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Los Plenos del Patronato de Recaudación y de la Diputación Provincial de Málaga, en las sesiones celebradas los días 19 y
22 de julio de 2004 respectivamente, aprobaron las bases reguladoras que a continuación se detallan, efectuándose la convocatoria por Decreto de la Presidencia del Patronato núm.
901/2004, de 14 de septiembre.
Bases reguladoras del proceso selectivo correspondiente a la convocatoria para la provisión de 24 plazas de funcionarios de carrera del Patronato de Recaudación Provincial de Málaga, mediante el proceso de promoción interna del personal laboral fijo adscrito al citado Organismo.
Contemplándose en el vigente Convenio Colectivo aplicable al personal laboral, en su Disposición Adicional décima, el inicio de las negociaciones para la funcionarización de dicho personal, y habiendo concluido las mismas, procede llevar a efecto el proceso selectivo para que el personal laboral fijo pueda adquirir la condición de funcionario en los cuerpos o escalas equivalentes a sus respectivos grupos y categorías profesionales, siempre que desempeñen funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico, a través de un turno específico de promoción interna del personal laboral fijo adscrito al Patronato de Recaudación Provincial de Málaga, siempre que reúnan los requisitos de titulación y demás exigibles en cada caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, en su nueva redacción dada por la Ley 62/2003, de 30 de diciembre.
La presente convocatoria se ajustará a lo establecido en la Ley 7/85, de Bases de Régimen Local, R.D.L. 781/86, Real Decreto 364/95, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y el Real Decreto 896/91, de
7 de junio, por el que se establece las reglas básicas a que deben ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
Las plazas no cubiertas por este turno, no podrán acumularse a otros turnos selectivos.
OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad por el sistema de oposición de 24 plazas de funcionarios adscritas a la plantilla del Patronato de Recaudación Provincial de Málaga, mediante el proceso de promoción interna del personal laboral fijo, distribuida de la siguiente manera:
Plaza que se opta Núm. Plazas Grupo Anexo
Técnico Gestión II 1 C I
Oficial Gestión 2 D II
Oficial Explotación 1 D III
Auxiliar Gestión I 2 D IV
Auxiliar Gestión II 16 D V
Auxiliar Administrativo 1 D VI
Auxiliar Explotación 1 D VII
1. Normas generales.
1.1. Notas genéricas de las plazas.
1.1.1. Características de las plazas.
Las funciones y retribuciones que correspondan a la plaza objeto de la presente convocatoria, serán las establecidas por el Patronato de Recaudación Provincial de Málaga, para cada grupo y nivel de acuerdo, todo ello, con la normativa legal vigente y lo dispuesto en los acuerdos suscritos entre el Patronato de Recaudación y sus funcionarios.
1.1.2. Adscripción a puestos de trabajo.
El personal seleccionado realizará la jornada y horario normal de trabajo y tendrá como destino inicial el mismo que venía ocupando en régimen laboral.
2. Sistemas selectivos.
2.1. Determinación del sistema selectivo.
El sistema selectivo, para la provisión de cada una de las plazas objeto de la presente Convocatoria, será el de
oposición.
La oposición, salvo que se disponga otra cosa en las normas particulares, constará de dos pruebas obligatorias de carácter eliminatorio cada una de ellas.
Cada una de las pruebas podrá estar integrada por uno o más ejercicios, circunstancia que se especificará en las normas particulares que regirán para cada plaza.
Primera prueba: De carácter eliminatorio y obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta, relacionado con el programa que se detalla en cada anexo.
El Tribunal deberá informar a los candidatos, antes de la realización del ejercicio tipo test, la incidencia que tendrá en la puntuación del mismo, las preguntas no contestadas (en blanco) o/y las contestadas erróneamente.
Segunda prueba: De carácter eliminatorio y obligatorio para todos los aspirantes. Se desarrollará por escrito, teniendo un carácter eminentemente práctico, quedando concretado su contenido y duración, bien en las normas particulares de las plazas a cubrir, bien por el Tribunal encargado de calificar las pruebas.
El Tribunal determinará, en el anuncio que se señale la fecha de realización de este ejercicio, el posible uso de textos de consulta y material específico para el desarrollo de esta prueba, en la que se valorará, preferentemente, la capacidad de raciocinio, sistemática en el planteamiento, formulación de conclusiones y la adecuada interpretación de los
conocimientos.
3. Calificación de las pruebas.
3.1. Las pruebas selectivas se calificarán de la siguiente forma:
Las pruebas obligatorias, cualquiera que sea el número de los ejercicios de que consten, se calificarán en su totalidad. Cada ejercicio se puntuará de cero a diez puntos, siendo indispensable para pasar al siguiente obtener un mínimo de cinco puntos.
Las calificaciones de cada prueba se obtendrán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del
Tribunal, y dividiendo los totales por el número de aquellos, siendo el cociente la calificación definitiva, de modo que por cada prueba pueda obtenerse un máximo de 10 puntos. Si una prueba se integra por dos o más ejercicios, cada uno de ellos se puntúa de acuerdo con los criterios expuestos, sumando luego la puntuación de todos y dividiéndolo por el número de ejercicios, lo cual determinará la puntuación de la prueba que, como ha quedado expuesto, podrá alcanzar un máximo de diez puntos, requiriéndose un mínimo de cinco puntos para pasar a la siguiente.
3.2. Puntuaciones: Si alguna de las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal se diferenciase de la nota media en más de tres puntos, se realizará una nueva nota media, sin tener en cuenta dicha/s puntuación/es extrema/s.
3.3. Calificación final: Esta vendrá dada por la suma de los puntos obtenidos en cada una de las pruebas celebradas.
4. Requisitos de los aspirantes.
4.1. Para poder participar en las pruebas selectivas, de cualquiera de las plazas convocadas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales, sin perjuicio de los especificados en las normas particulares de cada plaza:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos 18 años.
c) Estar vinculado por la relación laboral de carácter
indefinido con el Patronato de Recaudación Provincial de Málaga, habiendo prestado servicios efectivos durante al menos dos años con este carácter, en categorías del grupo
profesional a que pertenezcan o en categorías de otro grupo profesional para cuyo acceso se exija el mismo nivel de titulación.
d) Estar en posesión del título exigido para cada plaza, según se especifique en las correspondientes normas particulares, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. Los títulos tendrán carácter de mínimos, siendo válidos aquellos otros superiores de la misma rama, en su caso.
e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño normal de las funciones correspondientes a cada plaza.
f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
4.2. Los requisitos, establecidos en la presente base, deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de
solicitudes y mantenerse durante el procedimiento de selección hasta el momento de su nombramiento.
5. Solicitudes.5.1. Forma: Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas, deberán presentar solicitud en donde conste sus datos personales, domicilio, número de teléfono de contacto, en su caso, plaza a la que aspira, así como una declaración expresa de que reúne todos los requisitos exigidos en la convocatoria.
A tal efecto el Patronato de Recaudación Provincial de Málaga, facilitará gratuitamente en el Departamento de Personal, un modelo normalizado.
5.2. Organo al que se dirigen: Las solicitudes se dirigirán al Presidente del Patronato de Recaudación Provincial de Málaga.
5.3. Lugar y plazo de presentación: La presentación de
solicitudes podrá hacerse en el Registro General del Patronato de Recaudación Provincial de Málaga, sito en calle Severo Ochoa, núm. 21 -Parque Tecnológico de Andalucía- Málaga, C. Postal: 29590, o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
6. Admisión de aspirantes.
6.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, tras el examen de las mismas, el Patronato de Recaudación
Provincial dictará resolución, en el plazo máximo de tres meses, declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Se establece un plazo común de 10 días para poder subsanar los defectos de que adolezcan las solicitudes, así como para presentar reclamaciones aquellos aspirantes excluidos.
6.2. Transcurrido el plazo de reclamaciones, en caso de haberlas, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que el Patronato de Recaudación apruebe las listas
definitivas, a las que se darán publicidad mediante la
inserción de edictos en el "Boletín Oficial de la Provincia" y en el tablón de anuncios de las Oficinas Centrales del
Patronato de Recaudación. Esta publicación será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones y recursos contra las listas definitivas de admitidos.
7. Tribunales.7.1. Los Tribunales para la selección de
personal funcionario, cuyos miembros contarán con voz y voto, estarán compuestos de la siguiente forma, según lo dispuesto en el artículo 4, apartados e) y f) del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio:
- Presidente: El del Patronato de Recaudación Provincial o miembro en quien delegue.
- Secretario: El del Patronato de Recaudación Provincial o funcionario en quien delegue.
- Vocales:
a) Designado/s por la Presidencia del Patronato.
b) Un representante de la Junta de Andalucía técnico en la materia, en representación de la Comunidad Autónoma.
c) Un funcionario de carrera designado por el Patronato de Recaudación a propuesta de la Junta de Personal.
Los vocales de cada uno de los Tribunales deberán tener igual o superior nivel académico al exigido a los aspirantes a cada una de las vacantes.
7.2. Se designarán miembros suplentes que, alternativamente con los titulares respectivos, integrarán los Tribunales de selección.
7.3. Los Tribunales de selección no podrán constituirse ni actuar sin la presencia de, al menos, la mitad más uno de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente, siendo imprescindible la presencia del Presidente y el Secretario o persona que los sustituya.
7.4. Los Tribunales de selección podrán incorporar a cuantos especialistas-asesores consideren oportuno para el mejor desarrollo y celeridad en la relación de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y a las funciones que determine el Tribunal que solicite su asistencia, no teniendo en ningún caso voto.
7.5. Los miembros de los Tribunales serán propuestos por las respectivas representaciones y serán nombrados por la
Presidencia del Patronato.
7.6. Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Presidente del Patronato, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior, en los términos establecidos en la referida Ley.
7.7. Los Tribunales de selección adaptarán el tiempo y medios de los aspirantes minusválidos, de forma que gocen de igualdad de oportunidades con los demás participantes.
7.8. Los presidentes de los Tribunales adoptarán las medidas oportunas para garantizar, siempre que ello sea posible, que los ejercicios escritos sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7.9. Los Tribunales quedan facultados para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden de la convocatoria.
7.10. Los miembros de los Tribunales serán indemnizados de acuerdo con la normativa que regule esta materia.
8. Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.
8.1. El Tribunal determinará la fecha, hora y lugar en que se realizará el primer ejercicio, anunciándolo al menos con quince días de antelación, mediante publicación en el tablón de anuncios de las Oficinas Centrales del Patronato de
Recaudación. El llamamiento a las pruebas se efectuará, por cada Tribunal, mediante publicación en el tablón de anuncios de las Oficinas Centrales del Organismo y del lugar en donde se estén llevando a cabo las mismas, sin que entre la
terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente exista un plazo inferior a 24 horas, aunque el Tribunal podrá
establecer un plazo menor cuando las circunstancias así lo aconsejen y muestren su conformidad la totalidad de los interesados a la prueba de que se trate. Cuando cualquiera de los ejercicios requiera más de una sesión para su práctica, el Tribunal lo anunciará por el procedimiento indicado, con una antelación de, al menos 12 horas, relacionando a los
aspirantes que quedan convocados para la sesión siguiente.
8.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos, de las pruebas
selectivas, quienes no comparezcan, salvo en los casos
debidamente justificados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal, y en todo caso, la exclusión tendrá lugar cuando el ejercicio sea simultáneo e igual para todos los aspirantes.
8.3. Iniciadas las pruebas selectivas, el Tribunal podrá requerir, en cualquier momento, a los aspirantes para que acrediten su personalidad.
8.4. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la
convocatoria, lo comunicará al Presidente del Patronato, el cual deberá dar cuenta a los órganos competentes de la
inexactitud o falsedad en que hubiera podido incurrir el aspirante, a los efectos procedentes.
9. Lista de aprobados, presentación de documentos y
nombramientos de funcionarios de carrera.
9.1. Al finalizar cada prueba, el Tribunal hará públicas, en el tablón de anuncios de las Oficinas Centrales del Patronato, las listas en orden decreciente de puntuación.
9.2. Finalizada la calificación de todas las pruebas, el Tribunal hará pública la relación definitiva de aspirantes propuestos para cubrir las vacantes convocadas, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones otorgadas en cada prueba y el resultado final. Dicha relación, en forma de propuesta, será elevada a la Presidencia del Patronato.
En todo caso, el Tribunal no podrá declarar como aprobados ni proponer a un número mayor de candidatos que el de plazas a ocupar, no suponiendo, bajo ningún concepto, que las
puntuaciones obtenidas, sean las que fuesen, otorguen ningún derecho a los aspirantes, salvo a los propuestos por el Tribunal.
9.3. En el plazo de 20 días naturales, a contar desde la publicación, en el "Boletín Oficial de la Provincia", de las relaciones de aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar, en el Departamento de Personal del Patronato de Recaudación, los siguientes documentos:
a) Documento Nacional de Identidad.
b) Certificado de Nacimiento expedido por el Registro Civil correspondiente.
c) Fotocopia, debidamente compulsada, del título exigido, o documento equivalente.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
e) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el servicio. El Organismo se reserva el derecho de someter a reconocimiento facultativo al candidato, si observase omisiones, insuficiencias o
inexactitudes en el documento expedido.
f) Cualquier otra certificación que se exija en los requisitos específicos detallados en las normas particulares de cada plaza.
g) Declaración de no hallarse incursos en causa de incapacidad o incompatibilidad, de acuerdo con la legislación vigente.
9.4. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria, mediante cualquier medio de pruebas admisible en derecho.
9.5. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 4.ª, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial. En caso de que alguno de los
aspirantes que fuesen propuestos para ser nombrados
funcionarios, no cumpliesen alguno de los requisitos será en su lugar propuesto el siguiente que, habiendo superado la selección, no hubiese sido nombrado por existir otro candidato con una puntuación superior.
9.6. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Patronato de Recaudación elevará a definitivas las propuestas de nombramiento elaboradas en su día por los respectivos Tribunales, y se procederá a la toma de posesión de los candidatos en el plazo de 30 días naturales, contados a partir de la fecha de notificación.
9.7. El aspirante que no tomara posesión de su cargo en el plazo señalado, sin causa justificada, se entenderá que renuncia a la plaza.
10. Normas finales.
10.1. Las pruebas selectivas se realizarán de acuerdo con lo establecido en la Base 2.ª y/o en cada uno de los anexos, con sujeción en todo caso, a lo dispuesto en la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado, y demás
disposiciones legales aplicables, de modo que se garanticen, en todo momento, los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, quedando además facultados los Tribunales para resolver y adoptar los acuerdos pertinentes, con plena
autonomía y libertad en sus decisiones, para los casos de dudas, empates, orden y cuantas cuestiones puedan surgir durante las pruebas selectivas.
10.2. La presente convocatoria, con las correspondientes bases, se publicará en el BOP, BOJA y tablón de anuncios de las Oficinas Centrales del Patronato de Recaudación. La composición de los Tribunales, las listas de admitidos y excluidos, así como la determinación de los lugares y fechas de celebración de las primeras pruebas de cada proceso
selectivo, se publicarán en el BOP y en el tablón de anuncios de las Oficinas Centrales del Patronato de Recaudación. En el "Boletín Oficial del Estado" se publicará extracto detallado de esta convocatoria, comenzando a contar los plazos, a efectos administrativos, desde la fecha de la referida
publicación.
10.3. La convocatoria y sus bases podrán ser objeto, con carácter potestativo, de recurso de reposición, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el BOP, ante el mismo órgano que lo dictó; o bien interponer, directamente, recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Málaga, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación en el BOP. Igualmente, los actos de los Tribunales a los que se refiere el art. 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, podrán ser objeto de recurso de alzada ante el Patronato de Recaudación, en el plazo de un mes desde la fecha de su publicación o
notificación. Contra los restantes actos de trámite podrán los interesados presentar escrito de alegaciones, en el plazo de tres días desde la fecha de su publicación o notificación, para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento, y para la impugnación de tales actos en el recurso administrativo que, en su caso, se interponga contra la misma.
ANEXO I
Convocatoria de 1 plaza de Técnico Gestión II
1. Normas particulares.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema selectivo de oposición de una plaza de Técnico Gestión II, en régimen funcionarial. Dicha plaza se encuadra en la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Plazas Cometidos Especiales.
1.2. Titulación específica: Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.
1.3. Desarrollo de las pruebas selectivas: La oposición constará de dos pruebas obligatorias, rigiéndose las mismas, salvo lo que se especifique a continuación, por las
directrices establecidas en la base 2.ª de las normas
generales.
Primera prueba: Consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta, relacionado con los temas generales y
específicos del programa que se detalla en el presente anexo.
Segunda prueba: Consistirá en la resolución o realización de una o más pruebas prácticas, relacionadas con los temas específicos del programa.
1.4. Programa para la plaza de Técnico Gestión II.
Temas Generales:
1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Características y estructura.
2. El acto administrativo: concepto y clases de actos
administrativos. Elementos del acto administrativo. Eficacia y validez de los actos administrativos.
3. Comunicaciones y Notificaciones.
4. Organización y competencias Municipales y Provinciales.
5. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales:
Convocatoria. Orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y Certificados de acuerdos.
6. Del Personal al servicio de las Entidades Locales. La Función Pública Local. Organización. Selección.
7. El Presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Su control y
fiscalización.
8. Modos de gestión de los servicios públicos.
Temas Específicos:
1. El Patronato de Recaudación Provincial. Naturaleza.
Organización. Objetivos y funciones.
2. Los ingresos de derecho público.
3. Tributos: Conceptos y clases. Los elementos estructurales del tributo. Devengo y exenciones.
4. La Gestión de los tributos. El procedimiento de gestión tributaria. Competencia de los órganos de gestión.
5. Declaraciones y autoliquidaciones.
6. Diligencias administrativas. Requisitos.
7. La Gestión Recaudatoria. Concepto. Objeto. Organización y normativa reguladora.
8. Los órganos recaudadores. Obligados al pago. Domicilio.
9. Requisitos y medios de pago.
10. Justificantes del pago. Garantías del pago. Efectos e imputación del pago.
11. Aplazamiento y Fraccionamiento del pago.
12. Otras formas de extinción de las deudas: Prescripción. Compensación. Condonación e insolvencia.
13. Procedimiento de recaudación en período voluntario. Prórroga. Plazos y Recargos.
14. Recaudación de deudas de vencimiento periódico y
notificación colectiva.
15. Procedimiento de recaudación en vía de apremio:
Disposiciones generales. Actuaciones previas al embargo.
16. Procedimiento de apremio: Embargo en dinero en cuentas abiertas entidades de depósito. Embargo de créditos efectos y valores a corto plazo. Embargo de sueldos, salarios y
pensiones.
17. Procedimiento de apremio: Embargo de bienes inmuebles. La anotación preventiva de embargo.
18. Procedimiento de apremio: Embargo de otros bienes.
19. Procedimiento de apremio: Enajenación de bienes
embargados. Costas del procedimiento. Especialidades del procedimiento.
20. Créditos incobrables.
21. Finalización del procedimiento de apremio.
22. Tercerías.
23. Recursos administrativos. El recurso de reposición.
24. Reclamaciones económico-administrativas.
25. Tributos locales: Normas generales. Imposición y
ordenación de tributos locales.
26. Tasas y precios públicos.
27. Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
28. Impuesto sobre Actividades Económicas.
29. Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
30. Impuesto sobre construcciones, Instalaciones y Obras.
31. Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.
32. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos
Jurídicos Documentados.
ANEXO II
Convocatoria de 2 plazas de Oficial de Gestión
2. Normas particulares.
2.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema selectivo de oposición de dos plazas de Oficial de Gestión, en régimen funcionarial. Dicha plazas se encuadran en la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Plazas Cometidos Especiales.
2.2. Titulación específica: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.
2.3. Desarrollo de las pruebas selectivas:
La oposición constará de dos pruebas obligatorias, rigiéndose las mismas, salvo lo que se especifique a continuación, por las directrices establecidas en la base 2.ª de las normas generales.
Primera prueba: Consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta, relacionado con los temas generales y
específicos del programa que se detalla en el presente anexo.
Segunda prueba: Consistirá en la resolución o realización de una o más pruebas prácticas, relacionadas con los temas específicos del programa.
2.4. Programa para las plazas de Oficial de Gestión.
Temas Generales:
1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Características y estructura.
2. Comunicaciones y Notificaciones.
3. Organización y competencias Municipales y Provinciales.
4. Del Personal al servicio de las Entidades Locales. La Función Pública Local. Organización. Selección.
Temas Específicos:
1. El Patronato de Recaudación Provincial. Naturaleza.
Organización. Objetivos y funciones.
2. Tributos: Conceptos y clases. Los elementos estructurales del tributo. Devengo y exenciones.
3. La Gestión de los tributos. El procedimiento de gestión tributaria. Competencia de los órganos de gestión.
4. Declaraciones y autoliquidaciones.
5. La Gestión Recaudatoria. Concepto. Objeto. Organización y normativa reguladora.
6. Los órganos recaudadores. Obligados al pago. Domicilio.
7. Aplazamiento y Fraccionamiento del pago.
8. Otras formas de extinción de las deudas: Prescripción. Compensación. Condonación e insolvencia.
9. Procedimiento de recaudación en período voluntario.
Prórroga. Plazos y Recargos.
10. Procedimiento de recaudación en vía de apremio:
Disposiciones generales. Actuaciones previas al embargo.
11. Procedimiento de apremio: Embargo en dinero en cuentas abiertas entidades de depósito. Embargo de créditos efectos y valores a corto plazo. Embargo de sueldos, salarios y
pensiones.
12. Procedimiento de apremio: Embargo de bienes inmuebles. La anotación preventiva de embargo.
13. Procedimiento de apremio: Embargo de otros bienes.
14. Procedimiento de apremio: Enajenación de bienes
embargados. Costas del procedimiento. Especialidades del procedimiento.
15. Créditos incobrables.
16. Finalización del procedimiento de apremio.
17. Tercerías.
18. Recursos administrativos. El recurso de reposición.
19. Tributos locales: Normas generales. Imposición y
ordenación de tributos locales.
20. Tasas y precios públicos.
ANEXO III
Convocatoria de 1 plaza de Oficial de Explotación
3. Normas particulares.
3.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema selectivo de oposición de una plaza de Oficial de Explotación, en régimen funcionarial. Dicha plaza se encuadra en la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Plazas Cometidos Especiales.
3.2. Titulación específica: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.
3.3. Desarrollo de las pruebas selectivas:
La oposición constará de dos pruebas obligatorias, rigiéndose las mismas, salvo lo que se especifique a continuación, por las directrices establecidas en la base 2.ª de las normas generales.
Primera prueba: Consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta, relacionado con los temas generales y
específicos del programa que se detalla en el presente anexo.
Segunda prueba: Consistirá en la resolución o realización de una o más pruebas prácticas, relacionadas con los temas específicos del programa.
3.4. Programa para la plaza de Oficial de Explotación.
Temas Generales:
1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Características y estructura.
2. Comunicaciones y Notificaciones.
3. Organización y competencias Municipales y Provinciales.
4. Del personal al servicio de las Entidades Locales. La función pública local. Organización. Selección.
Temas Específicos:
1. El Patronato de Recaudación Provincial. Naturaleza,
organización, objetivos y funciones.
2. Tributos: conceptos y clases. Los elementos estructurales del tributo. Devengo y exenciones.
3. La gestión de los tributos. El procedimiento de gestión tributaria. Competencia de los órganos de gestión.
4. La gestión recaudatoria. Concepto, objeto, organización y normativa reguladora.
5. Concepto de Informática. Introducción a los ordenadores. Presentación general de un ordenador.
6. Funcionamiento y elementos de un sistema informático. Los subsistemas físico y lógico.
7. Dispositivos periféricos en un sistema informático.
Soportes de información y tipos de periféricos. Descripción de los periféricos más usuales.
8. Registros y ficheros: Conceptos generales Tipos de ficheros según su función. Tipos de registro. Tablas.
9. Conceptos, evolución y tendencias de los sistemas
operativos.
10. Sistemas operativos. Gestión de Procesos. Gestión de Memoria.
11. Sistemas operativos. Gestión de Entrada/Salida.
Clasificación de los programas de un sistema operativo. Rutinas de utilidad.
12. El sistema operativo Windows 2000. Estructura y
funcionamiento. Administración.
13. El sistema operativo Unix. Estructura y funcionamiento.
14. Microinformática: Definición. Microsoft Office.
Componentes y generalidades.
15. Redes de área local. Conceptos. Topología. Gestión. Servidores de ficheros.
16. Internet. Conceptos. Evolución, Navegadores y
localizadores. Correo Electrónico. FTP.
17. Bases de Datos. Evolución. Definición, conceptos y
modelos.
18. Bases de Datos. Evolución. Integridad y Seguridad. Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).
19. Bases de Datos. Administración. Conceptos y componentes.
20. Bases de Datos. Rendimientos. Monitorización.
ANEXO IV
Convocatoria de 2 plazas de Auxiliar de Gestión I
4. Normas particulares.
4.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema selectivo de oposición de dos plazas de Auxiliar de Gestión I, en régimen funcionarial. Dicha plazas se encuadran en la escala de Administración Especial,
subescala Servicios Especiales, clase Plazas Cometidos
Especiales.
4.2. Titulación específica: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.
4.3. Desarrollo de las pruebas selectivas: La oposición constará de dos pruebas obligatorias, rigiéndose las mismas, salvo lo que se especifique a continuación, por las
directrices establecidas en la base 2.ª de las normas
generales.
Primera prueba: Consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta, relacionado con los temas generales y
específicos del programa que se detalla en el presente anexo.
Segunda prueba: Consistirá en la resolución o realización de una o más pruebas prácticas, relacionadas con los temas específicos del programa.
4.4. Programa para las plazas de Auxiliar de Gestión I.
Temas Generales:
1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Características y estructura.
2. Comunicaciones y Notificaciones.
3. Organización y competencias Municipales y Provinciales.
4. Del Personal al servicio de las Entidades Locales. La Función Pública Local. Organización. Selección.
Temas Específicos:
1. El Patronato de Recaudación Provincial. Naturaleza.
Organización. Objetivos y funciones.
2. Tributos: Conceptos y clases. Los elementos estructurales del tributo. Devengo y exenciones.
3. La Gestión de los tributos. El procedimiento de gestión tributaria. Competencia de los órganos de gestión.
4. Declaraciones y autoliquidaciones.
5. La Gestión Recaudatoria. Concepto. Objeto. Organización y normativa reguladora.
6. Los órganos recaudadores. Obligados al pago. Domicilio.
7. Aplazamiento y Fraccionamiento del pago.
8. Otras formas de extinción de las deudas: Prescripción. Compensación. Condonación e insolvencia.
9. Procedimiento de recaudación en período voluntario.
Prórroga. Plazos y Recargos.
10. Procedimiento de recaudación en vía de apremio:
Disposiciones generales. Actuaciones previas al embargo.
11. Procedimiento de apremio: Embargo en dinero en cuentas abiertas entidades de depósito. Embargo de créditos efectos y valores a corto plazo. Embargo de sueldos, salarios y
pensiones.
12. Procedimiento de apremio: Embargo de bienes inmuebles. La anotación preventiva de embargo.
13. Procedimiento de apremio: Embargo de otros bienes.
14. Procedimiento de apremio: Enajenación de bienes
embargados. Costas del procedimiento. Especialidades del procedimiento.
15. Créditos incobrables.
16. Finalización del procedimiento de apremio.
17. Tributos locales: Normas generales. Imposición y
ordenación de tributos locales.
18. Documentación de las actuaciones inspectoras:
Comunicaciones. Diligencias. Informes y Liquidaciones
tributarias derivadas de estas, contenido y trámite.
ANEXO V
Convocatoria de 16 plazas de Auxiliar de Gestión II
5. Normas particulares.
5.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema selectivo de oposición de dieciséis plazas de Auxiliar de Gestión II, en régimen funcionarial. Dichas plazas se encuadran en la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Plazas Cometidos
Especiales.
5.2. Titulación específica: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.
5.3. Desarrollo de las pruebas selectivas: La oposición constará de dos pruebas obligatorias, rigiéndose las mismas, salvo lo que se especifique a continuación, por las
directrices establecidas en la base 2.ª de las normas
generales.
Primera prueba: Consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta, relacionado con los temas generales y
específicos del programa que se detalla en el presente anexo.
Segunda prueba: Consistirá en la resolución o realización de una o más pruebas prácticas, relacionadas con los temas específicos del programa.
5.4. Programa para las plazas de Auxiliar de Gestión II.
Temas Generales:
1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Características y estructura.
2. Comunicaciones y Notificaciones.
3. Organización y competencias Municipales y Provinciales.
4. Del Personal al servicio de las Entidades Locales. La Función Pública Local. Organización. Selección.
Temas Específicos:
1. El Patronato de Recaudación Provincial. Naturaleza.
Organización. Objetivos y funciones.
2. Tributos: Conceptos y clases. Los elementos estructurales del tributo. Devengo y exenciones.
3. La Gestión de los tributos. El procedimiento de gestión tributaria. Competencia de los órganos de gestión.
4. Declaraciones y autoliquidaciones.
5. La Gestión Recaudatoria. Concepto. Objeto. Organización y normativa reguladora.
6. Los órganos recaudadores. Obligados al pago. Domicilio.
7. Otras formas de extinción de las deudas: Prescripción. Compensación. Condonación e insolvencia.
8. Procedimiento de recaudación en período voluntario.
Prórroga. Plazos y Recargos.
9. Procedimiento de recaudación en vía de apremio:
Disposiciones generales. Actuaciones previas al embargo.
10. Procedimiento de apremio: Embargo en dinero en cuentas abiertas entidades de depósito. Embargo de créditos efectos y valores a corto plazo. Embargo de sueldos, salarios y
pensiones.
11. Procedimiento de apremio: Embargo de bienes inmuebles. La anotación preventiva de embargo.
12. Procedimiento de apremio: Embargo de otros bienes.
13. Procedimiento de apremio: Enajenación de bienes
embargados. Costas del procedimiento. Especialidades del procedimiento.
14. Créditos incobrables.
15. Tributos locales: Normas generales. Imposición y
ordenación de tributos locales.
16. Tasas y precios públicos.
ANEXO VI
Convocatoria de 1 plaza de Auxiliar Administrativo
6. Normas particulares.
6.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema selectivo de oposición de una plaza de Auxiliar Administrativo, en régimen funcionarial. Dicha plaza se encuadra en la escala de Administración General, subescala Auxiliar.
6.2. Titulación específica: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.
6.3. Desarrollo de las pruebas selectivas:
La oposición constará de dos pruebas obligatorias, rigiéndose las mismas, salvo lo que se especifique a continuación, por las directrices establecidas en la base 2.ª de las normas generales.
Primera prueba: Consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta, relacionado con los temas generales y
específicos del programa que se detalla en el presente anexo.
Segunda prueba: Consistirá en la resolución o realización de una o más pruebas prácticas, relacionadas con los temas específicos del programa.
6.4. Programa para la plaza de Auxiliar Administrativo.
Temas Generales:
1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Características y estructura.
2. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y
participación de los ciudadanos en la Administración.
3. Régimen Local español. Principios generales y regulación jurídica.
4. Personal al servicio de la Entidad Local. La Función Pública Local y su organización. Selección y situaciones administrativas. El personal laboral.
Temas Específicos:
1. Nociones generales sobre la corona y los Poderes del Estado.
2. La Administración Pública en el ordenamiento jurídico español. Tipología de los entes públicos: las Administraciones del Estado, Autonómica, Local e Institucional.
3. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: estructura y
disposiciones generales. Idea general sobre las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
4. Principio de actuación de la Administración Pública: eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.
5. Los actos administrativos: conceptos y clases. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos.
6. Los recursos administrativos. Conceptos y clases.
7. La provincia en el Régimen Local: organización y
competencias.
8. El municipio: organización y competencias.
9. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones territoriales. La Autonomía municipal y el control de legalidad.
10. Funcionamiento de los órganos colegiados locales.
Convocatoria y orden del día. Actas y certificaciones de acuerdos.
11. Procedimiento Administrativo Local. El Registro de Entrada y Salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.
12. Concepto y clases de documentos oficiales. Formación del expediente administrativo. Criterios de ordenación de archivos vivos o de gestión.
13. Técnicas de redacción, elaboración y representación de documentos. Especial referencia al Manual de estilo
administrativo.
14. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local: organización, selección y situaciones
administrativas. El personal laboral.
15. Las Haciendas Locales: clasificación de los recursos. Ordenanzas Fiscales. Los Presupuestos Locales: Estructura y procedimiento de aprobación.
16. Nociones generales sobre la prevención de riesgos
laborales.
ANEXO VII
Convocatoria de 1 plaza de Auxiliar Explotación
7. Normas particulares.
7.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema selectivo de oposición de una plaza de Auxiliar Explotación, en régimen funcionarial. Dicha plaza se encuadra en la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Plazas Cometidos Especiales.
7.2. Titulación específica: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.
7.3. Desarrollo de las pruebas selectivas: La oposición constará de dos pruebas obligatorias, rigiéndose las mismas, salvo lo que se especifique a continuación, por las
directrices establecidas en la base 2.ª de las normas
generales.
Primera prueba: Consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta, relacionado con los temas generales y
específicos del programa que se detalla en el presente anexo.
Segunda prueba: Consistirá en la resolución o realización de una o más pruebas prácticas, relacionadas con los temas específicos del programa.
7.4. Programa para la plaza de Auxiliar Explotación.
Temas Generales:
1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Características y estructura.
2. Comunicaciones y Notificaciones.
3. Organización y competencias Municipales y Provinciales.
4. Del personal al servicio de las Entidades Locales. La función pública local. Organización. Selección.
Temas Específicos:
1. El Patronato de Recaudación Provincial. Naturaleza,
organización, objetivos y funciones.
2. Tributos: conceptos y clases. Los elementos estructurales del tributo. Devengo y exenciones.
3. La gestión de los tributos. El procedimiento de gestión tributaria. Competencia de los órganos de gestión.
4. La gestión recaudatoria. Concepto, objeto, organización y normativa reguladora.
5. Concepto de Informática. Introducción a los ordenadores. Presentación general de un ordenador.
6. Funcionamiento y elementos de un sistema informático. Los subsistemas físico y lógico.
7. Dispositivos periféricos en un sistema informático.
Soportes de información y tipos de periféricos. Descripción de los periféricos más usuales.
8. Registros y ficheros: Conceptos generales Tipos de ficheros según su función. Tipos de registro. Tablas.
9. Conceptos, evolución y tendencias de los sistemas
operativos.
10. Sistemas operativos. Gestión de Procesos. Gestión de Memoria.
11. Sistemas operativos. Gestión de Entrada/Salida.
Clasificación de los programas de un sistema operativo. Rutinas de utilidad.
12. El sistema operativo Windows 2000. Estructura y
funcionamiento. Administración.
13. El sistema operativo Unix. Estructura y funcionamiento.
14. Microinformática: Definición. Microsoft Office.
Componentes y generalidades.
15. Redes de área local. Conceptos. Topología. Gestión. Servidores de ficheros.
16. Internet. Conceptos. Evolución, Navegadores y
localizadores. Correo Electrónico. FTP.
Málaga, 8 de julio de 2004.- El Presidente, Cristóbal
Torreblanca Sánchez.
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