Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 184 de 20/9/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

ACUERDO de 1 de septiembre de 2004, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la composición del Consejo de Administración de la Empresa Pública Turismo Andaluz, SA

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La reestructuración de Consejerías establecida por el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, así como la nueva estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte aprobada por el Decreto 240/2004, de 18 de mayo, determinan la necesidad de modificar la actual composición del Consejo de Administración de la Empresa Pública Turismo Andaluz, S.A., establecida en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2001, designando sus miembros de acuerdo con la nueva organización administrativa y el objeto social de la referida empresa.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo

26.14 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Turismo, Comercio y Deporte, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de septiembre de 2004,

ACUERDA

Primero. Designar como miembros del Consejo de Administración de la Empresa Pública Turismo Andaluz, S.A., a:

A. En representación de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte:

- El Consejero, que ostentará su presidencia.

- El Viceconsejero, que ostentará su vicepresidencia.

- El Secretario General Técnico.

- El Director General de Planificación y Ordenación Turística.

- La Directora General de Promoción y Comercialización Turística.

- La Directora General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística.

- Un consejero designado por el titular de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.

B. En representación de otras Consejerías:

- Un representante de la Consejería de Economía y Hacienda.

- Un representante de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

- Un representante de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Los representantes de las Consejerías citadas en el apartado anterior deberán tener, al menos, rango de Director General, y serán propuestos por los titulares de las mismas.

Tercero. La pertenencia de algunos de los miembros establecidos en la letra A) del punto primero de este Acuerdo a los Consejos de Administración de las empresas públicas filiales de Turismo Andaluz, S.A., será en calidad de representante de la Administración y en razón del cargo que ostente y habrá de tener lugar en función del objeto social de dichas empresas, sin perjuicio de que, además, puedan designarse otros miembros en los referidos Consejos de Administración.

Cuarto. Dejar sin efecto el Acuerdo de 27 de marzo de 2001, del Consejo de Gobierno, por el que se designan los representantes de la Administración de la Junta de Andalucía en el Consejo de Administración de la Empresa Pública Turismo Andaluz, S.A.

Sevilla, 1 de septiembre de 2004

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Turismo, Comercio y Deporte

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