Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 30/01/2004

1. Disposiciones generales

Otros. EL DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ

RESOLUCION de 12 de enero de 2004, por la que se convoca una beca destinada a persona con retraso mental para la formación en trabajos de apoyo a tareas subalternas en la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz.

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El artículo 9.2 de la Constitución Española establece que los poderes públicos promoverán las condiciones para que la igualdad del individuo y de los grupos en que se integre sean reales y efectivas, removerán los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitarán la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. Señalando su artículo 49 que los poderes públicos realizarán una política de integración de las personas con deficiencias físicas, sensoriales y psíquicas.

De forma semejante, el artículo 12.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía recoge los principios contenidos en el artículo

9.2 de la Constitución.

Igualmente, la Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, establece en su artículo 20 como objetivo de las Administraciones Públicas potenciar el fomento de prácticas profesionales como medida para posibilitar la integración en el mercado de trabajo. Junto a ello son principios rectores de esta Ley, entre otros, el de integración (artículo 4), el de normalización (artículo 5) y el de participación de la iniciativa social (artículo 3).

Por todo ello, en virtud de las atribuciones que me confiere la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz,

RESUELVO

Convocar una beca para la formación de persona discapacitada psíquica con retraso mental, en trabajos de apoyo a tareas subalternas de la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, de acuerdo con las siguientes

BASES

Primera. La beca tendrá por objeto la formación de persona discapacitada psíquica con retraso mental en trabajos de apoyo a tareas subalternas, como medida de formación para la integración laboral de dicha persona.

Segunda. Podrán solicitar esta beca las personas que acrediten ser discapacitadas psíquicas y estén afectadas de retraso mental con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

Tercera. La beca comprende las siguientes asignaciones:

a) Una asignación mensual de 520 euros, pagaderos por mes vencido.

b) Una asignación para un seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica por un importe máximo de 580 euros, debiendo presentar en el Departamento de Gestión Económica de la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz fotocopia del recibo del seguro.

El disfrute de la beca será incompatible con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada.

Cuarta. La duración de la beca será hasta el 31 de diciembre de

2004. Al final de dicha fecha se podrá solicitar una memoria de evaluación de la actividad realizada, la beca no podrá ser prorrogada.

Quinta. La adjudicación de esta beca no supone ningún tipo de vinculación laboral o funcionarial entre el beneficiario y el Defensor del Pueblo Andaluz, ni implica compromiso alguno por parte de esta Institución, al margen de los que se deriven del objeto y desarrollo de la presente convocatoria.

Sexta. El becario que realice su programa formativo bajo la dirección del Jefe del Departamento de Documentación y

Biblioteca, deberá permanecer en la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz en los horarios que resulten del citado

programa.

Séptima. El Jefe del Departamento de Documentación y Biblioteca presentará al Secretario General una evaluación trimestral de desarrollo del programa realizado por el becario. La valoración positiva será necesaria para la continuación del disfrute de la beca hasta el final del período señalado en la base cuarta.

Octava. Las solicitudes se formalizarán en el impreso cuyo modelo figuran en el Anexo I, o fotocopia del mismo, y serán dirigidas al Excmo. Sr. Defensor del Pueblo Andaluz, adjuntando la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Certificación de los órganos competentes de cualquier Administración Pública que acredite la condición de

discapacitado psíquico con retraso mental y el grado de minusvalía.

c) Currículum vitae del solicitante.

Novena. La valoración de los méritos se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Período de formación en tareas semejantes a las que deben realizarse en el desempeño de esta actuación formativa

(trabajos de apoyo a tareas subalternas): Hasta 3 puntos (0,2 por mes completo).

b) Experiencia laboral anterior en actividades semejantes a las que deben desarrollarse de acuerdo con esta convocatoria: Hasta

2 puntos (0,2 por mes completo).

c) Estar inscrito en alguna entidad, asociación o fundación sin fin de lucro promovida por los familiares de las personas con discapacidad o sus representantes legales: 1,5 puntos.

Quedará seleccionado el aspirante que tenga mayor puntuación, y en caso de empate, quien hubiera obtenido mayor puntuación en el apartado a) de este baremo, y de persistir el empate, quien tenga reconocido un mayor grado de minusvalía.

Décima. La Comisión de Selección estará constituida por el Secretario General del Defensor del Pueblo Andaluz, quien actuará como Presidente de la Comisión, siendo los Vocales de la misma un representante de la FEAPS de Andalucía, y los Jefes de los Departamentos de Gestión Económica y de Documentación y Biblioteca de la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, actuando este último como Secretario.

Undécima. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, contado a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Duodécima. La Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz nombrando al aspirante que haya obtenido la máxima puntuación se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Decimotercera. El aspirante seleccionado deberá tomar posesión en el plazo de quince días desde la publicación de su

nombramiento.

Sevilla, 12 de enero de 2004.- El Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo de la Rubia.

ANEXO I

CONVOCATORIA DE UNA BECA DESTINADA A PERSONA CON RETRASO MENTAL PARA LA FORMACION EN TRABAJOS DE APOYO A TAREAS SUBALTERNAS EN LA OFICINA DEL DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ

SOLICITUD

DATOS PERSONALES

Primer apellido:

Segundo apellido:

Nombre:

DNI:

Dirección:

Localidad y provincia:

Código postal: ................ Teléfono:

Fecha de nacimiento:

MERITOS ALEGADOS (se acompaña documento acreditativo)

Firma del solicitante, o de su representante legal

(comprometiéndose, en caso de concesión a cumplir los

requisitos de la presente convocatoria).

En .............., a ....... de ................. de ........

EXCMO. SR. DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ

Reyes Católicos, número 21

41001 Sevilla

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