Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 229 de 23/11/2004

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Consejería de Medio Ambiente

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Granada, por el que se notifica el acuerdo de iniciación de expediente sancionador por infracción a la vigente normativa Forestal (Expte. GR/2004/475/GC/FOR).

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No siendo posible notificar el acuerdo de iniciación del expediente sancionador que se detalla, en el domicilio del interesado, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92 (LRJAP y PAC), de 26 de noviembre, se publica el presente para que sirva de notificación del mismo. Se le comunica que, de acuerdo con los artículos 13.2 y 16 del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, dispone de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente a la publicación del presente en el BOP, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer prueba, concretando los medios de que pretenda valerse para ello; advirtiéndole que, de no efectuar alegaciones en dicho plazo, esta iniciación del procedimiento podrá ser considerada propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del mencionado Reglamento, al contener un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad que se imputa, encontrándose dicho expediente a su disposición en la Delegación de Medio Ambiente, sita en la calle Marqués de la Ensenada, 1, de Granada.

- Presunto responsable: Manuel Martínez Botia (DNI:

24.055.651-C).

- Fecha del acuerdo de iniciación: 29.4.2004.

- Núm. de expediente: GR/2003/1277/P.A./FOR.

- Hechos constatados: Roturar un terreno sin autorización administrativa, afectando a la siguiente vegetación: Tomillos, piornos, espinos y chaparros de corta edad, en el Paraje "Cortijo Alamedilla Bajo", Montejícar (Granada).

- Calificación: Infracción administrativa a lo dispuesto en el artículo 76.3 de la Ley 2/1992, de 15 de junio (BOJA núm., de

23 de junio), Forestal de Andalucía, siendo calificable como grave según el artículo 80.3 de la referida Ley.

- Sanción: Multa de seiscientos un euros con dos céntimos (601,02 E) hasta seis mil diez euros con doce céntimos (6.010,12 E) y la obligación de restauración de los daños causados.

Granada, 29 de abril de 2004.- El Delegado, Gerardo Sánchez Escudero.

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