Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 181 de 15/09/2004

3. Otras disposiciones

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

ORDEN de 1 de septiembre de 2004, por la que se fija el precio público a percibir por la venta de publicaciones editadas por el Instituto Andaluz de la Mujer.

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El Instituto Andaluz de la Mujer, creado por la Ley

10/1988, de 29 de diciembre, es un Organismo Autónomo de carácter administrativo adscrito a la Consejería para la Igualdad y el Bienestar Social que tiene por finalidad promover las condiciones para que sea real y efectiva la igualdad del hombre y la mujer andaluces, haciendo posible la participación y presencia de la mujer en la vida política, económica, cultural y social, y superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica o política de la mujer.

El cumplimiento de estos fines, que condicionan y justifican la actuación del Instituto, ha llevado a éste a promover y editar unas publicaciones relativas a violencia contra las mujeres, impago de pensiones y a feminismo. No se conoce que hayan aparecido en el mercado andaluz publicaciones de contenido similar, por lo que se considera que su difusión puede ser de gran utilidad para profesionales que trabajan en temas relacionados con la mujer, así como para la ciudadanía en general.

De conformidad con el artículo 145.1 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejo de Gobierno, mediante Acuerdo de 10 de enero de 1989, determinó los bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos, autorizando en su punto 1.º a todas las Consejerías y Organismos Autónomos la percepción de precios públicos por la venta de las ediciones que publiquen.

El artículo 145.2 de la citada Ley 4/1988 dispone que la fijación o revisión de la cuantía de los precios públicos se efectuará, previo informe preceptivo de la Consejería de Economía y Hacienda, por Orden de la Consejería que los perciba o de la que dependa el órgano o ente perceptor. En este último caso, la fijación o revisión se hará a propuesta del ente.

En su virtud, a propuesta del Instituto Andaluz de la Mujer y previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda,

D I S P O N G O

Artículo único. Fijación de la cuantía de precios públicos.

El precio público a percibir por la venta de las publicaciones editadas por el Instituto Andaluz de la Mujer, que a continuación se mencionan, queda fijado en las cuantías que se indican, las cuales incluyen el Impuesto sobre el Valor Añadido:

a) Los costes económicos y sociales de la violencia doméstica en Andalucía.

(Colección Estudios; 20). Precio público: 8,03 E.b) Violencia económica de género: el impago de pensiones en Andalucía: análisis jurídico procesal.

(Colección Estudios; 21). Precio público: 4,05 E.c) Cuerpos sexuados y ficciones identitarias: ideologías sexuales, desconstrucciones feministas y artes visuales.

(Colección Hypatia; 4). Precio público: 6,10 E.Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 1 de septiembre de 2004

MICAELA NAVARRO GARZON

Consejera para la Igualdad y Bienestar Social

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