Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 26/11/2004

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Sevilla, por el que se publica acto administrativo relativo al procedimiento sancionador en materia de servicios sociales que se cita.

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En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica al interesado que se relaciona el siguiente acto administrativo, para cuyo contenido íntegro podrá comparecer en la sede de esta Delegación de Provincial sita en la C/ Imagen núm. 12, 1.ª planta de Sevilla:

Interesada: Doña Manuela Moreno Damas.

Ultimo domicilio: Avda. de la Libertad, 22, de Dos Hermanas (Sevilla).

Expediente: SE-15/04.

Infracciones: Una muy grave tipificada en el artículo 53.c) de la Ley 6/1999, de 7 de julio, de atención y protección a las personas mayores y una grave tipificada en el apartado h) del artículo 52 del citado texto legal.

Fecha: 28 de septiembre de 2004.

Sanciones: A efectos de lo previsto en el artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, la responsabilidad imputada se concreta en 6.000,13 E para la infracción grave y

60.101,22 E para la infracción muy grave.

Acto notificado: Acuerdo de Incoación de procedimiento sancionador, nombrando Instructor del mismo a don Carlos Almarza Cano.

Plazo de alegaciones y recursos: Contra el presente Acuerdo, que no agota la vía administrativa, no cabe recurso, sin perjuicio de la posibilidad de promover la recusación del Instructor del procedimiento si considera que concurre alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La interesada dispondrá de un plazo de quince días hábiles, desde el día siguiente al de notificación del presente acto, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes, y, en su caso, proponer prueba, concretando los medios de que pretenda valerse. De no efectuar alegaciones sobre el contenido del presente Acuerdo, el mismo podrá ser considerado propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993. De acuerdo al artículo 13.1.d) del Real Decreto 1398/1993, se indica a la entidad interesada la posibilidad de reconocer voluntariamente su responsabilidad, con los efectos previstos en el artículo 8 del citado Real Decreto.

Sevilla, 15 de noviembre de 2004.- La Delegada (Decreto

21/1985, de 5.2), El Secretario General, Antonio Lorenzo Nombela.

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