Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 210 de 27/10/2004

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Otros. AYUNTAMIENTO DE GUADIX

ANUNCIO de bases.

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BASES QUE HAN DE REGIR LA PROVISION EN PROPIEDAD DE NUEVE PLAZAS DE BOMBEROS MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION VACANTES EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE GUADIX

1. Objeto de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad, mediante concurso-oposición, de nueve plazas de Bomberos con las siguientes características:

- Grupo D.

- Escala: Administración Especial.

- Subescala: Servicios Especiales.

- Clase: Servicio de Extinción de Incendios.

- Categoría: Bombero.

Correspondientes a la Oferta de Empleo Público año 2004.

2. Legislación aplicable.

Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley

2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias de Andalucía, la Ley 30/84, de 2 de agosto; la Ley 7/85, de 2 de abril, Ley 57/2003 de 16 de diciembre; R.D.L. 781/86, de 18 de abril; R.D. 896/91, de 7 de junio; R.D. 364/95, de 10 de marzo y las Bases de la presente Convocatoria.

3. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos dentro del proceso de selección, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

- Ser español o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley Estatal que regule la materia.

- Tener cumplidos los 18 años de edad.

- Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, según el art. 25 de la Ley 30/84.

- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

- No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica previstas en la legislación vigente.

- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.

- Estar en posesión del Permiso de Conducción Clase "C" y tener autorización para la conducción de vehículos de la clase BTP.

- Compromiso de conducir vehículos de extinción de incendios en concordancia con el apartado anterior.

- Los aspirantes deberán acompañar a sus instancias un

certificado médico, extendido en impreso oficial y firmado por colegiado en ejercicio, documento original o fotocopia

debidamente legalizada, en el que se haga constar expresamente que el opositor reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización del segundo ejercicio de la oposición. Los aspirantes que no aporten el referido certificado en tiempo y forma se declararán excluidos del concurso-oposición.

4. Presentación de solicitudes.

4.1. Las solicitudes para tomar parte en el concursooposición se presentarán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en la que se manifestará que se reúnen los requisitos exigidos en la Base Tercera referida a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias. Asimismo deberán comprometerse a prestar juramento o promesa, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril. También podrán presentarse las instancias en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.2. A la instancia deberá acompañarse asimismo fotocopia debidamente compulsada del DNI, compromiso de conducir

vehículos de extinción de incendios y del resguardo de ingreso de los derechos de examen, cuyo importe asciende a 18 E que se ingresarán en la Tesorería Municipal sita en Plaza de la Constitución núm. 1, 18500-Guadix, o bien mediante giro postal o mediante transferencia dirigida a la misma Código Cuenta

2031 0068 00 0100172654.

4.3. Sólo se procederá a la devolución del importe de los derechos de examen cuando se trate de causa o error imputable al Ayuntamiento de Guadix.

4.4. Las Bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Boletín de la Junta de

Andalucía y en extracto en el Boletín Oficial del Estado; en este extracto, además de los insertos precisos, se avisará de que en el Boletín Oficial de la Provincia se publicará la resolución aprobatoria de las listas de admitidos y excluidos.

4.5. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar del siguiente al de la publicación del anuncio-extracto en el Boletín Oficial del Estado.

5. Admisión de los aspirantes.

5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, publicándose en el "Boletín Oficial de la Provincia" y exponiéndose además en el tablón de anuncios de la Corporación.

5.2. En dicha Resolución se indicará el plazo de subsanación de defectos, en los términos del art. 71 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, que se concede a los aspirantes excluidos y se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio.

5.3. La publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de la Provincia" será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

5.4. Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se expondrá en el tablón de anuncios de la

Corporación.

6. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador está compuesto de la siguiente forma:

Presidente: El de la Corporación y/o suplente.

Vocales:

- Un vocal designado por cada uno de los Grupos Políticos de la Corporación.

- Un vocal designado por los representantes de los

Trabajadores.

- Un representante de la Junta de Andalucía nombrado por la Consejería de Gobernación.

Secretario: El de la Corporación y/o funcionario en quien delegue.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia mínima del Presidente y cuatro de sus miembros titulares o suplentes indistintamente.

En el nombramiento de los vocales del Tribunal se velará por el cumplimiento del principio de especialidad.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base

exclusivamente a las cuales colaborarán con el Tribunal y tendrán voz pero no voto. La totalidad de los vocales deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el acceso a la plaza convocada y ser funcionario de carrera.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Excmo. Sr. Alcalde, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, de

conformidad con el art. 13.2 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo.

7. Proceso selectivo.

El proceso de selección de los aspirantes será el de concurso- oposición libre.

Los méritos a valorar por el Tribunal deberán ser acreditados por los aspirantes mediante fotocopia compulsada y la emisión de los Certificados correspondientes en relación a la

experiencia laboral.

De conformidad con la Disposición Transitoria Sexta de la Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía, Ley 2/2002, de 11 de noviembre (BOJA núm. 138 de fecha 26.2.2002) la fase de concurso sólo se aplicará al personal laboral que con

categoría de Bomberos ha prestado servicios en el Ayuntamiento de Guadix.

7.1. Fase del concurso.

7.1.1. Previamente a la fase de oposición se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eleminatorio, siendo la puntuación máxima de esta fase 5,5 puntos.

7.1.2. El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio para valorar los méritos y servicios de la fase de concurso. Extendiéndose acta del resultado del mismo que ha de contener para cada aspirante la puntuación global obtenida en la fase de concurso. Dicha acta ha de publicarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento con al menos una antelación de 48 horas a la realización del primer ejercicio.

7.1.3. Valoración fase de concurso.

- Experiencia Laboral. Este apartado se valorará con un máximo de 4 puntos.

K Por haber trabajado como personal laboral desempeñando las funciones de Bombero del Ayuntamiento de Guadix, a razón de

0,10 puntos por mes.

- Formación, relacionada con los medios y actividades del Servicio de Extinción de Incendios, impartidos por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, Consorcio de Bomberos y Ayuntamientos Consorciados de la Provincia de Granada, se valorará con un máximo de un punto y medio.

K Cursos superiores a 30 horas e inferiores a 50 horas, a razón de 0,30 puntos.

K Cursos superiores a 50 horas a razón de 0,50 puntos.

K Cursos, jornadas o seminarios entre 3 y 30 horas a razón de

0,05 puntos.

7.2. Fase de oposición.

Esta fase la componen dos ejercicios, siendo eliminatorios cada uno de ellos, siendo necesario para superarlos haber obtenido como mínimo una puntuación de 5 puntos.

Siendo la puntuación máxima de esta fase 20 puntos.

Primer ejercicio.

Ejercicio teórico: Consistirá en contestar un cuestionario de treinta preguntas con respuestas alternativas sobre materias del Temario del Anexo I a la convocatoria. En el sistema de corrección a emplear solamente puntuarán las preguntas

acertadas. Este ejercicio tendrá una duración de una hora y treinta minutos.

Segundo ejercicio.

Consistirá en la realización de una prueba práctica

relacionada con el conocimiento, manejo de los útiles,

herramientas y vehículos de las instalaciones del Servicio Contra Incendios, Salvamento y Protección Civil del

Ayuntamiento de Guadix. Este ejercicio tendrá una duración de treinta minutos.

Calificación de los ejercicios.

Los ejercicios serán eliminatorios y se calificarán de la siguiente forma: El Tribunal podrá calificar cada uno de los ejercicios de 0 a 10 puntos, siendo preciso alcanzar 5 puntos en cada uno de ellos para considerarlo aprobado.

Calificación definitiva.

La calificación definitiva resultará de la suma de puntuación obtenidas en la fase de concurso y la de oposición.

8. Orden de actuación y comienzo.

8.1. La actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabético a partir de la letra "A" en virtud de sorteo efectuado el día 22 de enero de 2004.

8.2. La realización del primer ejercicio de la oposición se llevará efecto en la fecha que se indique en la Resolución de la Alcaldía-Presidencia a la que hace referencia la base.ª de la presente convocatoria, en la que se expresará también lugar y hora de realización del mismo publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia, con una antelación mínima de diez días naturales. La realización del segundo ejercicio de la oposición se anunciará en el tablón de anuncios de la

Corporación.

8.3. Los aspirantes serán convocados para la realización del ejercicio, en llamamiento único, salvo los casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

9. Relación de aprobados y propuesta de nombramiento.

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación y elevará, con el acta de la sesión, propuesta de nombramiento de aquellos aspirantes que hubieren obtenido mayor puntuación en el proceso selectivo.

La propuesta de nombramiento deberá ser motivada y tendrá carácter vinculante y, en ningún caso, podrá aprobarse, ni declararse que han superado el proceso selectivo un mínimo de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

10. Presentación de documentación.

Los aspirantes propuestos presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento los documentos que acrediten reunir los

requisitos que se especifican en la Base 3.ª Tales serán:

- DNI compulsado o fotocopia debidamente compulsada del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

- Fotocopia debidamente compulsada del permiso de conducir de las clases "C".

- Declaración responsable de no estar incurso en causa de incapacidad específica de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las

Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

- Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad, ni defecto físico que imposibiliten para el desempeño de las funciones de Bombero.

Los anteriores extremos podrán ser acreditados mediante certificación expendida por quien tenga facultades para ello.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos, estarán exceptuados de la obligación anterior, debiendo

presentar, únicamente, certificado de la Administración de que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que constan en su expediente personal.

Si en el plazo de 20 días naturales, desde la publicación de las listas de aprobados, y salvo los casos de fuerza mayor, el aspirante seleccionado no presentase la documentación o no reuniese los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de las responsabilidades en que hayan podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en las pruebas

selectivas.

11. Nombramiento como funcionarios.

Cumplidos los requisitos a que se refiere la Base 10.ª, el Sr. Alcalde efectuará nombramiento como Funcionario de carrera o en prácticas, según se dé o no la circunstancia prevista en el párrafo siguiente.

Si en el momento de efectuarse el nombramiento a que se refiere el párrafo anterior hubiese sido publicado el

reglamento a que se refiere la Disposición Transitoria cuarta de la Ley 2/2002 de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía (BOJA núm. 138, de fecha 26.11.2002), para poder ser nombrado como funcionario de carrera se deberá realizar con aprovechamiento el curso de formación específico impartido u homologado por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 104.2 del Decreto

315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado, los

funcionarios interinos o laborales eventuales que desempeñan los puestos de trabajo ofertados en la presente convocatoria cesarán una vez sean ocupados.

12. Toma de posesión.

Efectuado el nombramiento del aspirante deberá tomar posesión de su cargo en el plazo de 30 días hábiles a partir de la fecha de notificación. Los que no tomasen en el tiempo

oportuno posesión de su cargo, o salvo de los casos de fuerza mayor, decaerán en sus derechos con la pérdida del

nombramiento conferido.

ANEXO I

PARTE GENERAL

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y

contenido.

Tema 2. La Corona: Funciones Constitucionales del Rey.

Sucesión.

Tema 3. Estatuto de Andalucía: Estructura y contenido.

Tema 4. La Organización Municipal.

PARTE ESPECIFICA

Tema 5. Factores del incendio. Triángulo y Tetraedro.

Tema 6. Clasificación de los fuegos: Tipos.

Tema 7. Transmisión del Calor.

Tema 8. Formas de extinción de incendios: Eliminación de combustible, sofocación, enfriamiento e inhibición.

Tema 9. Agentes extintores: Definición, clases y eficacia.

Tema 10. El agua: Como agente extintor y técnicas de

aplicación.

Tema 11. Extintores: Definición. Sistemas de impulsión y agentes de impulsión. Utilización.

Tema 12. Mangueras, lanzas y sistemas de unión.

Tema 13. Hidratantes: Definición y clases.

Tema 14. Bies y Columnas Secas: Definición y utilización.

Tema 15. Prendas de protección personal.

Tema 16. Equipos de protección respiratoria: Clasificación. Equipo autónomo de circuito abierto. Normas básicas de

utilización.

Tema 17. Pequeñas herramientas y escaleras manuales.

Tema 18. Equipos hidráulicos de rescate: Componentes,

clasificación y uso.

Tema 19. Vehículos de extinción de incendios y rescate en el Parque de Bomberos de Guadix.

Tema 20. Principios generales de socorrismo: Concepto de socorrismo, actuación del socorrista y conducta a observar ante un accidentado.

Diligencia: Que la hago yo el Secretario General para hacer constar que las presentes Bases contenidas en 15 folios, todos ellos rubricados por mí, han sido aprobada por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de septiembre de 2004.

Guadix, 4 de octubre de 2004.- El Secretario General, Damián Rega Medialdea.

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