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De acuerdo con lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24 de diciembre), la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades (BOJA del 31), estando pendiente el desarrollo reglamentario, y siendo necesaria la contratación de Profesores Contratados en las plazas que se indican en el anexo, de acuerdo con el Reglamento de Contratación de Profesorado, aprobado en Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz, en su sesión de 19 de diciembre de 2003, reformado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2004,
R E S U E L V O
En uso de las competencias que atribuye el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma, así como en los Estatutos de esta Universidad, convocar concurso público para la contratación de Profesores Contratados en las plazas que se citan en el anexo, mediante contrato laboral especial de duración determinada.
Cádiz, 3 de septiembre de 2004.- El Rector, por delegación de firma, El Vicerrector de Profesorado, Juan M.ª Terradillos Basoco.
BASES DE CONVOCATORIA
1. Normas generales.
1.1. Se convoca concurso público para cubrir mediante contrato laboral especial de duración determinada las plazas de Profesor Contratado que se indican en el Anexo, con las características que igualmente se señalan en el mencionado Anexo.
1.2. Las plazas convocadas y las presentes bases de convocatoria se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica
6/2001, de Universidades; la Ley 15/2003, Andaluza de Universidades; el Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre Régimen del Profesorado Universitario; la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas; los Estatutos de la Universidad de Cádiz, el Reglamento de Contratación de Profesorado de la Universidad de Cádiz y el Estatuto de los Trabajadores, aprobados por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en lo no previsto por la mencionada Ley Orgánica de Universidades, con exclusión del régimen de dedicación, que será según determine cada contrato laboral que se concierte y los preceptos relativos a la calificación administrativa de los contratos, así como de aquellos otros que se opongan o resulte incompatible con las determinaciones de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
1.3. La presente convocatoria se dicta debido a las necesidades de carácter urgente que tiene la Universidad de Cádiz relacionadas con la docencia, teniendo las presentes bases un carácter provisional limitadas al curso académico
2004-2005.
1.4. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso público, consistente en una primera autobaremación por parte de los candidatos, seguida de una propuesta de baremación de los méritos de los mismos por parte del correspondiente Departamento para una última baremación de carácter definitivo, siendo el baremo el que se acompaña en la solicitud.
La puntuación mínima para la obtención de las plazas que, al menos, será del 10% de la puntuación máxima establecida en el baremo, se determinará a propuesta del Departamento y
previamente a la baremación de las solicitudes.
El Consejo de Departamento valorará las solicitudes admitidas, remitiéndolas en el plazo máximo de 15 días al Vicerrectorado de Profesorado.
La Comisión de Contratación sólo valorará los méritos alegados y acreditados documentalmente.
1.5. Las personas propuestas por la Comisión de Contratación pasarán a formar parte de una lista de contratación para suplir la posible eventualidad ante una renuncia del candidato seleccionado, así como para cubrir plazas de idéntico perfil, con validez para el curso académico 2004-2005. A tal efecto, la Comisión establecerá, en su caso, en el acta de resolución de la convocatoria una relación de los aspirantes que, a su juicio, obtienen la puntuación suficiente para formar parte de la mencionada lista.
1.6. Los candidatos propuestos para ocupar las plazas deberán respetar los horarios establecidos por los Centros y las actividades docentes asignadas por los Departamentos.
1.7. Los candidatos propuestos deberán presentar la
documentación necesaria para solicitar la compatibilidad en el momento de la firma del contrato.
1.8. Salvo en los supuestos previstos en el artículo 111 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, la interposición de un recurso no suspende la ejecución de la resolución de la Comisión de Contratación, pudiéndose suscribir el correspondiente contrato al candidato propuesto por la misma. Este contrato tendrá validez provisional en tanto no adquiera firmeza la resolución de la Comisión de Contratación.
2. Requisitos de los candidatos.
2.1. Para ser admitido en el presente concurso público, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.2. Para las plazas de Profesores Ayudantes Doctores (art.
50 de la LOU):
- Estar en posesión del título académico de Doctor.
- Contar con la evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y
Acreditación (ANECA).
- Acreditar 2 años de investigación y/o docencia fuera de la Universidad de Cádiz, quedando exceptuados de esta
desvinculación los Profesores Asociados de la Universidad de Cádiz, de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del punto 1 de la Disposición Transitoria Quinta de la Ley Orgánica de Universidades.
2.1.3. Para las plazas de Profesores Asociados (art. 53 de la LOU):
- Estar en posesión del título académico de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, como mínimo, excepto si se concursa a plazas en las que la titulación mínima exigida, según el área de conocimiento a las que pertenezca, sea la de Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico, expresamente indicadas en el Anexo 1.
- Ejercer actividad profesional fuera de la Universidad, relacionada con el área de conocimiento correspondiente a la plaza solicitada y/o con las actividades docentes o
investigadoras a ejercer, con antig?edad de al menos tres años y mantener el ejercicio de dicha actividad durante la
totalidad de su período de contratación.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que acredite la
homologación.
2.1.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.2. Los requisitos exigidos y méritos alegados para concursar deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. Solicitudes.3.1. Quienes deseen tomar parte en la presente convocatoria deberán hacerlo constar en instancia, según modelo que se acompaña como anexo, que será facilitada
gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, así como en la página web del Vicerrectorado de Profesorado (http://www.uca.es/profesorado/) y en la del Area de Personal (http://www-personal.uca.es).
Los aspirantes que opten a más de una plaza deberán presentar solicitud independiente para cada una de ellas, acompañada de la documentación acreditativa, salvo que se trate de plazas de la misma área de conocimiento, en cuyo caso bastará con una sola solicitud y documentación acreditativa. En estos
supuestos, deberán quedar identificadas en la solicitud las plazas a que se concursa, especificando el núm. de plaza indicado en el anexo de plazas convocadas.
3.2. A la instancia (solicitud autobaremada) se acompañará la siguiente documentación:
3.2.1. Una fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
3.2.2. Fotocopia del título de Doctor, Licenciado o
equivalente, Diplomado o equivalente, según la categoría de la plaza.
En caso de títulos extranjeros, éstos deberán ir acompañados de una fotocopia de la homologación del Ministerio de
Educación y Cultura español.
3.2.3. Certificación académica personal, en original o copia compulsada.
3.2.4. Para las plazas de Profesores Ayudantes Doctores presentar, además, fotocopia de la evaluación positiva de la actividad por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA).
3.2.5. Para las plazas de Profesores Asociados presentar, además, fotocopia del contrato de trabajo o licencia fiscal correspondiente a la actividad que ejerza fuera de la
Universidad, así como informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. En el caso de ser empleado público aportar certificado de servicios actualizado. En caso de que del contrato de trabajo o licencia fiscal no se desprenda que se cumplen los requisitos establecidos a la fecha indicada en la base 2.2, deberá acompañarse cualquier otro documento que así lo acredite.
La Comisión de Valoración, previa comprobación de que la actividad profesional de los aspirantes está relacionada con la actividad de la plaza convocada, podrá declarar excluidos del proceso a aquellos candidatos que no cumplan dicho
requisito, indicándolo expresamente en el acta de resolución del concurso.
3.2.6. Acompañar acreditación fehaciente de los méritos alegados. No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad de los mismos, así como de los datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que en cualquier momento la Comisión de Contratación o los órganos competentes de la Universidad puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados a concurso y que hayan sido objeto de valoración.
Los solicitantes que no obtengan contrato ni aparezcan
relacionados en la bolsa de trabajo, en su caso, en el acta de Resolución, podrán retirar la documentación aportada en el plazo de un mes desde la publicación del acta, una vez sea firme la resolución de la convocatoria. La documentación que no se retire en dicho plazo, podrá ser destruida.
3.3. El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página web del Vicerrectorado de Profesorado, finalizando 5 días después de la publicación en el BOJA.
3.4. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Cádiz (C/ Ancha, número 16,
11001, Cádiz), o en las formas establecidas en el artículo.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, dirigiéndose al Excmo. Sr. Vicerrector de Profesorado de la Universidad de Cádiz.
3.5. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases, en el plazo máximo de diez días, contados a partir del siguiente a la fecha límite para la presentación de solicitudes, se publicará en el tablón de anuncios del Rectorado así como en la página web del
Vicerrectorado de Profesorado, la lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos, contra la cual se podrá reclamar dentro de los diez días siguientes a su publicación.
Si la solicitud no reuniese los requisitos establecidos se requerirá en dicha publicación al interesado para que, en un plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición.
La lista definitiva de admitidos y excluidos se publicará en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página web del Vicerrectorado de Profesorado en el plazo máximo de 10 días contados a partir de la fecha límite del plazo que se haya dado para la subsanación de defectos.
Contra la notificación de exclusión definitiva se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector, o bien recurso contencioso-
administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la misma, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Provincial con sede en Cádiz, conforme a lo establecido en la Ley 30/92, modificada por Ley
4/99, de RJPAC.
4. Comisión de Contratación.
4.1. De acuerdo con lo establecido en los Estatutos de la Universidad de Cádiz, la Comisión de Contratación está formada por:
- Rector o persona en quien delegue.
- Director de Departamento en el que haya de realizar sus actividades el candidato elegido o profesor del área de conocimiento implicada en quien delegue.
- Director del Centro o persona en quien delegue.
- Cuatro Profesores Funcionarios Doctores elegidos por el Consejo de Gobierno: Profesores don José M.ª Maestre Maestre, don José Ramírez Labrador, don José M.ª Quiroga Alonso y don Manuel Acosta Seró.
- Un Profesor Doctor no Funcionario elegido por el Consejo de Gobierno: Prof. don Francisco José García Cózar.
- Un Profesor Doctor propuesto por el Comité de Empresa.
Igualmente, formarán parte de la Comisión de Contratación, con voz pero sin voto, alguno de los Directores de Secretariado dependientes del Vicerrectorado de Profesorado, como
Secretario de la Comisión y un funcionario del Area de
Personal como Secretario Técnico.
4.2. Con antelación de 72 horas, como mínimo, el Secretario de la Comisión de Contratación publicará en el tablón de anuncios del Rectorado, así como en la página web del Vicerrectorado de Profesorado, la composición concreta de la mencionada
Comisión, a efectos de cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5. Duración del contrato, dedicación semanal y funciones a desempeñar.
5.1. La duración de los contratos de trabajo es la indicada para cada plaza en el Anexo.
5.2. El candidato propuesto será contratado por el número de horas semanales que se indique en el Anexo 1.
a) Las funciones a realizar por el Profesor Contratado podrán ser las de docencia, investigación, gestión académica y/o atención al alumnado, de acuerdo con lo designado por la Dirección del Departamento, que será quien las determine en función de sus necesidades.
6. Retribuciones.Las retribuciones anuales son las que se indican para el año 2004, a las que se añadiría el incremento contemplado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2005:
Prof. Ayudante Doctor: 21.662,54 E.
Prof. Asociado 12 horas: 6.549,54 E.
Prof. Asociado 10 horas: 5.458,34 E.
Prof. Asociado 8 horas: 4.366,86 E.
Prof. Asociado 6 horas: 3.275,24 E.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.º, apartado
2, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del personal al servicio de las
Administraciones Públicas, las pagas extraordinarias sólo podrán percibirse por uno de los puestos, cualquiera que sea su naturaleza.
7. Resolución del concurso público.
7.1. Una vez valorados los méritos alegados por los
candidatos, la Comisión de Contratación hará pública en el tablón de anuncios del Rectorado, así como en la web de Vicerrectorado de Profesorado el acta de la reunión de la misma.
7.2. Contra la resolución de la Comisión de Contratación podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector de la
Universidad de Cádiz, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación de la misma.
8. Presentación de documentos y formalización del contrato.
8.1. El candidato propuesto para la plaza deberá acreditar, con carácter previo a la firma del contrato y mediante la presentación de la documentación original, estar en posesión de la titulación académica y demás requisitos exigidos para optar a la plaza, así como, en su caso, de los méritos
alegados en el concurso.
8.2. En caso de que el candidato no presentara los documentos requeridos por la Comisión de Contratación en el plazo de 10 días o que los mismos no concuerden con las copias
presentadas, quedará sin efecto la resolución del concurso a su favor, sin perjuicio de las responsabilidades de todo orden que puedan ser exigidas por la Universidad.
8.3. El aspirante propuesto, una vez cumplidos los requisitos anteriores, formalizará el correspondiente contrato laboral, en el que se contemplará el período de prueba que corresponda, teniendo en cuenta lo establecido en la base 1.8.
La celebración o subsistencia del contrato se condiciona a la autorización de la compatibilidad, conforme a la normativa aplicable en la materia, en el caso de que el aspirante seleccionado esté desempeñando o pase a desempeñar otra actividad pública o privada.
8.4. Los contratos celebrados por la Universidad de Cádiz en virtud del Reglamento de Contratación de Profesorado quedan sometidos a la legislación laboral y habrán de formalizarse por escrito, debiendo remitirse una copia básica de los mismos a los representantes de los trabajadores.
9. Norma final.
9.1. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación de la Comisión de
Contratación podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley
4/1999.
9.2. Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones de la Comisión de Contratación, conforme a lo previsto en la mencionada Ley y en sus
Estatutos.
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