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En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José María Fuentes Cervantes contra la Resolución dictada con fecha de 22 de diciembre de 2003 por la Delegación Provincial en Sevilla de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en el expediente 02687/2003, por la que se desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de fecha de 7 de noviembre de 2003, que denegaba la ayuda de fomento al empleo para nuevas contrataciones solicitada por el recurrente, se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cuatro de Sevilla, con fecha de 24 de junio de 2004, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Fallo: Que debo desestimar y desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don José María Fuentes Cervantes, contra las Resoluciones anteriormente indicadas en el antecedente de hecho primero de esta Resolución, por estimarla conforme a derecho. Todo ello sin realizar pronunciamiento condenatorio sobre las costas."
En virtud de lo establecido en el artículo 2.4.b) de la Orden de 14 de julio de 2004, de delegación de competencias y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia así como su publicación en el BOJA.
Sevilla, 15 de septiembre de 2004.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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