Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 186 de 22/09/2004

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE TABERNO

CORRECCION de errores a anuncio de bases (BOJA núm. 176, de 8.9.2004).

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A N U N C I O

Corrección de errores al anuncio núm. 6.164/04, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 166, de 27 de agosto: Ayuntamiento de Taberno, Anuncio Bases. Bases que regirán la convocatoria para la provisión en propiedad y mediante oposición libre de una plaza de Policía Local, vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento.

En la Base 1.ª, donde dice "Pero sólo a los efectos retributivos" debe decir: "A todos los efectos. Una vez agotado el período establecido en la mencionada Disposición Transitoria 1.ª de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales."

En la base 4.ª 1 y en la 11.1. Donde dice el plazo "veinte dias naturales" Debe decir "veinte días hábiles".

En la Base 7.5 donde dice: "dos días hábiles" debe decir "cinco días hábiles".

En las Bases 8.1 y 8.2 donde dice: "Orden Orden de 14 de noviembre de 2000" debe decir: "Orden 22 de diciembre de

2003".

En la Base 8.3. Se anula en su totalidad y será válida:

Tercera prueba: Psicotécnica. La valoración psicotécnica tendrá como finalidad comprobar que los aspirantes presentan un perfil psicológico adecuado a la función policial a la que aspiran.

Valoración de aptitudes. Se realizará una valoración del nivel intelectural y de otras aptitudes específicas, exigiéndose en todos los casos rendimientos iguales o superiores a los normales en la población general, según baremación oficial de cada una de las pruebas utilizadas, en función del nivel académico exigible para cada categoría a la que se aspira.

Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: Inteligencia general, comprensión y fluidez verbal, comprensión de órdenes, razonamiento cognoscitivo, atención discriminativa y resistencia a la fátiga intelectual.

Valoración de aptitudes y personalidad. Las pruebas de personalidad se orientarán a evaluar los rasgos de personalidad más significativos y relevantes para el desempeño de la función policía, así como el grado de adaptación personal y social de los aspirantes. Asimismo deberá descartarse la existencia de síntomas o trastornos psicopatológicos y o de personalidad.

Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: Estabilidad emocional, autoconfianza, capacidad empática a interés por los demás, habilidades interpersonales, control adecuado a la impulsividad, ajuste personal y social, capacidad de adaptación a normas, capacidad de afrontamiento al estrés, motivación por el trabajo policial.

Los resultados obtenidos en las pruebas deberán ser objeto de constatación o refutación mediante la realización de una entrevista personal en la que, además de lo anterior, se valorará también el estado psicológico actual de los candidatos. De este modo, aparte de las características de personalidad señaladas anteriormente, se explorarán también los siguientes aspectos: Existencia de niveles disfuncionales de estrés o de trastornos del estado de ánimo: problemas de salud; consumo excesivo o de riesgo de alcohol u otros tóxicos y grado de medicación, expectativas respecto de la función policial u otros.

Taberno, 8 de septiembre de 2004

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