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NIG: 2990142C20033000142.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 117/2003. Negociado: EM.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: MAPFRE Mutualidad y Miguel Angel Trujillo Vallejo.
Procuradora: Sra. Ledesma Alba, María del Mar y Ledesma Alba, María del Mar.
Contra: Doña Paola Bartmann Zito, Jesús Sánchez Blanco, Entidad Aseguradora Pelayo y Entidad Aseguradora CASER.
Procuradores: Sra. Fernández Pérez, María Dolores y Sr. Arráez Muñoz, Juan Antonio.
E D I C T O
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 117/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Torremolinos a instancia de MAPFRE Mutualidad y Miguel Angel Trujillo Vallejo contra Paola Bartmann Zito, Jesús Sánchez Blanco, Entidad Aseguradora Pelayo y Entidad Aseguradora CASER sobre Reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
S E N T E N C I A
En Torremolinos, a 8 de enero de 2004.
Doña María José Ferrer Fernández, Magistrada Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Torremolinos, ha visto los presentes autos de juicio ordinario tramitados con el núm. 117/03, y promovidos por don Miguel Angel Trujillo Vallejo y MAPFRE Mutualidad, representados por la Procuradora doña María del Mar Ledesma Alba y asistidos por el Letrado don Eduardo M. Calvente Muñoz, contra doña Paola Bartmann Zito y Pelayo Mutua de Seguros, representadas por la Procuradora doña María Dolores Fernández Pérez y asistidas por la Letrada doña Pilar González Aragonés, don Jesús Sánchez Blanco, en rebeldía, y la entidad aseguradora CASER, representada por el Procurador don Juan Antonio Arráez Muñoz y asistida por la Letrada doña Belén Bravo de la Torre, sobre reclamación de cantidad por daños causados en accidente de tráfico.
F A L L O
Que absolviendo a doña Paola Bartmann y a Pelayo Mutua de Seguros de la demanda origen de estas actuaciones, interpuesta por don Miguel Angel Trujillo Vallejo y MAPFRE Mutualidad debo no obstante estimarla íntegramente respecto de los codemandados don Jesús Sánchez Blanco y la entidad CASER, condenando a estos dos últimos a abonar solidariamente a la parte actora la suma de 4.001,96 euros, de los cuales 3.600,12 euros se entregarán a MAPFRE Mutualidad y 401,84 euros se entregarán al Sr. Trujillo Vallejo, más intereses legales desde la interposición de la demanda a cargo del Sr. Sánchez Blanco respecto de ambos actores y CASER respecto de MAPFRE, imponiéndosele los intereses del art. 20 de la LCS a esta entidad sólo respecto del Sr. Trujillo, condenando a los citados demandados al abono de las costas procesales causadas, salvo las originadas por doña Paola Bartmann y Pelayo Mutua de Seguros, que serán abonadas por los actores.
Notifíquese la presente resolución a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los 5 días siguientes a su notificación, ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.
Así por ésta mi sentencia, lo pronunció, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al
demandado, Jesús Sánchez Blanco, extiendo y firmo la presente en Torremolinos a veintisiete de julio de dos mil cuatro.- El/La Secretario.
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