Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 219 de 10/11/2004

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Educación

ORDEN de 20 de octubre de 2004, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado los procedimientos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Música y Artes Escénicas, y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, se les nombra provisionalmente funcionarios en prácticas y se aprueba el expediente del procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los mencionados Cuerpos, convocados por la Orden que se cita.

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Realizados los trámites de selección previstos en la Orden de 23 de marzo de 2004 (BOJA de 5 de abril), por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Música y Artes Escénicas y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, procede la publicación de los seleccionados ordenados por especialidades y puntuación y la aprobación del expediente del procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades.

En consecuencia, de conformidad con lo preceptuado en la Base

13 de la Orden de la Consejería de Educación de 23 de marzo de

2004 (BOJA de 5 de abril), esta Consejería

HA DISPUESTO

1. Publicar, por especialidades, la lista de los aspirantes que han superado el procedimiento selectivo para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, así como acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, según el Anexo I a la presente Orden, figurando en primer lugar los aspirantes que han accedido del Grupo B al Grupo A y, en segundo lugar, los que han superado el procedimiento selectivo por la modalidad de ingreso en la Función Pública Docente, ordenados todos los grupos por la puntuación obtenida.

2. Nombrar con carácter provisional, como funcionarios en prácticas, en tanto se comprueba la documentación aportada por los seleccionados, a los aspirantes que han superado los procedimientos selectivos de ingreso y acceso a la Función Pública Docente, que figuran en el Anexo I a la presente Orden con efectos de 1 de septiembre de 2004.

Si como consecuencia del aplazamiento para la incorporación a la fase de prácticas, esta no pudiera realizarse durante el curso 2004/2005, deberá llevarse a cabo durante el curso siguiente, ocupando los interesados el lugar anterior al del primer seleccionado de su especialidad de la promoción siguiente.

3. Aplicar a los opositores relacionados en el Anexo I, grupo primero de cada especialidad, en cuanto a la realización de la fase de prácticas, lo establecido en el apartado 10.11 de la citada Orden.

4. Publicar, por especialidades, la lista de los funcionarios docentes que han adquirido nueva especialidad por el procedimiento establecido en el Título IV de la Orden de 23 de marzo de 2004, según Anexo II a la presente Orden, y aprobar el expediente reconociéndoles la adquisición de la nueva especialidad con efectos de 1 de septiembre de 2004.

5. Declarar el aplazamiento para la realización de la fase de prácticas a los opositores relacionados en el Anexo III a la presente Orden que, habiendo superado el procedimiento selectivo convocado por Orden de 23 de marzo de 2004, no pueden desarrollar el correspondiente período de prácticas por causas debidamente justificadas y apreciadas por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de esta Consejería, de acuerdo con lo establecido en la Base 14.2 de la citada Orden.

6. Facultar a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos para adoptar cuantas medidas e instrucciones sean necesarias para el desarrollo de esta Orden.

7. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los arts. 107, 109,

110, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, o, alternativa y

directamente en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los arts. 8.2.ª, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 20 de octubre de 2004

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

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