Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 30/01/2004

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Otros. AYUNTAMIENTO DE JIMENA DE LA FRONTERA

EDICTO de 15 de enero de 2004, sobre Decreto de rectificación de errores de las bases de selección de Policías Locales.

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Con fecha 15 de enero de 2004, el Ilmo. Sr. Alcalde ha dictado Decreto del siguiente tenor literal:

Visto que en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm., de 18 de diciembre de 2003, han sido publicado el Decreto aprobando las Bases Genéricas para la selección de Policías Locales en el Excmo. Ayuntamiento de Jimena de la Frontera.

Visto el escrito recibido en esta Alcaldía de fecha 9 de enero de 2004, con registro de entrada núm. de fecha 14 de enero de

2004, de la Subdelegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en el Campo de Gibraltar, en el que se comunica advertencia de error en las Bases Genéricas de Selección de Policías Locales en este Ayuntamiento.

En uso de las competencias que me atribuye el art. 21 de la Ley

7/1985 reguladora de las Bases de Régimen Local, vengo en decretar:

Primero. Corregir el Decreto de fecha, 11 de noviembre de 2003 en los siguientes términos:

Donde dice: "Segunda. Legislación aplicable.

2.1. Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley

13/2001, de 11 de junio, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, Decreto 201/2003, de ocho de julio, de selección, formación y movilidad de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía, Orden de 14 de noviembre de 2000, por la que se establecen las pruebas de acceso a las distintas categorías de los cuerpos de la Policía Local de Andalucía, modificada parcialmente, por la Orden de 14 de febrero del año

2002 y en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Ley

30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local."

Debe decir: "Segunda. Legislación aplicable.

2.1. Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley

13/2001, del 11 de junio, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, Decreto 201/2003, de ocho de julio, de selección, formación y movilidad de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía, Orden de 14 de noviembre de 2000, por la que se establecen las pruebas de acceso a las distintas categorías de los cuerpos de la Policía Local de Andalucía, modificada parcialmente por la Orden de 14 de febrero del año

2002 y en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Ley

30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, en ausencia de normativa específica será de aplicación la normativa de la función pública de la

Comunidad Autónoma de Andalucía. (Artículo 1 del Decreto

201/2003, de 8 de julio.)."

Donde dice:

"ANEXO III, Temario: .... Tema 21. Características

poblacionales, urbanas y rurales del municipio. Centros y establecimientos de interés policial, trazado urbano y red viaria del municipio de Jimena de la Frontera."

Debe decir:

"ANEXO III, Temario:... Tema 21. Características poblacionales, urbanas y rurales del municipio. Centros y establecimientos de interés policial."

Segundo. Ordenar la publicación de la presente resolución en el BOP y en el BOJA, así como su comunicación a la Subdelegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en el Campo de

Gibraltar."

Jimena de la Frontera, 15 de enero de 2004.- El Alcalde, Ildefonso S. Gómez Ramos.

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