Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 241 de 13/12/2004

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

NOTIFICACION de la Delegación Provincial de Huelva, de Resolución de desamparo y acogimiento familiar provisional, adoptada en los expedientes de desamparo de menores núm. 2004/21/0044.

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De conformidad con el art. 59.4. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 44 del Decreto 282/02 de 12 de noviembre de acogimiento familiar y adopción, y del Decreto 42/2002, de 12 de febrero de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación, al desconocerse su paradero, se publica este anuncio, por el que se notifica Resolución de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de fecha 24.11.04, adoptada en los expedientes de desamparo de menores núm. 2004/21/0044 relativo al menor T.T. a la madre del mismo doña Dolores Tolmo Tortosa, por el que se acuerda:

Primero. Declarar la situación legal de desamparo del menor, y asunción de tutela por parte de esta Entidad Pública. Segundo. Dictar la Resolución provisional por la que se acuerda el acogimiento familiar en su modalidad de permanente del menor M.T.T , con la familia extensa seleccionada a ta fin. (Tía materna). La provisionalidad, relativa al acogimiento familiar, viene determinada por la edad del menor.

- Nacido el 4 de noviembre de 1995, quien tras el preceptivo trámite de audiencia podrá exponer su opinión al respecto, para así elevarla a definitiva o proceder a su modificación.

Lo que se notifica a los efectos legales pertinentes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, así como en el Decreto 282/2002 de 12 de noviembre, haciéndole saber que contra la presente resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital por los trámites que establecen los arts. 779 y ss.ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el art. 780 de la citada Ley procesal.

Huelva, 24 de noviembre de 2004.- El Presidente de laComisión Provincial de Medidas de Protección, José Martín Gómez.

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