Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 06/10/2004

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 29 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, por la que se realiza una convocatoria de subasta de carácter ordinario dentro del Programa de Emisión de Bonos y Obligaciones de la Junta de Andalucía.

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El Decreto 94/2004, de 9 de marzo, autoriza al Director General de Tesorería y Política Financiera a emitir Deuda de la Comunidad Autónoma de Andalucía dentro del Programa de Emisión de Bonos y Obligaciones de la Junta de Andalucía, de conformidad con las condiciones y características fundamentales que se fijan en el mismo.

En virtud de dicha autorización se va a proceder a realizar una emisión de Bonos y Obligaciones de la Junta de Andalucía mediante el procedimiento de subasta competitiva, de conformidad con los mecanismos recogidos en la Orden de 2 de agosto de 2001, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el Programa de Emisión de Bonos y Obligaciones de la Junta de Andalucía.

El artículo 6.2 de la referida Orden faculta al titular de la Dirección General de Tesorería y Política Financiera a convocar las subastas de carácter ordinario que se realicen al amparo del citado Programa de Emisión, habiéndose hecho público el calendario de subastas para el año 2004 mediante Resolución de la Dirección General de Tesorería y Política Financiera de 22 de enero de 2004.

El Decreto 239/2004, de 18 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, crea la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, incluyendo entre sus funciones, en su artículo 12.3, las atribuciones que en materia de endeudamiento le correspondan a la Consejería.

Como consecuencia de lo anterior, se procede a la convocatoria de subasta, que se celebrará en el mes de octubre, fijando las características de los Bonos a 3 y 5 años que se pondrán en circulación. En dicho mes de octubre, no se convoca subasta de Obligaciones a 10 años.

Por todo ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto 94/2004, de 9 de marzo, y de acuerdo con el Decreto

239/2004, de 18 de mayo, esta Dirección General,

R E S U E L V E

1. Proceder a la realización de una convocatoria de subasta de Bonos a tres (3) y cinco (5) años, dentro del Programa de Emisión de Bonos y Obligaciones, en virtud de la autorización contenida en el Decreto 94/2004, de 9 de marzo, la cual habrá de celebrarse de acuerdo con la Orden de 2 de agosto de 2001, de la Consejería de Economía y Hacienda, y de conformidad con el calendario de subastas aprobado por la Resolución de 22 de enero de 2004 de la Dirección General de Tesorería y Política Financiera.

2. Características de los Bonos que se emiten:

a) Emisión de Bonos a tres años: Los bonos que se emitan como resultado de la subasta que se convoca, llevarán como fecha de emisión la de 19 de octubre de 2004, se amortizarán por su valor nominal el 19 de octubre de 2007 y el tipo de interés nominal, pagadero por anualidades vencidas, será el 3,00% anual. Los cupones anuales vencerán el 19 de octubre de cada año, siendo el primero a pagar, por su importe completo, el 19 de octubre de 2005. Estos bonos tendrán carácter segregable, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 185/1998, de 22 de septiembre.

b) Emisión de Bonos a cinco años: El tipo de interés nominal y las fechas de emisión, amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Resolución de 22 de enero de 2004, para la emisión de fecha 17 de febrero de

2004, de Bonos a cinco años, cupón 3,45% anual y amortización el día 17 de febrero de 2009. El pago del primer cupón de los valores que se emitan se efectuará, por su importe completo, el 17 de febrero de 2005. Los Bonos que se emitan se agregarán a la citada emisión y tendrán la consideración de ampliación de aquélla, con la que se gestionará como una única emisión a partir de su puesta en circulación.

3. En la presente subasta las peticiones deberán formularse en términos de diferencial respecto al tipo de oferta del Swap del Euribor de los plazos de las referencias que se emiten.

4. El valor nominal mínimo de las ofertas será de 1.000 euros.

5. La presentación de ofertas será efectuada por los miembros del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, entre las 8,30 y las 10,30 horas del día 14 de octubre de 2004, en el Banco de España. Las ofertas se formularán a través de la red

informática de comunicaciones del Servicio de Liquidación del Banco de España. En caso de no disponer de conexión con la citada red, deberán efectuar la comunicación de sus peticiones por teléfono entre las 8,30 y 10,00 horas de dicho día.

6. La celebración y resolución de la subasta se realizará el día 14 de octubre de 2004 antes de las 11,30 horas,

ajustándose a lo previsto en la Orden de 2 de agosto de 2001, de la Consejería de Economía y Hacienda.

7. Para la determinación de las condiciones de la emisión se tomarán las cotizaciones del tipo de oferta del Swap del Euribor al plazo correspondiente, publicadas en la pantalla ICAPEURO o en su defecto CAPI 40, de Reuters, a las 12,00 horas del día de celebración de la subasta. En caso de no existir cotización en ninguna de estas dos pantallas, se tomará nueva referencia cada 30 minutos hasta que exista cotización en alguna de estas pantallas, adoptándose la publicada en ICAPEURO de existir cotización en ambas, fijando como hora límite las 13,00 horas del día de la subasta. De persistir dicha situación, el emisor, de común acuerdo con las Entidades adjudicatarias que representen al menos el 50% del volumen adjudicado en la subasta, determinará el procedimiento a seguir para la fijación de condiciones. En cualquier caso, el tipo que se determine se ajustará en función del plazo exacto del vencimiento de la Deuda que se emite de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo de esta Resolución.

8. No existirá período de suscripción pública posterior a la subasta.

9. Fecha de desembolso de la Deuda: 19 de octubre de 2004.

10. De acuerdo con lo establecido en esta Resolución, y en la Resolución de 22 de enero de 2004, los Bonos cuya emisión se dispone, tendrán la calificación de segregables, y las

operaciones de segregación y reconstitución se podrán realizar a partir de la fecha que se fije mediante Resolución de esta Dirección General.

11. El resto de las condiciones aplicables a la presente convocatoria de subasta serán las establecidas en la Orden de

2 de agosto de 2001, de la Consejería de Economía y Hacienda.

Sevilla, 29 de septiembre de 2004.- La Directora

General, Julia Núñez Castillo.

A N E X O

FIJACION DE LAS CONDICIONES DE EMISION

FORMULA DE INTERPOLACION LINEAL DE TIPOS PARA EL AJUSTE EN PLAZOS

La fórmula que se expone a continuación determina la

interpolación lineal que ha de realizarse entre los tipos de oferta del Swap del Euribor de referencia (en adelante IRS) de los plazos inmediatamente anterior y posterior de los valores que se emiten, de acuerdo con la siguiente fórmula:

donde:

TIR= Tasa de rendimiento interno de referencia.

IRS= Tipo de oferta del Swap del Euribor de plazo igual o inmediatamente inferior al plazo de vencimiento del valor que se emite.

IRS= Tipo de oferta del Swap del Euribor de plazo

inmediatamente superior al plazo de vencimiento del valor que se emite.

D-D= Número de días que transcurren desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento del próximo cupón del valor que se emite. Cuando la fecha de inicio del devengo del próximo cupón sea posterior a la fecha de emisión, o coincida con ella, se tomarán los días que transcurran entre la fecha de emisión y la fecha de inicio del devengo del próximo cupón de la referencia que se emite.

D= Número de días comprendidos en el período de devengo del próximo cupón.

La interpolación en la subasta de bonos convocada mediante esta Resolución, calculada de acuerdo con la fórmula anterior, se concreta de la siguiente manera:

- Bono 3 años, cupón 3,00 %, vto. 19.10.2007:

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 22160)

- Bono 5 años, cupón 3,45%, vto. 17.2.2009:

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