Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 216 de 05/11/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 19 de octubre de 2004, de la Delegación del Gobierno de Córdoba, para proceder a la distribución municipalizada y abono del incremento de financiación producido en la dotación presupuestaria que corresponden a los municipios de la provincia, en concepto de Nivelación de Servicios Municipales, en el ejercicio 2004.

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La Orden de 3 de marzo por la que se regula la distribución de las transferencias a los Ayuntamientos andaluces para la Nivelación de los Servicios Municipales en el ejercicio 2004, publicada en BOJA núm. 53, de 17 de marzo, ha sido objeto de una posterior modificación por Orden de 6 de septiembre de 2004 (BOJA núm. 185, de 21 de septiembre) como consecuencia de un incremento en la dotación presupuestaria que las financia y que se recoge en el presupuesto de gastos de la Consejería de Gobernación, más concretamente en los créditos que afectan al concepto presupuestario 463, del programa presupuestario 8.1.A.

Dicha circunstancia hace preciso que se lleve a cabo una nueva distribución de los créditos del programa que se han asignado a cada municipio de acuerdo con los indicadores previstos en el artículo 4 de la Orden de 3 de marzo de 2004 ya mencionada. Estando facultado para dictar la resolución oportuna que determine las cuantías correspondientes a cada municipio de la provincia, para aprobar el gasto, su compromiso y liquidación e interesando de la Consejería de Economía y Hacienda la ordenación de los pagos correspondientes.

En su virtud, y en uso de las facultades que me confieren los artículo 6 y 7 de la Orden de la Consejería de Gobernación de

3 de marzo de 2004 (BOJA núm. 53, de 17 de marzo de 2004) y la corrección de errores publicada en el BOJA núm. 60, de 26 de marzo de 2004,

R E S U E L V O

Primero. Acordar la distribución entre los municipios de la provincia de Córdoba, de la cantidad de ciento tres mil cuatrocientos dieciocho euros con noventa y siete céntimos (103.418,97 euros) procedente del incremento del crédito inicialmente previsto en la Orden de 3 de marzo de 2004 para la Nivelación de Servicios Municipales, de acuerdo con los criterios recogidos en el artículo 4 de la citada Orden, y cuyo detalle para cada uno de ellos se recoge en Anexo a esta Resolución.

Segundo. Aprobar el gasto con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.11.00.01.14.46300.81A.1, en concepto de Nivelación de Servicios Municipales.

Tercero. Las citadas transferencias se harán efectivas en un único pago con independencia del calendario autorizado por la Dirección General de Tesorería para el pago de la dotación inicial de estas transferencias.

Cuarto. Declarar estos gastos con carácter de "en firme". No obstante, y únicamente a los efectos de que por el órgano gestor se tenga constancia de la recepción de los fondos, en el plazo de tres meses contados a partir de la recepción del mismo, los municipios beneficiarios remitirán a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, en su respectiva provincia, certificación en la que se acredite el ingreso de las transferencias y los números de asientos contables practicados.

Quinto. Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Córdoba, 19 de octubre de 2004.- El Delegado del Gobierno, Antonio Márquez Moreno.

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