Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 170 de 31/08/2004

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Otros. AYUNTAMIENTO DE ORCE

ANUNCIO de bases.

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El Ayuntamiento de Orce, conforme a lo establecido en la legislación vigente convoca la provisión en propiedad de una plaza de Técnico Medio de Gestión, cuya selección se llevará a cabo de conformidad con las siguientes:

B A S E S

Primera. Objeto de la convocatoria y legislación aplicable.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante el sistema de oposición libre, de una plaza de Técnico Medio de Gestión, perteneciente a la plantilla de este Ayuntamiento, encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Clase Técnico de Gestión de grado medio, Grupo B, vacante en la plantilla de funcionarios/as de este Ayuntamiento, dotada con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo B y las retribuciones complementarias establecidas en la relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento.

La realización de estas pruebas de ajustará a lo establecido en la Ley 7/85, de 2 de abril, Ley 30/84, de 2 de agosto, R.D.L. 781/86, de 18 de abril según redacción dada por artículo 60 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre; R.D.

896/91, de 7 de junio y R.D. 364/95, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y

de Provisión de Puestos de Trabajo y de Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos/as a la realización de las pruebas selectivas para el acceso a la plaza convocada será necesario que los/as aspirantes reúnan a la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias los siguientes requisitos y condiciones, que deberán mantenerlos durante todo el proceso selectivo:

a) Ser español o nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea en los términos que establece la Ley 17/1993, de 23 de diciembre.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquélla en que falten al menos 10 años para la jubilación forzosa por edad. El exceso del límite máximo de edad señalado podrá compensarse con los servicios prestados anteriormente en la Administración Local, cualquiera que sea la naturaleza de dichos servicios.

c) Estar en posesión de título de Diplomado Universitario o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias.

d) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario al servicio del Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

e) No estar incurso en causa vigente de incapacidad de las establecidas en la normativa vigente que le imposibilite el ejercicio del puesto.

Tercera. Presentación de solicitudes y documentación a presentar.

Las personas interesadas en participar en el presente

procedimiento selectivo deberán presentar solicitud dirigida al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Orce, en la que deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los

requisitos exigidos en la base segunda, acreditados mediante certificación al efecto expedida por la Secretaría del

Ayuntamiento y referida a la fecha en la que termine el plazo de presentación de instancias.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento durante el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente a aquél en el que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, tras la íntegra publicación de estas Bases en el BOP y en el BOJA.

Junto con la solicitud, se deberá presentar certificación o fotocopia compulsada de los méritos que aleguen, no teniéndose en cuenta los presentados u obtenidos una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes. No se tendrán en cuenta los no acreditados en la forma antedicha.

La tasa por derechos de examen ascienden a 60 E, cuyo

resguardo de ingreso deberá aportarse junto con la instancia de solicitud.

Cuarta. Admisión de candidatos.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde- Presidente dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la relación provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el BOP, exponiéndose además en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. En la citada Resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos establecidos en la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se conceda a los aspirantes

eventualmente excluidos.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a instancias del interesado.

Transcurrido el plazo de subsanación de errores, el Alcalde- Presidente dictará nueva Resolución declarando aprobada la relación definitiva de admitidos y excluidos, que se publicará en el BOP, determinándose en la misma el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y la composición del Tribunal Calificador.

Quinta. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de ésta en quien delegue.

Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía, designado por ésta.

- Un representante de la Diputación Provincial de

Granada.

- Un Técnico o Experto designado por el Alcalde.

- Un funcionario de carrera designado por el Alcalde.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de habilitación nacional que, en defecto del mismo, designe el Alcalde. El Secretario actuará con voz pero sin voto.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los correspondientes suplentes de cada uno de ellos.

Todos los vocales deberán poseer nivel de titulación o

especialización igual o superior al exigido para el acceso a la plaza convocada.

El Tribunal podrá disponer la incorporación de Asesores externos, los cuales, en todo caso, se limitarán al ejercicio de sus especialidades, en base a las cuales colaborarán con el Tribunal.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente y del Secretario.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 13 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo. Los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran estas

circunstancias.

Sexta. Procedimiento de Selección.

La realización de las pruebas comenzará en la fecha que indique la Resolución a la que se refiere la Base Cuarta.

El proceso de selección será el de oposición libre, que constará de dos pruebas:

- Prueba primera: Consistirá en contestar un cuestionario de cincuenta preguntas tipo test, en un tiempo de sesenta

minutos, sobre el contenido completo del temario que se contiene en el Anexo.

- Prueba segunda: Consistirá en resolver un supuesto práctico que se proponga por el Tribunal, en relación con las materias del programa contenido en el Anexo, en un tiempo determinado inmediatamente antes del comienzo del ejercicio por el

Tribunal y nunca superior a dos horas.

Séptima. Calificación de los ejercicios.

Los miembros del Tribunal puntuarán sobre 10 cada prueba, y se procederá a dividir la suma total de puntuaciones de todos los miembros del Tribunal por el número de miembros del mismo para obtener la nota de cada aspirante en cada uno de las dos pruebas.

La calificación final vendrá dada por la suma de las

puntuaciones obtenidas en ambas fases, concurso y oposición, estableciendo dicha puntuación el aspirante aprobado que será el que más puntuación obtenga de la suma de ambas.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas un número superior de aspirantes al de la plaza

convocada. Asimismo, podrá proponer que quede desierta la provisión si ninguno de los aspirantes obtiene la puntuación mínima.

Octava. Relación de aprobados y nombramiento.

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará resolución final con el nombre del aspirante

aprobado y puntuación obtenida en los tablones de anuncios de las dependencias en que se hayan realizado las pruebas y elevará dicha resolución a la Alcaldía-Presidencia de la Corporación para que formule el nombramiento.

El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquél en el que le sea notificado su nombramiento, de no tomar posesión en el plazo indicado sin causa justificada, se entenderá que renuncia a la plaza.

Novena. Base final.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y en la forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se pudieran presentar y para adoptar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo de las pruebas.

En lo no previsto en las presentes Bases, será de aplicación la legislación vigente en esta materia.

ANEXO

BLOQUE I: Temas 1 al 36 (inclusive)

BLOQUE II: Temas 37 al 60

TEMARIO DE LA PLAZA DE TECNICO MEDIO DE GESTION (GRUPO B)

1. La Constitución Española de mil novecientos setenta y ocho. Estructura y Principios Generales. El modelo económico de la Constitución Española. El Tribunal Constitucional. La Reforma de la Constitución.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión.

3. La Organización del Estado en la Constitución: Organización institucional o política y organización territorial. La Corona. Las Cortes Generales: Referencia al Defensor del Pueblo y al Tribunal de Cuentas.

4. El Poder Judicial: Principios constitucionales.

Organización Judicial en España. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal.

5. El Gobierno y la Administración. Relaciones del Gobierno con las Cortes Generales.

6. Idea general de las Administraciones Públicas en el

ordenamiento español. La Administración General del Estado. Las Comunidades Autónomas: Especial referencia a los Estatutos de Autonomía. La Administración Local. La Administración Institucional.

7. La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos: Administrador y administrado. Capacidad y representación. Derechos del administrado. Actos jurídicos del administrado.

8. El Procedimiento Administrativo. Fases. Silencio

Administrativo. Procedimientos especiales. Potestad

sancionadora.

9. El Acto Administrativo. Concepto. Clases. Elementos. Motivación. Notificación. Eficacia. Efectividad. Suspensión. Validez en invalidez. Convalidación. Conversión. Conservación. Publicación.

10. La Revisión de Actos Administrativos. Recursos

Administrativos.

11. La gestión del servicio público local.

12. Intervención administrativa en la propiedad privada. La expropiación forzosa. Procedimientos, sujetos, objeto, y causa.

13. Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública. Antecedentes y situación actual. Legislación española.

Procedimientos general y abreviado.

14. El municipio. Organización municipal. Término Municipal. Población. Empadronamiento. La provincia. Organización y competencias. Otros Entes Locales.

15. Cesión gratuita de bienes de las Entidades Locales a Instituciones Públicas para fines de interés público -

construcción de VPP-. Procedimiento. Regulación Jurídica.

16. La Contratación Administrativa. Procedimiento y Formas de adjudicación de los contratos.

17. La Contratación Administrativa. Tipos de contratos

administrativos. Los contratos menores. La contratación verbal de los mismos.

18. Actividad Financiera. Ley General Tributaria. Ingresos Tributarios. Precios Públicos.

19. Las Haciendas Locales. Ordenanzas Fiscales.

20. El Gasto Público Local. Concepto. Régimen jurídico. Ejecución, contabilidad y cuentas.

21. Régimen General de las Elecciones Locales.

Incompatibilidades.

22. Relación de Puestos de Trabajo. Planes de empleo. Oferta de Empleo Público. Redistribución de efectivos del personal. Selección del personal funcionario.

23. Derechos y deberes de los funcionarios. Derechos de contenido económico. Incompatibilidades. Responsabilidad. Régimen disciplinario y delitos de los funcionarios en el ejercicio de su cargo.

24. Derechos y deberes del personal laboral, vacaciones, permisos, licencias, responsabilidades.

25. Organos Colegiados Locales. Funcionamiento. Sesiones. Acuerdos. Actas. Certificaciones.

26. Libros de registro de las Entidades Locales. Regulación jurídica.

27. Regulación de subvenciones a Entidades Locales para la financiación de gastos corrientes. Objeto. Ambito de

aplicación. Criterios de valoración. Plazos.

28. Regulación de distribución de las transferencias a los Ayuntamientos andaluces para la nivelación de los servicios municipales. Objetivos. Criterios de valoración.

Justificación.29. El inventario general y consolidado.

Actualización, rectificación, competencias, inscripción registral.

30. Reformas a la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local en el ámbito de la organización, del régimen jurídico, de participación ciudadana, de gestión de servicios públicos, de asesoría jurídica, en materia sancionadora.

31. Competencias de los municipios, provincias e islas. Organización municipal. Competencias y atribuciones del Alcalde y Pleno, de la Junta Local de Gobierno.

32. Publicidad de las sesiones de pleno y de la Junta Local de Gobierno.

33. Atribución de funciones al Secretario del Ayuntamiento. Legislación. Funciones.

34. Limitaciones al endeudamiento de las Entidades Locales: Por razón de la situación económica, por razón del excesivo endeudamiento, por el lugar de su formalización.

35. La redacción de actas que conforman el Libro de Actas. Aprobación de las mismas en la sesión posterior a la que debería haberse aprobado por no obtener la mayoría necesaria. Modificación de acuerdos incluidos en el acta.

36. Principio de unidad de acto en las sesiones de Pleno.

37. El Control financiero. Concepto y regulación. El control financiero como sustituto de la función interventora. Control de eficacia. Garantías de los órganos de control interno.

38. El control interno de la gestión económica local. La función interventora. Naturaleza, Objeto y extensión. Casos de fiscalización de disconformidad. Reglas especiales.

39. Créditos presupuestarios. Modificaciones presupuestarias. La estructura presupuestaria. Especial referencia al Sical98.

40. Impuesto sobre el incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana. Normas de gestión. La antigua tasa de equivalencia.

41. Impuesto sobre construcciones en instalaciones y obras (ICO). Naturaleza y hecho imponible. Compatibilidad con la tasa de licencias urbanísticas. Exenciones. Sujetos pasivos. Base imponible. Deuda tributaria. Devengo. Normas de gestión.

42. Imposición directa e indirecta, especial referencia al IRPF, IVA y liquidación de modelos 347/190 y 390.

43. La contaminación acústica en Andalucía. Competencias. Ordenanzas municipales. Actividades ruidosas en la vía

pública. Control. Disciplina acústica. Infracciones y

Sanciones.

44. Criterio jurisprudencial y legal en cuanto al derecho aplicable a las licencias urbanísticas. Vigencia del derecho aplicable en el momento de la solicitud o en el de la

concesión.45. Desarrollo del procedimiento de concesión de licencias urbanísticas. Informes exigidos en el procedimiento. Jurisprudencia sobre la materia.

46. Competencia de los técnicos para informar en el

procedimiento de concesión de licencias urbanísticas. Régimen jurídico. Responsabilidad Administrativa, patrimonial y penal por los informes emitidos.

47. Gastos de urbanización. Reintegro de los gastos de

urbanización a empresas suministradoras tanto de red eléctrica como de telefonía. Procedimiento. Jurisprudencia al respecto.

48. Vinculación de los Convenios urbanísticos suscritos con anterioridad a la vigencia de la LOUA. Efectos de su contenido impuesto por la modificación normativa.

49. Caminos rurales. Medidas de regulación de tráfico.

Posibilidad de redacción de ordenanza municipal. Competencia municipal, régimen disciplinario.

50. El observatorio urbano. Procedimiento de aprobación de los instrumentos de planeamiento. Efectos de la aprobación.

51. Cambio del uso y destino del suelo. Conceptos de

modificación y revisión del planeamiento. Jurisprudencia al respecto.

52. Tramitación de normas subsidiarias. Procedimiento.

Elaboración de nuevo plan de ordenación. Régimen jurídico aplicable.

53. Prevención de riesgos laborales. Transmisión de partes de accidente y relaciones con la aplicación DELTA.

54. La firma electrónica. Concepto. Regulación jurídica.

55. Expediente de ruina. Caducidad del procedimiento. Efectos del silencio.

56. Procedimiento para cálculo de nóminas. Su regulación jurídica.

57. Régimen General de la Seguridad Social. Inscripción de Empresas. Afiliación de trabajadores, altas, bajas, forma de practicarse y plazos. Cotizaciones, Bases y Tipos. Especial referencia al Sistema Red.

58. Coordinación Administrativa en relación con el desarrollo Local. Concepto y normativa. Relaciones entre

Administraciones. Relaciones de coordinación en diferentes sectores. Ejemplos de coordinación.

59. Competencias de la Administración Local para llevar a cabo actividades de fomento. Medidas de fomento. Actividades posibles de fomentar. Naturaleza Jurídica de las Subvenciones. Principios que informan la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

60. Modelos de desarrollo Local. Características básicas y significativas. Vías de financiación. Acciones de las

Corporaciones Locales encaminadas a fomentar la Promoción económica.

Orce, 17 de agosto de 2004.- El Alcalde-Presidente, José Ramón Martínez Olivares.

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