Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 241 de 13/12/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 22 de septiembre de 2004, de la Dirección General del Libro y del Patrimonio Bibliográfico y Documental, por la que se hace pública la pérdida de eficacia de la Resolución que se cita relativa a la entidad beneficiaria Cyberlibrería Séneca, SLL.

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Habiéndose intentado la notificación a la empresa Cyberlibrería Séneca, S.L.L., mediante sendos escritos de 21 y

30 de septiembre de 2004 del Servicio de Gestión de Programas, de la pérdida de eficacia de la Resolución de 16 de julio de

2004 de la Dirección de Fomento y Promoción Cultural, que ponía fin al procedimiento para la concesión de ayudas a la producción editorial; y dado que dichos intentos han resultado infructuosos, se publica el presente anuncio en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El texto literal del referido escrito era el siguiente:

"Orden: 15 de marzo de 2002.

Resolución convocatoria: 20 de enero de 2004 (BOJA núm. 29 de

12.2.2004).

Expediente: C040307SE99FP.

Beneficiario: Cyberlibrería Séneca, S.L.L. Importe concedido: 10.304,12 euros.

75%: 7.728,09 euros.

25%: 2.576,03 euros.

Con fecha 11 de agosto de 2004, se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 157, anuncio por el que se le daba publicidad a la Resolución de 16 de julio de 2004, de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, por la que se pone fin al procedimiento para la concesión de ayudas, al amparo de la Orden y Resolución epigrafiada. En el citado anuncio y en el apartado 4.ª de la Resolución de

16 de julio de 2002, de fin de procedimiento se establecía un plazo de 10 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del mismo para presentar la siguiente documentación:

1. Aceptación de la ayuda.

2. Comunicación de los datos bancarios.

3. Certificado de ayuda de mínimis.

Transcurrido el plazo establecido, sin que haya aportado la documentación requerida, se le notifica la pérdida de eficacia de la Resolución citada, así como el archivo de las actuaciones del procedimiento epigrafiado."

Asimismo se indica que la Resolución referida se ha enviado al tablón de anuncios de la localidad que se indica; igualmente, en el Servicio de Gestión de Programas de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, sito en la C/ Levíes núm. 17, Sevilla, se encuentra a disposición del beneficiario del expediente.

Por último, se le informa que contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición potestativo ante esta Dirección General en el plazo de un mes o interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en la nueva redacción dada a los artículos 109, 116 y 117 de la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 46 y siguientes de la Ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Num. Expte.: C040307SE99FP.

Notificado: Cyberlibrería Séneca, S.L L.

Ultimo domicilio: C/ Maestro Priego López, 41. C.P. 14004. Córdoba.

Trámite que se notifica: Pérdida de eficacia de la Resolución de concesión.

Sevilla, 22 de septiembre de 2004.- La Directora General, Rafaela Valenzuela Jiménez.

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