Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 03/02/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. Nº2 DE ALMERIA (ANTIGUO Nº2)

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 128/2003. (PD. 205/2004).

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N.I.G.: 0401342C20030000832.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 128/2003. Negociado: 2M. Sobre: Otorgamiento de escritura pública de compraventa de solar.

De: Don Rafael Alonso Ortega.

Procuradora: Sra. Alarcón Mena, María Luisa. Letrado: Sr. Baldomero Fernández del Aguila. Contra: Almería Promociones Inmobiliarias SA A.L.P.I.S.A.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 128/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Almería a instancia de Rafael Alonso Ortega contra Almería Promociones Inmobiliarias SA A.L.P.I.S.A. sobre otorgamiento de escritura pública de compraventa de solar, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Doña María Isabel Fernández Casado Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de los de Almería y su Partido, ha dictado

EN NOMBRE DEL REY

La siguiente,

SENTENCIA NUMERO

En la ciudad de Almería, a veinticuatro de noviembre de dos mil tres.

Habiendo visto los presentes autos de Juicio Declarativo ordinario, seguidos en este Juzgado bajo el número 128/03, a instancias de don Rafael Alonso Ortega, representado por la Procuradora Sra. Alarcón Mena, y dirigido por el Letrado Sr. Fernández del Aguila, contra Almería Promociones Inmobiliarias, S.A. situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

F A L L O

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Alarcón Mena, en nombre y representación de don Rafael Alonso Ortega, contra Almería, Promociones Inmobiliarias, Sociedad Anónima en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro que el demandante es propietario de la zona de aparcamiento núm. quince de la planta baja del edificio de cinco plantas y sótano sito en la calle Padre Méndez sin número, con fachada también a la prolongación de la calle Santiago de Almería, que ocupa una superficie de dieciséis metros cincuenta decímetros cuadros; siendo la finca registral núm. 48.329 del Registro de la Propiedad, de Almería, por haber la adquirió mediante contrato privado de fecha dieciséis de mayo de mil novecientos ochenta.

Asimismo debo condenar y condeno a la citada demandada a otorgar la correspondiente escritura pública de compraventa a favor del demandante; todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente Sentencia en forma legal a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme pudiendo anunciar recurso de apelación en el término de cinco días en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Almería.

Así por esta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

E/.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Almería Promociones Inmobiliarias SA A.L.P.I.S.A., extiendo y firmo la presente en Almería a veinticinco de noviembre de dos mil tres.- El/La Secretario.

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