Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 208 de 25/10/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ORDEN de 10 de septiembre de 2004, por la que autoriza el cambio de titularidad al Centro docente privado Rumasa, de Jerez de la Frontera (Cádiz).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Examinado el expediente incoado a instancia de doña María José García Pelayo Jurado, como representante de la entidad Fundación Cultural Privada Andrés de Ribera, titular del Centro docente privado "Rumasa", con domicilio en C/ San Juan de Dios, núm. 2-8, de Jerez de la Frontera (Cádiz), solicitando cambio de titularidad del citado centro cuyas enseñanzas fueron autorizadas por Orden de la entonces Consejería de Educación y Ciencia de 14 de marzo de 2002 (BOJA de 23 de abril), según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de

9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General y en el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la Formación Profesional en el ámbito del sistema educativo.

Resultando que por la citada Orden de 14 de marzo, el centro con código 11003266 tiene autorización para impartir Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Específica:

4 de Gestión Administrativa y 2 de Comercio, y Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional Específica: 1 de Administración y Finanzas, 1 de Gestión del Transporte y 1 de Secretariado.

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece, debidamente acreditada, la titularidad del referido centro, a favor de la entidad "Fundación Cultural Privada Andrés de Ribera".

Resultando que la entidad "Fundación Cultural Privada Andrés de Ribera", mediante escritura otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, don Oscar Alberto Fernández Ayala, con el número 4599 de su protocolo, fechada en Jerez de la Frontera (Cádiz), a seis de septiembre de dos mil cuatro, cede la titularidad del mencionado centro a la Cooperativa "Andrés de Ribera, Sociedad Cooperativa Andaluza", quedando representada por don José Rodríguez de Medina Salido.

Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma.

Vistos: La Constitución Española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre (BOE del 10), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que imparten enseñanzas escolares de régimen general; el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril (BOE de 8 de mayo), por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto 827/2003, de 27 de junio (BOE del 28), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del Sistema Educativo, establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad en la Educación; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia, esta Consejería de Educación

HA DISPUESTO

Primero. 1. Conceder el cambio de titularidad al Centro docente privado "Rumasa", con código 11003266, de Jerez de la Frontera (Cádiz), que en lo sucesivo la ostentará "Andrés de Ribera, Sociedad Cooperativa Andaluza", que como cesionaria queda subrogada en la totalidad de las obligaciones y cargas que afectan al centro, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que el centro pueda tener concedidos por la Administración

Educativa, así como aquellas que le correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación

laboral, quedando con la configuración que a continuación se especifica:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional

Específica.

Denominación específica: "Rumasa".

Titular: Andrés de Ribera, Sociedad Cooperativa Andaluza. Domicilio: Calle San Juan de Dios, núm. 2-8.

Localidad: Jerez de la Frontera.

Municipio: Jerez de la Frontera.

Provincia: Cádiz.

Código del Centro: 11003266.

Enseñanzas autorizadas:

- Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Específica:

Gestión Administrativa.

Núm. Ciclos: 4.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Comercio.

Núm. Ciclos: 2.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional Específica:

Administración y Finanzas.Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Gestión del Transporte.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Secretariado.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

2. Dicho cambio de titularidad tendrá efectos de 15 de

septiembre de 2004.

Segundo. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del Centro.

Tercero. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Cuarto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa.

Sevilla, 10 de septiembre de 2004

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

Descargar PDF