Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 173 de 03/09/2004

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 18 de agosto de 2004, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Tesorería del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz), mediante el sistema de libre designación.

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Vacante el puesto de trabajo de Tesorería, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz), aprobadas las bases de selección, y acordada asimismo su convocatoria, efectuada por Resolución de la Alcaldía de fecha 22 de julio de 2004, para su provisión mediante el sistema de libre designación, de conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio y en el Decreto 467/1994, de

13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen jurídico de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en relación con el artículo 12.1.e) del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión mediante el sistema de libre designación del puesto de trabajo de Tesorería, vacante en la Relación de Puestos de Trabajo de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz).

BASES PARA LA COBERTURA DEL PUESTO DE TRABAJO DE TESORERIA DEL AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA (CADIZ), POR EL PROCEDIMIENTO DE LIBRE DESIGNACION

a) Corporación: Ayuntamiento de Jerez de la Frontera.

b) Denominación y clase del puesto:

1. Denominación: Tesorero.

2. Clase del puesto: Grupo A.

a. Escala: Habilitación de carácter nacional.

b. Subescala: Intervención-Tesorería.

c. Provisión: Libre designación.

c) Nivel de complemento de destino: 30.

d) Complemento específico: 25.276,78 euros anuales.

e) Requisitos para su desempeño:

a. Podrán tomar parte en la convocatoria los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la Subescala Intervención-Tesorería.

b. Exclusiones: No podrán participar los funcionarios que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, se hallen en alguna de las circunstancias siguientes:

1. Inhabilitados o suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firmes si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.

2. Destituidos conforme al artículo 148.5 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

3. Situaciones de excedencia voluntaria, de acuerdo con el artículo 29.3.c) y d) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, cuando no hubiesen transcurrido dos años desde el pase a dichas situaciones.

c. Documentación. Para tomar parte en la convocatoria los participantes presentarán la siguiente documentación:

1. Instancia dirigida al Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera solicitando tomar parte en la convocatoria,

comprensiva de declaración jurada de no estar incurso en alguna de las exclusiones a que se refiere el anterior

apartado b.

2. Relación de méritos profesionales. En ella el solicitante, además de otros que pueda alegar, podrá especificar la

puntuación que ostente, conforme a la última relación

individualizada publicada por la Dirección General de

Cooperación Local; y, asimismo, la población de los Entes Locales en los que haya prestado servicio como Tesorero.

3. Documentación justificativa de los méritos que no estén incluidos en el baremo de méritos general, aplicados por el Ministerio de Administraciones Públicas a los miembros de la Subescala y categoría requeridos, o que no haya tenido

publicidad a través de los correspondientes Boletines

Oficiales.d. Plazo de presentación de la documentación. La documentación prevista en la base anterior habrá de

presentarse en el plazo de quince días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

e. Requisitos y méritos. Los requisitos así como los méritos alegados deberán reunirse en la fecha de publicación de la convocatoria.

f. Se podrá recabar de quienes participen en la convocatoria aclaraciones o documentación adicional, cuando de la

presentada no resulten suficientemente acreditados los datos alegados en relación con los méritos. Asimismo, los

concursantes podrán ser citados a una comparecencia a los efectos de explicitar aspectos determinados de su trayectoria profesional.

g. Resolución. La Excma. Sra. Alcaldesa, a la vista de las solicitudes y documentación presentadas, resolverá la

convocatoria, en el plazo de un mes, trasladando la Resolución adoptada al órgano competente de la Comunidad Autónoma y a la Dirección General para la Administración Local, para la anotación y publicación conjunta en el Boletín Oficial del Estado, contado a partir del día siguiente de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, a favor de quien considere más idóneo para el cargo, en función de la

naturaleza de las funciones del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, y de conformidad con lo establecido en el artículo 28.3 del Real Decreto 1732/1994, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

h. En lo no previsto en estas bases serán de aplicación, en lo que proceda, las disposiciones reguladoras de la provisión de puestos de trabajo reservados a los funcionarios de

Administración Local con habilitación de carácter nacional.

i. Contra las presentes bases podrá interponerse,

potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Alcaldesa de Jerez de la Frontera, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de las mismas, o directamente, recurso

contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Jerez de la Frontera, dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, y sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso

contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y

117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 18 de agosto de 2004.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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