Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 09/11/2004

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

ANUNCIO de la Delegación Especial de Andalucía, Ceuta y Melilla sobre subasta de bienes inmuebles. (PP. 3659/2004).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

ANUNCIO DE SUBASTA

Subasta núm.: S2004R1876001019.

La Jefa de la Dependencia Regional de Recaudación de la Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Andalucía, Ceuta y Melilla

Hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 146 y siguientes del Reglamento General de Recaudación aprobado por el R.D. 1684/1990, de 20 de diciembre, habiéndose dictado acuerdos con fecha 23.7.2004 decretando la venta de los bienes embargados en procedimiento administrativo de apremio, se dispone la venta de los bienes que se detallarán a continuación, mediante subasta que se celebrará el día 15 de diciembre del 2004, a las 10,30 horas en Salón de Actos de la Delegación de la AEAT de Granada.

En cumplimiento del artículo 146 del citado Reglamento, se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen participar en la subasta, de lo siguiente:

Primero. Los bienes a subastar están afectos por las cargas y gravámenes que figuran en su descripción, y que constan en el expediente, las cuales quedan subsistentes sin que pueda aplicarse a su extinción el precio del remate.

Segundo. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, si se realiza el pago de la deuda, intereses y costas del procedimiento.

Tercero. Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de subasta hasta una hora antes del comienzo de ésta, sin perjuicio de que puedan participar personalmente en la licitación con posturas superiores a las del sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter de máximas, serán registradas en el Registro General de la Delegación de la AEAT, y deberán ir acompañadas de cheque conformado, extendido a favor del Tesoro Público por el importe del depósito, o del NRC justificativo de su constitución telemática de acuerdo con la Resolución 5/2002, de 17 de mayo, del Director General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Los licitadores podrán presentar ofertas a través de la página web de la Agencia Tributaria http://www.agenciatributaria.es, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 5/2002, de 17 de mayo (BOE 24.5.02), de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se regula la participación por vía telemática en procedimientos de enajenación de bienes desarrollados por los órganos de recaudación.

Cuarto. Todo licitador habrá de constituir ante la Mesa de Subasta depósito de garantía, en metálico, o cheque conformado a favor del Tesoro Público, que será de al menos el 20 por ciento del tipo de subasta en primera licitación. Este depósito se ingresará en firme en el Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, sin perjuicio de las responsabilidades en que incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación.

También se podrá constituir el depósito de garantía a través de una entidad colaboradora adherida por vía telemática, asociándolo a un número de referencia completo (NRC) que permita su identificación, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 5/2002, de 17 de mayo (BOE 24.5.02), del Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Quinto. En caso de que no resulten adjudicados los bienes en una primera licitación, la Mesa de Subasta podrá realizar una segunda licitación, si lo juzga procedente, fijando el nuevo tipo de subasta en el 75% del importe de la 1.ª licitación, o bien anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa que se llevará a cabo de acuerdo con el art. 150 del Reglamento General de Recaudación.

Sexto. El adjudicatario deberá entregar en el acto, o dentro de cinco días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación.

El ingreso, en el plazo establecido, de la diferencia entre el precio de adjudicación y el importe del depósito constituido, podrá realizarse a través de internet en la dirección

http://www.agenciatributaria.es, en la opción "Pago de

impuestos, pago de liquidaciones practicadas por la

Administración".

Asimismo, el adjudicatario podrá realizar a través de

internet, en la dirección antes mencionada, el ingreso del importe total del precio de adjudicación, lo que deberá comunicar a la Mesa de Subasta, en cuyo caso una vez efectuado el ingreso se procederá por la Agencia Tributaria a levantar la retención realizada sobre el depósito constituido por el adjudicatario.

Séptimo. Si quedasen bienes sin adjudicar, se iniciará el trámite de adjudicación directa, por un plazo máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas en sobre cerrado, a partir de ese momento, a la Mesa de Subastas.

La Mesa de Subasta abrirá las ofertas presentadas al término del plazo del mes desde su inicio, pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna de ellas se considera suficiente en ese momento. En caso contrario, se anunciará la extensión a un mes más para presentación de nuevas ofertas, o mejora de las ya existentes, sin perjuicio de la validez de las ofertas presentadas hasta ese momento y así sucesivamente con el límite total de seis meses.

El precio mínimo de adjudicación directa será el tipo de subasta en 1.ª licitación cuando no se haya considerado procedente celebrar una 2.ª licitación; si hubiera existido

2.ª licitación, no habrá precio mínimo.

Asimismo, se podrán presentar ofertas a través de la página web de la Agencia Tributaria http://www.agenciatributaria.es, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 5/2002, de 17 de mayo (BOE 24.5.02), de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se regula la participación por vía telemática en procedimientos de

enajenación de bienes desarrollados por los órganos de

recaudación.

Octavo. La Agencia Tributaria se reserva el derecho a pedir la adjudicación para el Estado, del bien que no hubiera, sido objeto del remate, conforme a lo establecido en el art. del Reglamento General de Recaudación.

Noveno. Cuando se trate de bienes inscribibles en registros públicos, los licitadores se conformarán con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, sin derecho a exigir otros; dichos títulos estarán a disposición de los interesados en las oficinas de esta Dependencia de Recaudación donde podrán ser examinados todos los días hábiles a partir de la publicación del presente anuncio, hasta el día anterior al de subasta. En caso de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos previstos en el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria y en los demás casos se estará a lo dispuesto en el Título VI de dicha Ley.

Décimo. Todos los gastos e impuestos derivados de la

transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en el Registro correspondiente del mandamiento de cancelación de cargas no preferentes, serán por cuenta del adjudicatario.

Respecto al estado de las deudas con la comunidad de

propietarios, que pudieran existir, de las viviendas o

locales, el adjudicatario exonera expresamente a la AEAT, al amparo del art. 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que queden pendientes de pago.

Undécimo. El procedimiento de apremio solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en los arts. 135 y 136 de la Ley General Tributaria.

En todo lo no previsto en este anuncio se estará a lo

preceptuado en las disposiciones legales que regulen el acto.

RELACION DE BIENES A SUBASTAR

Subasta núm.: S2004R1876001019.

Lote único:

Núm. de Diligencia: 180323006292P. Fecha de la Diligencia:

14.12.2000.

Tipo de subasta en 1.ª licitación: 122.627,95 euros.

Tramos: 2.000,00 euros.

Depósito: 24.525,59 euros.

Tipo de derecho: Pleno Dominio.

Bien número 1:

Tipo de bien: Vivienda.

Localización: C/ Nueva de San Roque, 18. 18300, Loja

(Granada).

Tomo: 314. Libro: 157.

Folio: 125. Finca: 18.953. Inscripción: 2.

Dscripción: Urbana. Vivienda unifamiliar con dos plantas en calle Nueva de San Roque, núm. 18, en el municipio de Loja. Superficie: 140 metros cuadrados de solar, construida 250 metros cuadrados aproximadamente. Linda: Derecha, entrando u Oeste casa de don José Jiménez Molina; izquierda o Este, finca de don Antonio Martín Maroto y frente o Norte, la calle de su situación.

Valoración: 162.874,00 euros.

Cargas:

Importe total actualizado: 40.246,05 euros.

Carga núm. 1: Embargo a favor de Tesorería General de la Seguridad Social para responder de un importe global de

27.707,58 euros. Anotado con fecha 23.6.95.

Carga núm. 2: Embargo a favor del Banco Bilbao Vizcaya, S.A., y mediante procedimiento ejecutivo 105/1995 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Loja y por un importe pendiente correspondiente a intereses de 12.538,47 euros.

Anotado con fecha 19.5.99.

Dado en Sevilla, 29 de octubre de 2004.

Descargar PDF