Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 201 de 14/10/2004

1. Disposiciones generales

Consejería de la Presidencia

ORDEN de 23 de septiembre de 2004, por la que se aprueba la Carta de Servicios del Servicio de Publicaciones y BOJA.

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Visto el proyecto de la Carta de Servicios elaborado por la Secretaría General Técnica de la Consejería de la Presidencia, y de acuerdo con el informe favorable de la Dirección General de Administración Electrónica y Calidad de los Servicios, en uso de la competencia que me confiere el artículo.1 del Decreto 317/2003, de 18 de noviembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios, el sistema de evaluación de la calidad de los servicios y se establecen los Premios a la Calidad de los servicios públicos.

R E S U E L V O

1. Aprobar la Carta de Servicios del Servicio de Publicaciones y BOJA, órgano dependiente de la Secretaría General Técnica de la Consejería de la Presidencia, que se incorpora como Anexo a esta Orden.

2. Ordenar la publicación de la presente Resolución y de la Carta de Servicios del Servicio de Publicaciones y BOJA en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3. La presente Carta de Servicios tendrá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de septiembre de 2004

GASPAR ZARRIAS AREVALO

Consejero de la Presidencia

A N E X O

CARTA DE SERVICIOS DEL SERVICIO DE PUBLICACIONES Y BOJA

La Carta de Servicios del Servicio de Publicaciones y BOJA, órgano dependiente de la Secretaría General Técnica de la Consejería de la Presidencia, tiene como propósito general que la ciudadanía conozca de una manera clara y explícita las prestaciones y los estándares de calidad a que tienen derecho. Para ello se facilitará a los usuarios y usuarias, la obtención de información, las formas de acceso y la posibilidad de colaborar activamente en la mejora de los servicios proporcionados por este Servicio.

Esta Carta tiene como objetivo mejorar la utilidad del

Servicio de Publicaciones y BOJA a las personas usuarias y en consecuencia, el Servicio adoptará las medidas necesarias para garantizar que el contenido de la presente Carta se aplique por todas las personas que lo integran.

DATOS DE CARACTER GENERAL

1. Datos identificativos.

1.1. Datos identificativos del Servicio de Publicaciones y BOJA.

El Servicio de Publicaciones y BOJA está adscrito a la Secretaría General Técnica de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía y se estructura en la Sección de Ediciones, Sección de Administración y Coordinación de Talleres.

1.2. Misión del Servicio de Publicaciones y BOJA.

El Servicio de Publicaciones y BOJA es el encargado de editar, distribuir y vender el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, cuya publicación constituye el medio necesario para la entrada en vigor de las disposiciones normativas

confiriendo carácter auténtico al texto publicado y medio necesario de publicidad de determinados actos administrativos o de orden privado cuya publicación sea requerida por la normativa aplicable.

También realiza otras ediciones, tales como repertorios, estudios, compilaciones, textos legales, memorias y en general cualesquiera otra publicación que puede tener interés para la Junta de Andalucía y así se le encargue.

1.3. Identificación de la Unidad responsable de la

elaboración, gestión y seguimiento de la Carta de Servicios.

Hasta tanto se constituyan las distintas Unidades de Calidad en la estructura orgánica de la Junta de Andalucía será el Servicio de Publicaciones y BOJA el responsable de la

coordinación operativa en los trabajos de elaboración, gestión y seguimiento de la presente Carta de Servicios.

1.4. Formas de colaboración y participación con el

Servicio de Publicaciones y BOJA.

Las personas usuarias de los servicios que presta el

Servicio de Publicaciones y BOJA, en su calidad de clientes, externos o internos, insertantes o suscriptores, pueden colaborar en la mejora de la prestación del servicio a través de los siguientes medios:

a) Mediante la expresión de sus opiniones en las encuestas que periódicamente se realicen sobre servicios concretos.

b) En cualquier momento, a través del Libro de Sugerencias y Reclamaciones de la Junta de Andalucía.

c) Mediante su participación en reuniones y encuentros que se organicen al efecto.

2. Servicios.2.1. Relación de servicios que presta.

El Servicio de Publicaciones y BOJA desarrolla sus

atribuciones mediante la prestación de los servicios

siguientes:

a) Publicar el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). De conformidad con el artículo 5 de su Reglamento, cuando le sean remitido para ello insertará en dicho Boletín: Leyes, decretos, reglamentos, órdenes, circulares, convenios, instrucciones, estatutos, estadísticas u otras disposiciones y documentos que emanen de la Presidencia de la Junta de

Andalucía, de las Consejerías o de los organismos de su Administración; así como disposiciones estatales que tengan incidencia directa en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Los nombramientos, situaciones e incidencias del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma, en los casos en que así lo disponga un precepto de carácter general.

Las convocatorias e incidencias para la provisión de plazas en todas las ramas de la Administración de la Comunidad Autónoma, así como las relaciones de personal de todos los servicios dependientes de la Junta de Andalucía.

Las resoluciones, anuncios o documentos procedentes de

corporaciones o entidades públicas, organismos autónomos y organismos de interés público, cuando así lo establezca una disposición general.

Los anuncios de ventas, subastas y concursos para la

contratación de obras o suministros, servicios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma Central, provincial o municipal, en los casos y en la forma que determinen las disposiciones vigentes.

Relaciones concernientes a emisiones de deuda pública,

convenios, amortizaciones, canjes, libramientos de pago y entrega de valores, así como los anuncios referentes a la recaudación de tributos y sus incidencias.

La devolución de fianzas, tanto de los particulares como de los funcionarios públicos y agentes mediadores de comercio.

Las sentencias dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y los anuncios de la Administración de Justicia.

Los anuncios particulares.

Y, en general, todo aquello que concretamente disponga alguna norma jurídica.

b) Gestionar la solicitud y renovación de las suscripciones, así como los cambios de domicilio, de titular o de cualquier otra incidencia que pueda producirse.

c) Mantener una red de puntos de venta del BOJA y otras publicaciones en todo el territorio de la Comunidad Autónoma, mediante los correspondientes acuerdos con librerías

particulares.

d) Distribuir el Boletín a los suscriptores y puntos de venta.

e) Editar los contenidos del BOJA en Internet.

f) Gestionar los cobros correspondientes a las liquidaciones por suscripciones, inserciones de anuncios y venta de

publicaciones.

g) Editar y distribuir otras publicaciones (estudios,

documentos, legislación...).

2.2. Normativa reguladora de los servicios prestados por el Servicio de Publicaciones y BOJA.

Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía de Andalucía, artículo 31.2. (BOJA núm. 2, de

1.2.82).

Decreto 205/1983, de 5 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. (BOJA núm. 82, de 14.10.83).

Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA núm. 55, de 14.7.88).

Resolución de 1 de septiembre de 1995, por la que se establece el procedimiento a seguir para la remisión de disposiciones para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía gravadas en soporte magnético. (BOJA núm. 118, de

2.9.95).

Circular núm. 10/1983, de 26 de octubre. Instrucciones sobre el Reglamento del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Resolución de 22 de abril de 1997, de la Secretaría General Técnica, sobre la remisión en soporte magnético de

disposiciones, anuncios, sentencias y demás documentos que hayan de publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. (BOJA núm. 51, de 3.5.97).

Decreto 347/2004, de 25 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, artículos 1 y 8. (BOJA núm. 104, de 28.5.2004).

3. Derechos de las personas usuarias de los servicios.

3.1. Derechos de las personas usuarias.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las

personas usuarias de los servicios tienen derecho a:

a) Ser tratadas con el debido respeto y consideración.

b) Recibir información de interés general y específica en los procedimientos en los que sean interesadas, que se tramiten en este Organismo de manera presencial, telefónica, informática y telemática.

c) Ser atendidas directa y personalizadamente.

d) Obtener la información administrativa de manera eficaz y rápida.

e) Recibir una información administrativa real, veraz y accesible, dentro de la más estricta confidencialidad.

f) Obtener una orientación positiva.

g) Conocer la identidad de las autoridades y personal que les atiende o tramita los procedimientos en que sean parte.

4. Sugerencias y reclamaciones.

4.1. Libro de Sugerencias y Reclamaciones.

Las personas usuarias tienen reconocido su derecho a formular sugerencias y reclamaciones sobre el funcionamiento de los servicios prestados por la Administración de la Junta de Andalucía.

El Libro de Sugerencias y Reclamaciones es también un

instrumento que facilita la participación de la ciudadanía en sus relaciones con el Servicio de Publicaciones y BOJA, ya que ésta puede presentar las reclamaciones oportunas cuando considere haber sido objeto de desatención, tardanza o

cualquier otra anomalía, así como formular cuantas sugerencias estime convenientes en orden a mejorar la eficacia de los servicios.

El Libro de Sugerencias y Reclamaciones se encuentra ubicado en formato papel en todos los Registros de documentos de la Junta de Andalucía. También está disponible en Internet en formato electrónico.

4.2. Formas de presentación de las Sugerencias y

Reclamaciones.

Las personas usuarias que pretendan formalizar una sugerencia o reclamación podrán hacerlo, rellenando las hojas

autocopiativas del Libro en los Registros de documentos de la Administración de la Junta de Andalucía, y presentándola en el propio Registro, en los Ayuntamientos o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, o por Internet, rellenando el formulario electrónico en la página web: www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/

1sr/index.jsp.

Si la sugerencia o reclamación se realiza por Internet y se dispone de un certificado digital, el formulario se firmará digitalmente y se presentará electrónicamente y de forma automática en el Registro telemático único de la Junta de Andalucía desde la mencionada página web. Si se realiza por Internet pero no se dispone de un certificado digital, la misma deberá ser impresa en papel, firmada y presentada en cualquier Registro de documentos de la Administración de la Junta de Andalucía y en los Ayuntamientos andaluces, o en las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, donde se devolverá copia sellada.

4.3. Tramitación.

La Inspección General de Servicios llevará el control de las denuncias, quejas, sugerencias o reclamaciones que se

presenten en relación con el funcionamiento de los servicios prestados por el Servicio de Publicaciones y BOJA ante cuyo servicio se formuló la sugerencia o reclamación

correspondiente para que adopte las medidas que correspondan, debiendo éste notificar a quien hizo la sugerencia o

reclamación, en el plazo de quince días, las actuaciones realizadas y los resultados obtenidos, dándose cuenta también, en el mismo plazo, de lo actuado a la Inspección General de Servicios.

5. Direcciones y formas de acceso.

5.1. Direcciones postales, telefónicas y telemáticas.

Para contactar con el Servicio de Publicaciones y BOJA las personas interesadas podrán dirigirse a:

Direcciones: Carretera de la Isla Menor, s/n.

Apartado Oficial Sucursal núm. 11. Bellavista, 41014

(Sevilla).

Teléfono: 955 034 800.

Fax: 955 034 805.

Dirección de Internet: www.juntadeandalucia.es/presidencia.

Dirección de correo electrónico: sugerencias.boja.

cepre*juntadeandalucia.es

5.2. Formas de acceso y transporte.

Al Servicio de Publicaciones y BOJA se puede acceder mediante transporte público desde la parada de autobús de la línea siguiente:

Línea de autobús urbano de Sevilla número 72, con parada en Bellavista.

DATOS DERIVADOS DE COMPROMISOS DE CALIDAD Y DE LA NORMATIVA APLICABLE

6. Compromisos de calidad.

6.1. Niveles de compromisos de calidad ofrecidos.

La relación de servicios correspondientes al Servicio de Publicaciones y BOJA se prestarán y reconocerán conforme a los siguientes compromisos de calidad:

a) Publicar el BOJA sin erratas.

b) Inserción inmediata de los documentos en el BOJA.

c) Distribuir el BOJA el día de su publicación.

d) Tener al menos un distribuidor del BOJA en cada una de las provincias andaluzas.

e) Gestionar las devoluciones que se produzcan en la entrega de los BOJA a los suscriptores.

f) Incluir en Internet el BOJA el mismo día de su publicación.

g) Facilitar la consulta del BOJA en las Bibliotecas Públicas andaluzas.

h) Mantener el equilibrio financiero en la gestión del BOJA.

7. Indicadores.7.1. Indicadores de calidad.

Con el fin de verificar el nivel obtenido en el cumplimiento de los compromisos adquiridos en esta Carta por el Servicio de Publicaciones y BOJA, se establecen los siguientes indicadores del nivel de calidad y eficacia de los servicios prestados por este Servicio:

a) Erratas producidas en el BOJA.

b) Tiempo de inserción (Fecha BOJA - Fecha entrada).

c) Número de disposiciones publicadas.

d) Número de páginas de BOJA publicadas.

e) Número de fascículos de BOJA publicados.

f) Tirada media del BOJA.

g) Número de consultas del BOJA en Internet.

h) Número de ediciones de libros.

i) Páginas de libro publicadas.

j) Ratio Gastos/Ingresos.

DATOS DE CARACTER COMPLEMENTARIO

8. Horarios y otros datos de interés.

8.1. Horarios de atención al público.

La presentación de documentos para ser insertados en el BOJA, así como las solicitudes de suscripción o de renovación, se pueden presentar en el Registro del Servicio que atiende de

9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes.

No obstante lo anterior, se pueden depositar documentos sin comprobante de entrada de 8,00 a 22,00 horas, retirando el comprobante al día siguiente en el horario de Registro.

8.2. Normas para la suscripción al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

8.2.1. Solicitudes.

Las suscripciones al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía están sujetas al pago previo de las correspondientes tasas (art. 25.a) de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía).

Las solicitudes de suscripción deberán dirigirse al Servicio de Publicaciones y BOJA, Apartado Oficial Sucursal núm. 11. Bellavista. 41014, Sevilla.

8.2.2. Plazos de suscripción.

Las suscripciones al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía serán por período de un año indivisible (art. 28 de la Ley

4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía).

La solicitud de las suscripciones se efectuará dentro del mes anterior al inicio del período de suscripción que se desee (art., punto, del Reglamento del BOJA, Decreto 205/1983, de 5 de octubre).

8.2.3. Tarifas.

El precio de cada suscripción que se realice en el año 2004 es de 151,58 euros.

8.2.4. Forma de pago.

El pago de la suscripción se realizará de conformidad con la liquidación que se practique por el Servicio de Publicaciones y BOJA al aceptar la solicitud. En dicha liquidación se detallará la forma de pago.

No se aceptarán pagos ni ingresos de ningún tipo que se realicen de forma distinta a la indicada en la liquidación.

8.2.5. Envío de ejemplares.

El envío, por parte del Servicio de Publicaciones y BOJA, de los ejemplares del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, comenzará a hacerse una vez tenga entrada en dicho Servicio el ejemplar para la Administración del Mod. 046 mecanizado por el Banco o Caja de Ahorros.

En el caso de que el ejemplar para la Administración del Mod. correspondiente al período de suscripción solicitado tenga entrada en este Servicio una vez comenzado el mismo, el envío de los Boletines será a partir de dicha fecha de entrada.

8.3. Normas para la publicación de anuncios en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

8.3.1. Clases de anuncios.

En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se insertarán anuncios de tres clases: Oficiales, de previo pago y de pago en su día.

8.3.2. Solicitudes de inserción.

El escrito de remisión y dos originales de cada texto que se desee insertar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, será dirigido al Servicio de Publicaciones y BOJA, Apartado Oficial Sucursal núm. 11. Bellavista. 41014, Sevilla.

El Servicio de Publicaciones y BOJA admitirá para su

publicación los anuncios que reúnan los requisitos exigidos por las disposiciones legales que les afecten, pudiendo ser rechazados o devueltos para su corrección aquellos que no los reúnan.

El Organismo, Entidad o particular que estime que un

determinado anuncio o texto debe ser gratuito, deberá

justificarlo en el escrito de solicitud e indicar el precepto legal que así lo prescriba.

8.3.3. Tarifa.

El precio de la inserción en el BOJA para el año 2004 es de

2,15 euros, por cada milímetro de altura en columna de

dieciocho cíceros que ocupe el anuncio, incluido sumario e índice del boletín.

8.3.4. Forma de pago.

Recibido el anuncio, el Servicio de Publicaciones y BOJA le asignará un número de referencia, valorará la tasa y lo comunicará seguidamente al Organismo, Entidad o particular que lo remitió, del modo más rápido posible. En dicha liquidación se detallará la forma de pago.

No se aceptarán pagos ni ingresos de ningún tipo que se realicen de forma distinta a la indicada en la comunicación que se practique.

8.3.5. Publicación.

Una vez que el Organismo, Entidad o particular que remitió el anuncio haya dejado constancia documental en el Servicio de Publicaciones y BOJA de que se ha efectuado el pago del anuncio, se procederá a la inmediata inserción del mismo en el BOJA.

8.4. Normas para la adquisición de ejemplares sueltos y otras publicaciones.

8.4.1. Solicitudes.

Los ejemplares sueltos del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y las publicaciones editadas por el Servicio de Publicaciones y BOJA pueden adquirirse, además de en nuestra sede, en las librerías colaboradoras.

8.4.2. Precios.

El precio del ejemplar suelto del Boletín es de 0,75 euros.

Los precios de las publicaciones son los establecidos en sus respectivas órdenes, que se detallan en nuestro catálogo de publicaciones.

8.4.3. Forma de pago.

Los ejemplares sueltos del Boletín y las publicaciones

adquiridas en nuestra sede se abonarán de conformidad con la liquidación que se practique por el Servicio de Publicaciones y BOJA al aceptar la solicitud, en dicha liquidación se detallará la forma de pago.

Los adquiridos en las librerías colaboradoras, que tienen el mismo precio que los adquiridos en nuestra sede, se abonarán en la forma establecida por las mismas.

8.4.4. Librerías colaboradoras.

Almería:

Picasso. Reyes Católicos, núm. 17. 04001, Almería.

Cruz Grande, Librería y Papelería. Las Lisas, núm.. Cuevas de Almanzora. 04810, Almería.

Cádiz:

Quórum Libros, S.A.L. Ancha, núm. 27. 11001, Cádiz.

Córdoba:

Luque Libros, S.L. Cruz Conde, núm. 19. 14002, Córdoba.

Librería Universitas. Rodríguez Sánchez, núm. 14. 14003, Córdoba.

Granada:

Librería Fleming. Plaza de la Universidad, s/n, 2.ª, 18001, Granada.

Huelva:

Galería del Libro. Ginés Martín, núm. 2. 21002, Huelva.

Jaén:

Técnica Universitaria. Avda. de Madrid, núm. 33. 23008, Jaén.

S.C.A. Papelería Librería Cruz. Plaza del Posito, núm.. 23001, Jaén.

Málaga:

Librería Logos. Duquesa de Parcent, núm. 10. 29001, Málaga.

Sevilla:

Al-Andalus. Roldana, núm. 4. 41004, Sevilla.

Céfiro. Virgen de los Buenos Libros, núm. 1. 41002, Sevilla.

Guerrero. García de Vinuesa, núm. 35. 41001, Sevilla.

La Casa del Libro. Fernando IV, núm. 23. 41011, Sevilla.

Técnica Agrícola. Juan Ramón Jiménez, núm. 7. 41004, Sevilla.

Periódicamente se actualiza esta relación de librerías

colaboradoras, al igual que las tarifas de suscripción y de inserción, en las páginas de publicidad del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la dirección de Internet recogida en el punto 5.1 de este Anexo.

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