Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 214 de 03/11/2004

4. Administración de justicia

Otros. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

EDICTO de la Sección Quinta dimanante del rollo de apelación núm. 132//2004. (PD. 3555/2004).

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NIG: 2906737C20040000398.

Núm. Procedimiento: Rollo Apelación Civil 132/2004.

Asunto: 500132/2004.

Autos de: Menor cuantía 258/2000.

Juzgado de origen: Juzg. núm. Dos de Ronda.

Negociado: 6M.

Apelante: Unicaja.

Procurador: Ana Calderón Martín.

Apelado: Stephen Barre.

Procurador: Ruiz Rojo, María Lourdes.

EDICTO

Audiencia Provincial de Málaga 5

Recurso Rollo Apelación Civil 132/2004

Sobre Sentencia 28/05/2003

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de los apelados Giorgio, S.A., y don Jean Barre, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Tribunal y en el BOJA para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia dictada por la Sala, cuyo encabezamiento y fallo son del temor literal siguiente:

SENTENCIA

En la ciudad de Málaga, a once de octubre de dos mil cuatro.

Visto, por la Sección 5.ª de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Menor Cuantía seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Unicaja que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representada por la Procuradora doña Ana Calderón Martín. Es parte recurrida Stephen Barre, Giorgio, S.A., y Jean Barre que están representados por la Procuradora Ruiz Rojo, María Lourdes, que en la instancia han litigado como parte demandada.

Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso de apelación formulado por el Procurador de los Tribunales Sr. Moreno Jiménez, en la representación que ostenta de la entidad Monte de Piedad y Cajas de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera, Unicaja, contra la sentencia de 28 de mayo de 2003, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Ronda por la que se desestima la demanda de reclamación de cantidad formulada contra la entidad Giorgio, S.A., don Jean Barre y don Stephen Barre en reclamación de la suma de

26.976.676 ptas. de principal, intereses vencidos y demora; y con revocación íntegra de la misma debemos admitir y admitimos la referida demanda y consiguientemente debemos condenar y condenamos solidariamente a la entidad Giorgio, S.A., don Jean Barre y don Stephen, a abonar a la entidad demandante la referida suma de 162.133,08 E (26.976.676 ptas.), más los intereses legales desde la interposición de la demanda.

Respecto de las costas procesales causadas en esta instancia no procede efectuar declaración alguna; y respecto de las causadas en la instancia han de serle impuestas a los

demandados.

En Málaga, a diecinueve de octubre de dos mil cuatro.El Secretario Judicial.

La extiendo yo, el Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios y su remisión al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su publicación y sirva de notificación a los apelados, Giorgio S.A. y don Jean Barre.

Doy fe.

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