Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 184 de 20/9/2004

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 6 de septiembre de 2004, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Secretaría de la Diputación Provincial de Jaén, mediante el sistema de libre designación.

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Vacante el puesto de trabajo de Secretaría, Categoría Superior, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, la Excma. Diputación de Jaén, aprobadas las bases de selección, y acordada asimismo su convocatoria, efectuada por Resolución de la Excma. Diputación de fecha 27 de julio de 2004, para su provisión mediante el sistema de libre designación, de conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio y en el Decreto 467/1994, de

13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de de julio, relativas al régimen jurídico de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en relación con el artículo 12.1.e) del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión mediante el sistema de libre designación del puesto de trabajo de Secretaría, vacante en la Relación de Puestos de Trabajo de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Excma. Diputación Provincial de Jaén.

BASES PARA LA COBERTURA DEL PUESTO DE TRABAJO DE SECRETARIA DE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE JAEN, POR EL PROCEDIMIENTO DE LIBRE DESIGNACION

a) Corporación: Excma. Diputación Provincial de Jaén.

b) Denominación y clase del puesto: Secretario.

c) Nivel del complemento de destino: 30.

d) Complemento específico: 10.678,38 E.

e) Requisitos para su desempeño: Pertenecer a la Subescala de Secretaría, Categoría Superior de Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de esta convocatoria la provisión mediante libre designación del puesto de trabajo de Secretaría al producirse la vacante en la Relación de Puestos de Trabajo de Funcionarios de habilitación de carácter nacional de esta Excma. Diputación Provincial de Jaén, por jubilación forzosa de su titular el día 2 de mayo de 2004.

Segunda. Requisitos que han de reunir los/as aspirantes.

Podrán participar en la presente convocatoria aquellos funcionarios con habilitación de carácter nacional que reúnan los requisitos señalados para el desempeño del mismo, recogidos en la presente convocatoria.

Tercera. Presentación de solicitudes.

Las solicitudes y documentos se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial de Jaén, o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de 15 días naturales, a contar desde el siguiente en que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, prolongándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminarse en un día inhábil. En el supuesto de presentación de instancias en Administración distinta, deberá también enviarse una copia de la solicitud por fax al Area de Organización y Recursos Humanos (953).

A la solicitud deberá acompañarse la documentación

acreditativa de reunir los requisitos para su desempeño que figuren en la convocatoria.

Los requisitos así como los medios alegados deberán reunirse en la fecha de resolución de la convocatoria.

Cuarta. Listas de admitidos/as y excluidos/as.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes y, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, el Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación, en el plazo de un mes, procederá a resolver la convocatoria a favor de quien considere más idóneo para el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria en relación a la naturaleza de sus funciones.

De la expresada Resolución se dará cuenta al Pleno de la Diputación y traslado de la misma al Organo competente de la Comunidad Autónoma (Consejería de Justicia y Administración Pública) y a la Dirección General de la Función Pública para su anotación y publicación conjunta en el Boletín Oficial del Estado. Dicha Resolución se motivará con referencia al

cumplimiento, por parte del candidato elegido de los

requisitos y especificaciones exigidos en la Convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. En todo caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la Resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

Quinta. Plazo posesorio.

El plazo de toma de posesión del candidato designado será el que se establezca en el art. 23 del R.D. 1732/1994, de 29 de julio.

Sexta. Regulación supletoria e impugnaciones.

En lo no previsto en las presentes Bases será de aplicación, en lo que proceda, el R.D. 1732/1994, de 29 de julio, sobre Provisión de Puestos Reservados a Funcionarios con

habilitación de carácter nacional. La presentación de

solicitud para participar en la provisión del puesto de trabajo a que se refiere estas Bases, comporta su plena aceptación.

Las Bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones que se lleven a cabo, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas establecidas en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este Organo, en el plazo de un mes contando a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso

contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de este acto, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 6 de septiembre de 2004.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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