Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 224 de 17/11/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 26 de octubre de 2004, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de los Estatutos de la Fundación Agencia de Calidad Sanitaria de Andalucía.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de Estatutos de la Fundación Agencia de Calidad Sanitaria de Andalucía, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En fecha 5 de agosto de 2004 tuvo entrada en la Consejería de Justicia y Administración Pública solicitud de doña Sagrario Almazán, Secretaria del Patronato, actuando en nombre de la Fundación, para la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria adoptada por su Patronato.

Segundo. La Fundación fue reconocida, calificada e inscrita en el Registro de Fundaciones mediante Orden de 22.11.1985, de la Consejería de Educación.

Tercero. La modificación estatutaria afecta en general a la adaptación de su contenido a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, y a la composición del Patronato de la Fundación.

Cuarto. A dicha solicitud se adjuntó copia simple de la escritura de elevación a público de acuerdos sociales, otorgada el 30 de julio de 2004 ante el Notario don Antonio Ojeda Escobar, del Ilustre Colegio de Sevilla, registrada con el número 3.794 de su protocolo.

Quinto. La escritura pública incorpora la certificación del acta de la reunión del Patronato celebrada el 24 de junio de

2004, en la que consta la aprobación por unanimidad el texto refundido de los Estatutos, así como el texto íntegro de los mismos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto

279/2003, de 7 de octubre, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Al presente expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 29 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Consta en el expediente que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada en fecha al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Educación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.4 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, habiéndose expresado por el mismo, el 17 de septiembre de 2004 que la misma está de acuerdo con la Ley.

Cuarto. El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. La Consejería de Justicia y Administración Pública es competente para resolver el presente procedimiento de

inscripción, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 de su reglamento de organización y funcionamiento.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior

R E S U E L V E

Primero. Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de Estatutos de la Fundación Agencia de Calidad Sanitaria de Andalucía, formalizados en escritura pública otorgada el 30 de julio de 2004 ante el Notario don Antonio Ojeda Escobar, del Ilustre Colegio de Sevilla, registrada con el número 3.794 de su protocolo.

Segundo. Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados, su comunicación al Protectorado de

Fundaciones de la Consejería de Educación, a la Administración del Estado y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 26 de octubre de 2004.- La Directora General, M.ª Luisa García Juárez.

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