reglamento, de fecha 26 de abril de 1957. Los referidos bienes y derechos son los incluidos en la relación que se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

de 26 de agosto de 2000, en el Boletín Oficial de la Provincia de 30 de agosto de 2000 y Diario Sur de 6 de julio de 2000.

La presente autorización se otorga sin perjuicio e

independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otras necesarias para la ejecución de las obras de las instalaciones.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, conforme determina los artículos

114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de

13 de enero.

Málaga, 25 de junio de 2004.- La Delegada, P.D.F.

(Res. 21.6.04), El Jefe del Servicio de Industria, Energía y Minas, José Luis Méndez Fernández.

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