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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisin de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de
2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autnoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto
137/2000, de 16 de mayo,
R E S U E L V O
Autorizar las Tarifas de Transporte Urbano Colectivo que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Billete ordinario 0,85 euros
Tarjeta bus (10 viajes) 5,70 euros
Tarjeta mensual (viajes ilimitados
durante 1 mes) 28,80 euros
Tarjeta estudiante (viajes ilimitados
durante 1 mes) 19,95 euros
Tarjeta joven (viajes ilimitados
durante 1 mes) 19,95 euros
Billete especial feria 1,00 euro
Billete aeropuerto 1,00 euro
Tarjeta jubilado (que cumplan
las condiciones exigidas)Gratuito
Esta Resolución surtirá efecto el día 1 de enero de 2004 siempre que su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se produzca con anterioridad a dicha fecha.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 19 de diciembre de 2003.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
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