Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 180 de 14/09/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

RESOLUCION de 9 de agosto de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se concede autorización administrativa a Sociedad Gestora de Parques Eólicos de Andalucía, SA, para instalar una planta eólica de generación de energía eléctrica en los términos municipales de El Saucejo y Villanueva de San Juan (Sevilla). (PP. 2823/2004).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 20 de julio de 2001, la empresa "Sociedad Gestora de Parques Eólicos de Andalucía, S.A.", con domicilio social en Málaga, C/ Sierra Gialda, núm. 4, torre, bajo dcha., solicitó en la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Sevilla, autorización administrativa para realizar una instalación eólica de generación de energía eléctrica, sita en el paraje denominado "Agracillares", en los términos municipales de El Saucejo y Villanueva de San Juan (Sevilla), denominada Parque Eólico "Agracillares".

Segundo. De acuerdo con el artículo 125 del R.D./2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOJA núm. 83, de 16 de julio de

2002 y en el BOP de Sevilla núm. 176, de 31 de julio de, no produciéndose alegaciones en el plazo establecido.

Tercero. La Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Sevilla emitió Declaración de Impacto Ambiental, con fecha 20 de abril de 2004, por la que estima viable la instalación con los condicionados que en la misma se recogen.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, es competente para conceder la citada autorización según lo dispuesto en el Título I, artículo 13.14 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 11/2004, de 24 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías y Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico, así como el R.D. 1955/2000, citado anteriormente.

Vista la Declaración de Impacto Ambiental de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Sevilla, así como el informe favorable de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Sevilla.

Considerando que no consta oposición al proyecto por organismo afectado alguno, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía

R E S U E L V E

Conceder Autorización Administrativa a Sociedad Gestora de Parques Eólicos de Andalucía, S.A., para realizar la instalación referida, cuyas características principales serán:

- aerogeneradores NEG Micon Multipower 52 con motor asíncrono de 690 V, potencia nominal de 750 kW y potencia máxima de 900 kW.

- Rotor tripala de 52 m de diámetro, de eje horizontal y con control de potencia por cambio de paso y velocidad de giro variable, con una superficie de rotación de 2.140 m, sobre torre troncocónica de acero soldado. Cada aerogenerador lleva incorporado un C.T. de relación 690/20.000 V, potencia 1.000 kVA.

- Red eléctrica subterránea de 20 kV desde los C.T. de los aerogeneradores hasta la subestación de 20 MVA, 20/66 kV ubicada en el propio P.E. con las siguientes posiciones:

Posiciones de M.T.

Tipo: Cabina interior.

Esquema: Simple barra.

Alcance:

3 posiciones de línea.

1 posición de secundario de trafo de potencia.

1 posición de medida.

Posiciones de Transformación.

Alcance:

1 Trafo de 20 MVA, 20/66 kV.

Posiciones de A.T.

Tipo: Exterior Convencional.

Esquema: Simple barra con by-pass.

Alcance:

1 posición de línea.

1 posición de primario de trafo.

- Potencia instalada 17.100 kW.

Esta autorización se otorga de acuerdo con lo dispuesto en el R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, condicionada al

cumplimiento de la Declaración de Impacto Ambiental

anteriormente citada, así como a la obtención del punto de conexión necesario para evacuar la energía de acuerdo con el Real Decreto 1955/2000 y la Orden de 30 de septiembre de 2002, por la que se regula el procedimiento para priorizar el acceso y conexión a la red eléctrica para evacuación de energía de las instalaciones de generación contempladas en el Real Decreto 2818/1998, sin perjuicio de las que correspondan conceder a otros Organismos para instalaciones anejas a la planta que quedan fuera de la competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas.

Las obras de realización de la citada instalación no podrán iniciarse mientras no cuente el peticionario de la misma, con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en la Sección 2.ª del Capítulo II del citado R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, debiendo solicitar la indicada aprobación en un plazo máximo de 2 años. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se

procederá por el peticionario de la autorización a

cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el artículo 49 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de

modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el

Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 9 de agosto de 2004.- El Director General Técnico, P.O. (16.7.2004), El Secretario General Técnico, Juan

Francisco Sánchez García.

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