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Acuerdo de la Delegada Provincial en Cádiz de la Consejería de Asuntos Sociales, por el que se ordena la notificación por edicto de Resolución a doña Victoria Corbacho Santos, al estar en ignorado paradero en el expediente incoado.
En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al intentarse notificación y no poderse practicar, podrá comparecer, en el plazo de un mes, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en Cádiz, Pza. Asdrúbal, s/n, Edificio Junta de Andalucía, para la notificación del contenido íntegro de la Resolución de fecha 27 de octubre de 2003, por la que se resuelve: dejar sin efecto el acogimiento familiar del menor O.P.C., continuando esta Entidad Pública con la tutela asumida; constituir el acogimiento residencial del menor en el Centro de Tratamiento Terapeútico sito en Benalup (Cádiz); y respecto a las relaciones personales del menor con sus familiares, se deberá valorar la posibilidad de establecer un Convenio Regulador con los mismos, no existiendo ninguno previo con la progenitora, debido al desinterés mostrado por ésta respecto a su hijo. Se le significa que contra la misma podrá formularse reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia de esta Capital por los trámites prevenidos en los arts. 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, sin perjuicio de la interposición con carácter potestativo de Reclamación Previa ante el Consejero de Asuntos Sociales, de conformidad con lo que establece el art. 120 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, en relación con el art. 49.4 de la Ley/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.
Cádiz, 9 de diciembre de 2003.- La Delegada (por Decreto/1985), El Secretario General, José R. Galván de la Torre.
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