Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 06/10/2004

4. Administración de justicia

Otros. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

EDICTO de la Sección Cuarta dimanante del rollo de apelación núm. 1076/2003. (PD. 3173/2004).

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NIG: 2906737C20030003261.

Núm. Procedimiento: Recurso de Apelación Civil (N) 1076/2003.

Asunto: 401086/2003.

Autos de: Ejecutivos 612/2000.

Juzgado de origen: Juzg. de 1.ª Instancia núm. Trece de Málaga.

Negociado:

Apelante: Salvador Jiménez Ballesteros.

Procurador:

Abogado:

Apelado: Manuel Berlinches Martín, Virginia Martín Moreno y Javier Navas Martos.

Procurador: Echeverría Prados, Lourdes.

Abogado: Lanero Mayor, Angel.

E D I C T O

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA 4.

Recurso: Recurso de Apelación Civil (N) 1076/2003.

Parte Apelado.

Sobre Sentencia 20.2.2003.

En el recurso referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

"SENTENCIA NUM. 639

Audiencia Provincial de Málaga.

Sección 4.ª

Presidente: Ilmo. Sr. don Manuel Torres Vela.

Magistrados: Ilmos. Sres. don Joaquín Delgado Baena, don Melchor Hernández Calvo.

Referencia:

Juzgado de procedencia: Juzgado de 1.ª Instancia núm. Trece de Málaga.

Rollo de apelación núm. 1076/2003.

Juicio núm. 612/2000.

En la ciudad de Málaga a uno de septiembre de dos mil cuatro.

Visto, por la Sección 4.ª de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Ejecutivos seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Salvador Jiménez Ballesteros que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representado por el Procurador y defendido por el Letrado. Es parte recurrida Manuel Berlinches Martín, Virginia Martín Moreno y Javier Navas Martos que está representado por la Procuradora doña Lourdes Echeverría Prados y defendido por el Letrado don Angel Lanero Mayor, que en la instancia ha litigado como parte demandada.

Fallamos: Que estimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de don Salvador Jiménez

Ballesteros contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Málaga, debemos revocar y revocamos la citada resolución y en su lugar dictar otra por la que:

a) Que debemos mandar y mandamos seguir adelante la ejecución despachada, hasta hacer trance y remate de los bienes

embargados o que en lo sucesivo se embarguen como de la propiedad de don Manuel Berlinches Martín, doña Virginia Martín Moreno y don Javier Navas Martos y con su producto hacer entero y cumplido pago a la parte actora don Salvador Jiménez Ballesteros de la cantidad reclamada de 8.681.000 pesetas de principal, los intereses legales de dicha suma y los gastos y costas causadas y que en lo sucesivo se causen y a cuyo pago se condena a los deudores.

b) Todo ello sin hacer mención expresa, sobre las costas procesales originadas en esta alzada."

En atención al desconocimiento del actual domicilio o

residencia de la parte apelada Javier Navas Martos, de

conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la

publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Málaga, a nueve de septiembre de dos mil cuatro.El/La Secretario Judicial.

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