Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 15/12/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 14 de junio de 2004, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se crea el fichero automatizado de datos de carácter personal de Registro informatizado de agresiones.

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El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por medio de una disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

Mediante Orden de 25 de julio de 1994 se regularon los ficheros automatizados de datos de carácter personal de la Consejería de Salud y mediante Resolución de 27 de julio de

1994, del Servicio Andaluz de Salud, se regularon los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Organismo. Con posterioridad, diversas Ordenes y Resoluciones han venido a crear, modificar o suprimir determinados ficheros de datos personales, en los distintos Centros Directivos y Empresas Públicas dependientes de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud.

En este sentido, esta Delegación Provincial ha considerado necesaria la creación de un "Registro informatizado de las agresiones" de que sea objeto el personal del sistema sanitario, tanto público como privado, durante y/o con motivo del ejercicio de las funciones que les son propias, con la finalidad de diseñar un mapa de riesgos que permita definir con eficacia las acciones a adoptar para evitar estos incidentes.

En su virtud, a efectos de dar cumplimiento al mandato del citado artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, y en uso de las atribuciones que tengo conferidas por Decreto

259/2001, de 27 de noviembre, por el que se determinan las competencias y estructura de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud

R E S U E L V O

Primero. Creación de fichero.

Se crea el fichero automatizado de datos de carácter personal de Registro informatizado de agresiones, que será gestionado por la Delegación Provincial de Salud de Córdoba.

a) Responsable del fichero: La responsabilidad de la administración y gestión del fichero que se crea, recae en la Delegación Provincial de Salud de Córdoba.

b) Finalidad del fichero: Conocer y tener constancia de todas las agresiones físicas, consecuencias y demás circunstancias que concurran en las mismas, de que sea objeto el personal con motivo del ejercicio de sus funciones.

c) Personas y/o colectivos afectados: Además del personal afectado ya descrito, podrán serlo los agresores así como posibles testigos de dichas agresiones que no formen parte de la plantilla de los centros.

d) Procedimiento de recogida de datos: Datos aportados por los interesados y transmitidos a través de las Direcciones de los Centros.

e) Estructura básica del fichero: Base de datos.

f) Tipo de datos: Identificativos del personal directivo que cumplimenta el Registro (nombre, centro y puesto de trabajo), identificativos del profesional agredido (nombre, profesión, centro de trabajo, posibles lesiones), iguales datos, así como el motivo por el que se encontraba en el centro, respecto de otros posibles sujetos pasivos de la agresión, identificativos del agresor (los que puedan conocerse, relación con el

agredido ....), e identificativos (nombre, DNI, domicilio y teléfonos de contacto) de los testigos, en su caso.

g) Cesiones de datos: No se prevén.

h) Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de oposición, acceso, modificación rectificación y cancelación: Delegación Provincial de Salud de Córdoba.

i) Medidas de Seguridad: Nivel básico.

Segundo. Obligaciones del responsable del fichero.

El titular del órgano responsable del fichero que se crea, adoptará las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en sus normas de desarrollo.

Córdoba, 14 de junio de 2004.- La Delegada, M.ª Isabel Baena Parejo.

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