Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 21 de 02/02/2004

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE ESTEPONA

CORRECCION de errores de anuncio de bases de la Convocatoria para la provisión, como funcionarios de carrera, de dos plazas de Oficial del Cuerpo de la Policía Local (BOJA núm. 238, de 11.12.2003).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

E D I C T O

Este Ayuntamiento está actualmente tramitando un expediente para la provisión, como funcionarios de carrera, de dos plazas de Oficial del Cuerpo de la Policía Local, cuyas Bases fueron publicadas en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" núm. 238, de 11.12.2003, y en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Málaga núm. 239, de 16.12.2003.

Por Resolución de la Alcaldía de fecha 12.1.2004, se procedió a la corrección de los errores detectados en la redacción de dichas Bases, las cuales, una vez subsanados éstos, quedan, en la parte por ello afectadas, con la siguiente redacción:

- Base 3.1.

"a) Haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionario de carrera en los Cuerpos de la Policía Local, en categoría inmediatamente inferior a la que aspiran, computándose a estos efectos el tiempo en el que se haya permanecido en situación de segunda actividad por embarazo."

- Base 4.1.

"4.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida a la Alcaldía- Presidencia del Ayuntamiento, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, con la que aportarán la documentación justificativa de los méritos alegados a valorar en la fase de concurso."

- Base 8.1.2. Se incluye el siguiente párrafo.

"En el proceso selectivo no se incluye la valoración de la prueba del idioma, que figura como opcional en el Anexo V de la Orden de 14 de noviembre de 2000, a que se hace referencia anteriormente."

- Base 8.3. Se sustituye el término "Cabo" por el de "Oficial".

- Base 11.5. "Cuando el alumno no haya superado el curso, a la vista del informe emitido por la Escuela, repetirá el curso siguiente que, de no superar, producirá la pérdida de los resultados obtenidos en el concurso-oposición, y la necesidad, en su caso, de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras convocatorias."

Lo que se hace público para general conocimiento. Estepona, 13 de enero de 2004

Descargar PDF